sábado, 11 de abril de 2026

Remate Judicial de Casa BBVA en Tacna Pocollay Precio Base S/ 284789 🏡

Urbanizaci�n Tacna, Programa Per� Bid, Subprograma Ii, segunda Etapa - Zonas I y Ii y Subprograma V, Manzana H, Lote 10, del distrito de Pocollay Tasación: S/. 427,183.61. Precio Base: S/. 284,789.07 . Incremento entre ofertas: S/. 854.37. Arancel: S/. 825.00. Oblaje: S/. 42,718.36.. Distrito Jud… remateCasas
Urbanizaci�n Tacna, Programa Per� Bid, Subprograma Ii, segunda Etapa - Zonas I y Ii y Subprograma V, Manzana H, Lote 10, del distrito de Pocollay
Tasación: S/. 427,183.61. Precio Base: S/. 284,789.07. Incremento entre ofertas: S/. 854.37. Arancel: S/. 825.00. Oblaje: S/. 42,718.36.. Distrito Judicial: TACNA. Departamento: TACNA. Provincia: TACNA. Distrito: POCOLLAY.
Partida Registral: P20030732 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Urbanizaci�n Tacna, Programa Per� Bid, Subprograma Ii, Segunda Etapa - Zonas I y Ii y Subprograma V, Manzana H, Lote 10, del Distrito de Pocollay, Provincia y Departamento de Tacna, Inscrito En la Partida Electr�nica N� P20030732 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N� Xiii €� Sede Tacna Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicial Desde Hasta
Publicación e Inscripcion 10/04/2026 19/04/2026
Validación de Inscripción 20/04/2026 22/04/2026
Presentación de Ofertas 23/04/2026 24/04/2026
Pago Saldo 27/04/2026 29/04/2026
Validación del Saldo 30/04/2026 05/05/2026
Expediente: 01533-2017-0-2301-JR-CI-01. Distrito Judicial: TACNA. Órgano Jurisdisccional: 1° JUZGADO CIVIL - Sede Central. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: CALIZAYA VARGAS VERONICA. Especialista: LARICO LARICO, EDWIN - EJE EJECUCION. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 38. Fecha Resolución: 15/11/2024

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 22747
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en TACNA?

DEMANDANTE : PATRIMONIO EN FIDEICOMISO D LEG N 861 CC PERU TRUST 2022
Resolución Nro. 38
Tacna, dos mil veinticuatro, noviembre quince.-
Dando cuenta en la fecha por la excesiva carga procesal que soporta la Secretaria de Ejecución del MCLLO. Al escrito N� 18720-2024: Escrito ingresado por mesa de partes electrónica por la parte ejecutante.- AL PRINCIPAL: Téngase por cumplido el mandato (resolución N� 36) y estando a la solicitud de convocatoria por la parte ejecutante, teniéndose en cuenta que la parte ejecutante ha cumplido con el pago del arancel judicial por derecho de remate ((fojas 274) y; ATENDIENDO: 1. PATRIMONIO EN FIDEICOMISO � D.LEG. N� 861,CC PERU TRUST 2022, NO INSCRITO EN LA SMV, DIRIGIDO A INVERSIONISTAS INSTITUCIONALES (Sucesor procesal del BANCO BBVA PERU), representado por su apoderado Luis Eduardo Rengifo Bahamonde, solicita se convoque a remate judicial electrónico, el bien materia de ejecución; por lo que habiéndose verificado la concurrencia de los requisitos y condiciones para la procedencia del remate judicial electrónico, de conformidad a la Ley N� 30229, Ley que adecua el uso de las tecnologías de información y comunicaciones en el sistema de remates judiciales y en los servicios de notificaciones de las resoluciones judiciales; cuyo objeto es de realizar los remates judiciales, a través de medios electrónicos. 2. Dado a los nuevos lineamientos establecidos para los remates electrónicos, es necesario señalar, que en caso de ausencia de ofertas ello debido a que no se hayan inscrito usuarios postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en Primera Convocatoria Electrónico se declarara desierto. 3. Por lo que declarado desierto la Primera Convocatoria, conforme lo establece el artículo 13 de la Ley 30229, el REM@JU generará automáticamente el aviso de segunda convocatoria donde se indicará el cronograma correspondiente a la segunda convocatoria con la reducción del 15% sobre la base del bien o bienes materia de remate electrónico judicial, en los que se indicará los plazos para inscripción, presentación de ofertas y fecha límite de cancelación. 4. Asimismo, en caso de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, el REM@JU generará automáticamente el aviso de la tercera convocatoria, debiendo tenerse en cuenta las dos terceras partes de la tasación, menos la deducción de dos veces el 15%, para el precio base de la convocatoria, donde se indicará el cronograma correspondiente bajo los mismos lineamientos señalados en el considerando precedente. 5. Por último, en caso de no haber postores en la tercera convocatoria, se culmina el procedimiento de remate electrónico judicial, procediéndose conforme a las normas del Código Procesal Civil o la norma que la sustituya. Por consiguiente, estando a lo antes expuesto; SE RESUELVE: 1. CONVOCAR A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL; por tanto, procédase al remate en PRIMERA CONVOCATORIA sobre el siguiente bien inmueble. 2. DESCRIPCIÓN DEL BIEN INMUEBLE: ubicado en la Urbanización Tacna, Programa Perú Bid, Subprograma II, Segunda Etapa - Zonas I y II y Subprograma V, manzana H, lote 10, del distrito de Pocollay, Provincia y Departamento de Tacna, inscrito en la Partida Electrónica N� P20030732 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N� XIII � Sede Tacna. 3. CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base. 4. CARGAS Y GRAVÁMENES: (i) ASIENTO 00013 INSCRIPCION DE HIPOTECA, DELIA FRANCESCA ARCE MARTINI ha hipotecado el inmueble inscrito en la Partida Electrónica N� P20030532, hasta por la suma US$ 160,418.00 a favor del Banco Del Banco Continental, a fin de garantizar el pago del préstamo otorgado a su favor por la suma de S/ 200,000.00. (ii) ASIENTO 00017 MODIFICACION DE HIPOTECA, EL BACO BBVA (cedente) cede y transfiere todos los derechos de la garantía hipotecaria inscrita en el Asiento 13 a favor de PATRIMONIO EN FIDEICOMISO � D.LEG. N� 861,CC PERU TRUST 2022, NO INSCRITO EN LA SMV, DIRIGIDO A INVERSIONISTAS INSTITUCIONALES inscrita en la Partida N� 11016503. Del Registro de Personas Jurídicas de Lima. (iii) EMBARGO EN EL ASIENTO 00015 de la Partida Electrónica N� P20030532 de la Zona Registral N� XIII Sede Tacna � Oficina Registral Tacna, se ha inscrito un embargo por Resolución Administrativa N� 03, de fecha 16/04/2021 en contra de la ejecutada Delia Francesca Arce Martini, por Resolución de Ejecución Coactiva, Abog. Guido Regner Siles Denegri Ejecutor Coactivo de la ejecutante Municipalidad Distrital de Pocollay. (iv) MODIFICACION DE EMBARGO EN EL ASIENTO 00016 de la Partida Electrónica N� P20030532 de la Zona Registral N� XIII Sede Tacna � Oficina Registral Tacna, se ha inscrito un embargo en forma de inscripción por Resolución de Ejecutoria Coactiva N� 05, de fecha 30/09/2022, en contra de la obligada Delia Francesca Arce Martini, por Resolución de Ejecución Coactiva, Abog. Guido Regner Siles Denegri Ejecutor Coactivo de la ejecutante Municipalidad Distrital de Pocollay donde se resuelve: PRIMERO Acumular al Expediente N� 259-2019-UEC-MDP el Expediente N� 041-2022-SGEC-MDP que contiene el procedimiento de cobranza coactiva, de la deuda del impuesto predial. SEGUNDO: variar el embargo en forma de inscripción dispuesto mediante resolución de ejecución coactiva N� 03 de fecha 16/04/2021 (expediente 259-2019-UEC-MDP; en consecuencia, se amplía el monto de la afectación hasta por la suma de S/9,000.00 sobre el inmueble de la obligada Delia Francesca Arce Martini. 5.

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

La tasación en autos asciende a la suma de S/ 427,183.61 (Cuatrocientos Veintisiete Mil Ciento Ochenta y Tres con 61/100 Soles). 6. PRECIO .

¿Cuáles son las bases del remate judicial en TACNA?

(i) PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de S/ 284,789.61 (Doscientos Ochenta y Cuatro Mil Setecientos Ochenta y Nueve con 61/100 Soles). (ii) SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de S/ 242,070.71 (Doscientos Cuarenta y Dos Mil Setenta con 71/100 Soles). (iii) TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de S/ 205,760.11 (Doscientos Cinco Mil Setecientos Sesenta con 11/100 Soles). 7. OBLAJE: Los postores deberán cumplir con lo siguiente: (i) Depositar el 10% el valor de la tasación arriba indicada mediante depósito electrónico judicial en la moneda en que se realizó la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17� del Reglamento de la Ley 30229; (ii) Adjuntar el arancel judicial correspondiente. 8. PUBLICACIONES: Procédase a la PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL del aviso de convocatoria respectivo, a través del aplicativo informático del REM@JU por el termino de ley, conforme el artículo 15.2 de la Ley N� 30229 y su reglamento una vez de haber quedado firme la presente resolución al haber vencido el plazo de oposición; publicación que tendrá validez para la segunda y tercera convocatoria teniendo en cuenta el precio base señalado de las mismas en la presente resolución. 9. FÍJESE POR ÚNICA VEZ LOS CARTELES EN EL LOCAL DEL JUZGADO Y EN EL INMUEBLE SUB-LITIS, debiendo la parte actora prestar las facilidades del caso a fin de que se realicen los pegados del cartel en el local del inmueble, bajo su entera responsabilidad; asimismo, autorícese al Especialista Legal, que previo a la publicación del remate, actualice y corrija de ser el caso los errores que puedan existir respecto a las partes procesales y terceros intervinientes en el proceso. Regístrese y Notifíquese. -
Asume funciones el Secretario Judicial que suscribe por Disposición del Superior.-