sábado, 8 de febrero de 2025

Remate de Casa en Lima Precio Base $ 186934 🏡

Inmueble ubicado en el Jir�n V�?ctor Criado y Tejada N� 2803 y Jir�n �?ngel Fern�?ndez Quiroz N� 2800, N� 2800-a, 2802, Manzana F-1, Lote N� Tasación: $ 329,884.00. Precio Base: $ 186,934.27 . Incremento entre ofertas: $ 560.80. Arancel: S/. 1,070.00. Oblaje: $ 32,988.40.. Distrito Judicial: LIMA. … remateCasas
Inmueble ubicado en el Jir�n V�?ctor Criado y Tejada N� 2803 y Jir�n �?ngel Fern�?ndez Quiroz N� 2800, N� 2800-a, 2802, Manzana F-1, Lote N�
Tasación: $ 329,884.00. Precio Base: $ 186,934.27. Incremento entre ofertas: $ 560.80. Arancel: S/. 1,070.00. Oblaje: $ 32,988.40.. Distrito Judicial: LIMA. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: LIMA.
Partida Registral: 12674896 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Inmueble Ubicado En el Jir�n V�?ctor Criado y Tejada N� 2803 y Jir�n �?ngel Fern�?ndez Quiroz N� 2800, N� 2800-a, 2802, Manzana F-1, Lote N� 21, Urbanizaci�n Elio, Distrito de Cercado de Lima, Provincia y Departamento de Lima, Cuyas Caracter�?sticas Corren Inscritas En la Partida N� 12674896 del Registro de Propiedad Inmueble del Lima. Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion07/02/2025 16/02/2025
Validación de Inscripción17/02/2025 19/02/2025
Presentación de Ofertas20/02/2025 21/02/2025
Pago Saldo24/02/2025 26/02/2025
Validación del Saldo27/02/2025 03/03/2025
Expediente: 11748-2018-0-1801-JR-CI-10. Distrito Judicial: LIMA. Órgano Jurisdisccional: 10° JUZGADO CIVIL. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: NAVARRO ESPINOZA ABEL LUIS. Especialista: PAULINI POMA NANCY. Materia: DIVISION Y PARTICIPACION DE BIENES. Resolución: 39. Fecha Resolución: 13/08/2024. Tipo Cambio: S/. 3.727 a la fecha 21/01/2025 según la SBS.

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 16898
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?

DEMANDANTE : ORMEÑO BAYLON, CARLOS ANTONIO
Resolución N� 39 San Isidro, trece de agosto del dos mil veinticuatro. - Dado cuenta con el escrito N� 61612-2024 presentado por ORMEÑO BAYLON, CARLOS ANTONIO con fecha de ingreso veinte de junio de dos mil veinticuatro: Estando a lo expuesto: Con el arancel judicial y Partida Electrónica del inmueble sub litis que se adjunta: Téngase POR CUMPLIDO el mandato conferido mediante resolución precedente; Y proveyendo como corresponde el escrito de fecha 22 de mayo del presente año que dio origen a la referida resolución: Téngase presente; y Atendiendo: Primero: Que, por sentencia contenida en la resolución N� 13 de fecha 15 de diciembre de 2020, se declara fundada la demanda presentada por Carlos Antonio Ormeño Baylón, en consecuencia, se declara la partición del inmueble inscrito en la partida N� 12674896 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima, sin costas, ni costos. Segundo: Que, el artículo 988� del Código Procesal Civil señala que, los bienes comunes que no son susceptibles de división material pueden ser adjudicados, en común, a dos o más copropietarios que convengan en ello, o se venderán por acuerdo de todos ellos y se dividirá el precio. Si los copropietarios no estuvieran de acuerdo con la adjudicación en común o en la venta contractual, se venderán en pública subasta. Por cuyas razones, se resuelve: 1. ORDENAR EL REMATE ELECTRÓNICO en PRIMERA CONVOCATORIA y en caso de devenir en desierto la primera convocatoria de remate electrónico judicial, convocar a SEGUNDO REMATE ELECTRÓNICO, y seguidamente, en caso de devenir en desierto la segunda convocatoria de remate electrónico, convocar a TERCER REMATE ELECTRÓNICO del siguiente inmueble: A. Inmueble ubicado en el jirón Víctor Criado y Tejada N� 2803 y jirón Ángel Fernández Quiroz N� 2800, N� 2800-A, 2802, Manzana F-1, lote N� 21, Urbanización Elio, distrito de Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, cuyas características corren inscritas en la Partida N� 12674896 del Registro de Propiedad Inmueble del Lima. B.

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

Informe Pericial aprobado por resolución N� 32 de fecha 06 de octubre de 2023, que asciende a la suma de US$. 329,884.00 (TRESCIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTICUATRO Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS). C. PRECIO .

¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?

� EN PRIMERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de tasación, ascendente a US$. 219,922.66 (DOSCIENTOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTIDOS Y 66/100 DOLARES AMERICANOS). � EN SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a US$. 186,934.27 (CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 27/100 DOLARES AMERICANOS). � EN TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a US$. 158,894.13 (CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 13/100 DOLARES AMERICANOS). DESCRIPCION: Inmueble ubicado en el jirón Víctor Criado y Tejada N� 2803 y jirón Ángel Fernández Quiroz N� 2800, N� 2800-A, 2802, Manzana F-1, lote N� 21, Urbanización Elio, distrito de Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, cuyas características corren inscritas en la Partida N� 12674896 del Registro de Propiedad Inmueble del Lima. Sección N� 1 � Primer, segundo piso y azotea (vivienda) con ingreso por el Jirón Víctor Criado y Tejada N� 2803 y jirón Ángel Fernández Quiroz N� 2800. 2.

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

No registra. 3. OBLAJE y PARTICIPACION: Para ser postor se deberá cumplir con lo siguiente: a) Depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante Depósito Judicial Electrónico en la moneda en que se realizó la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17� del Reglamento de la Ley 30229, dicho Depósito Judicial Electrónico deberá ser registrado por el postor en el aplicativo informático del REM@JU; y, b) Efectuar el pago del arancel judicial por derecho a participar en el remate, indicando el número del juzgado y número del expediente, dicho arancel deberá también ser registrado por el postor en el aplicativo informático del REM@JU. 4. PUBLICACION: Procédase a la PUBLICACION de los avisos del remate EN EL PORTAL WEB del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU por el término de ley, conforme lo regula el artículo 15� del reglamento de la Ley 30229. 5. FIJESE los Avisos de Remate que genere el aplicativo informático del REM@JU en la vitrina del local del Juzgado por parte del Especialista Legal de Actos Externos y en el inmueble a rematar por el personal a cargo en forma oportuna, bajo responsabilidad.
6. El cronograma correspondiente a cada remate se genera automáticamente por el aplicativo informático REM@JU al que podrán acceder las partes en el portal institucional del Poder Judicial www.pj.gob.pe, enlace virtual de REM@JU, para su visualización. 7. CUMPLA LA PARTE DEMANDANTE con solicitar el registro del remate electrónico en el sistema informático una vez vencido el plazo para formular oposición o una vez desestimada ésta en caso se hubiere formulado. 8. NOTIFÍQUESE A LAS PARTES Y OCUPANTES DEL INMUEBLE MATERIA DE REMATE, habilitándose día y hora por el Especialista Legal Actos Externos debiendo efectuar las coordinaciones via correo institucional jroca@pj.gob.pe. .-