lunes, 26 de junio de 2023

Departamento Banco en Venta en Lima Precio Base $ 60583 🏡

Local ubicado en el Primer Piso de un Edificio de 7 Pisos, Ingreso por Puerta a Calle y por Puerta Comun, dos Talleres, I Oficina y Baño, Par uso de Tasación: $ 106,912.48. Precio Base: $ 60,583.74 . Incremento entre ofertas: $ 181.75. Arancel: S/. 742.50. Oblaje: $ 10,691.25.. Distrito Judicial: L… remateCasas
Local ubicado en el Primer Piso de un Edificio de 7 Pisos, Ingreso por Puerta a Calle y por Puerta Comun, dos Talleres, I Oficina y Baño, Par uso de
Tasación: $ 106,912.48. Precio Base: $ 60,583.74. Incremento entre ofertas: $ 181.75. Arancel: S/. 742.50. Oblaje: $ 10,691.25.. Distrito Judicial: LIMA. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: LIMA.
Partida Registral: 12667882 Tipo Inmueble: DEPARTAMENTO. Dirección: Jirón Alejandro Villanueva N° 166- 168, Unidad Inmobiliaria N° 100(1er Piso), Urb. Apolo, Distrito de la Victoria, Provincia y Departamento Delima. Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion17/06/2023 26/06/2023
Validación de Inscripción27/06/2023 03/07/2023
Presentación de Ofertas04/07/2023 05/07/2023
Pago Saldo06/07/2023 10/07/2023
Validación del Saldo11/07/2023 13/07/2023
Expediente: 15963-2017-0-1817-JR-CO-06. Distrito Judicial: LIMA. Órgano Jurisdisccional: 6°JUZGADO CIVIL-COMERCIAL. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: HUAMAN CABALLERO SONIA ADELINA. Especialista: YAURI SILVA, JOSE LUIS. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 22. Fecha Resolución: 08/06/2022. Tipo Cambio: S/. 3.676 a la fecha 01/06/2023 según la SBS.

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 11027
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?

DEMANDANTE : BANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS, Resolución Nro. Veintidós Lima, ocho de septiembre de Dos mil veintidós. - DADO CUENTA: Al escrito N° 126172-2022, presentado por el ejecutante, mediante el cual solicita que se convoque a remate, para tal efecto adjunta el certificado de gravamen y el arancel respectivo, en ese sentido Y ATENDIENDO: PRIMERO: La parte ejecutante solicita que se convoque a remate el inmueble sublitis ubicado en la Jirón Alejandro Villanueva N° 166- 168, Unidad Inmobiliaria N° 100(1er Piso), Urb. Apolo, distrito de la Victoria, Provincia y Departamento de Lima; SEGUNDO: Mediante resolución número veintiuno, se aprobó la tasación efectuada por los peritos nombrados en autos, sobre el inmueble sub litis, en la suma de Ciento Seis Mil Novecientos Doce con 48/100/100 Dólares Americanos (US$ 106,912.48), monto que servirá para calcular la base de la postura para la convocatoria a remate del inmueble; TERCERO: Teniéndose presente el artículo 731° del Código Procesal Civil, modificado por la Ley N° 30229,el cual establece en sus primeros párrafos lo siguiente: "Aprobada la tasación o siendo innecesaria esta, el Juez convocara a remate. El remate o la subasta de bienes muebles e inmuebles se efectúan por medio del Remate Judicial Electrónico (REM@JU) si no existe oposición de ninguna de las partes o de terceros legitimados de ser el caso, conforme con la ley especial sobre la materia.[…]"; en tal sentido, verificándose que mediante resolución número sesenta y cinco de fecha dos de octubre de dos mil dieciocho se aprobó el dictamen pericial de tasación, en consecuencia corresponde ordenar el remate judicial electrónico; CUARTO: Cabe precisar que la ejecución del remate electrónico judicial se efectúa a través del aplicativo REM@JU el cual se encuentra en el Portal Web del Poder Judicial; en dicho aplicativo se ingresaran las ofertas que los usuarios postores ofrezcan, previa inscripción como postor. Asimismo, el acto de remate electrónica judicial del bien se realiza en un lapso de veinticuatro horas, en merito a los lineamientos establecidos en la Ley N° 30229; QUINTO: Una vez vencido el plazo de oposición a que se refiere el artículo 14.2 de la Ley N° 30229, el secretario judicial de la causa publicará en el aplicativo REM@JU la convocatoria con la información relacionada con el proceso de remate electrónico judicial y demás actos pertinentes, tal como se dispone en el artículo 15 de la ley SEDE COMERCIALES, Juez:MEDINA SANDOVAL Virginia Maria FAU 20546303951 soft Fecha: 08/09/2022 16:34:11,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE SEDE COMERCIALES, Secretario:YAURI SILVA Jose Luis FAU 20546303951 soft Fecha: 08/09/2022 19:41:04,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE referida, el cual generará automáticamente el aviso de convocatoria que contendrá el cronograma con la fecha programada para el acto de remate electrónico; SEXTO: En el caso que haya adjudicación del bien materia de remate, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día, tal como lo dispone el artículo 16 de la Ley N° 30229, bajo apercibimiento de declarársele la nulidad del remate; SETIMO: En ese sentido, y conforme al estado del proceso, y en aplicación de lo dispuesto por los Artículos 731º y 736º inciso uno del código acotado, este Juzgado: SE RESUELVE: 1. CONVOCAR A PRIMER REMATE PÚBLICO ELECTRONICO del bien inmueble sub litis, constituido: • Tipo de Inmueble: Unidad Inmobiliaria • Ubicación: Jirón Alejandro Villanueva N° 166- 168, Unidad Inmobiliaria N° 100(1er Piso), Urb. Apolo, distrito de la Victoria, Provincia y Departamento de Lima. • Ficha Registral: Partida Registral N° 12667882 del Registro de Predios de los Registros Públicos de Lima. 2. En el supuesto de no haber adjudicación en la primera convocatoria, CONVÓQUESE AUTOMATICAMENTE AL SEGUNDO REMATE y seguidamente AL TERCER REMATE de ser necesario. 3.

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

El bien inmueble objeto del remate, consta de las siguientes afectaciones: 3.1 HIPOTECA registrada en el Asiento D00005, de la Partida Registral Nº 12667882 del Registro Público de Predios de de Lima; a favor del Banco Interamericano de Finanzas, hasta por la suma de US$ 348,000.00 soles; la misma que es materia de ejecución del presente proceso. 3.2 MODIFICACIÓN HIPOTECA registrada en el Asiento D00006, de la Partida Registral Nº 12667882 del Registro Público de Predios de de Lima; 4. VALOR DE LA .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

CIENTO SEIS MIL NOVECIENTOS DOCE CON 48/100/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 106,912.48). 5. PRECIO .

¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?

5.1 PARA LA PRIMERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendiendo a la suma de SETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 99/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 71,274.99). 5.2 PARA LA SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes de su tasación deducida en un 15%, ascendiendo a la suma de SESENTA MIL QUINIENTOS OCHENTA Y TRES Y 74/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 60,583.74). 5.3 PARA LA TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes de su tasación, reducida en un 15%; dicho monto será reducido adicionalmente en un 15%, ascendiendo la suma de CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 18/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 51,496.18). 6. OBLAJE: El pago se realizara en el tipo de moneda en el que se realizo la tasación del bien inmueble, y por el monto correspondiente al diez por ciento (10%) del valor de la tasación; debiéndose ingresar en el aplicativo REM@JU los datos de referencia del depósito del oblaje correspondiente. 7. PUBLICACION: Procédase el secretario de la causa con la publicación de los avisos de remate en el portal web del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU, una vez vencido el plazo de oposición, publicación que tendrá validez para todas las convocatorias. 8. CUMPLA la Especialista Legal de Actos Externos asignada al juzgado en efectuar el pegado de aviso de remate en la vitrina del juzgado y en el inmueble sublitis; debiendo la parte interesadas programar su diligencia. Notifíquese.- 6°JUZGADO CIVIL-COMERCIAL EXPEDIENTE : 15963-2017-0-1817-JR-CO-06 MATERIA : EJECUCION DE GARANTIAS JUEZ : MEDINA SANDOVAL, VIRGINIA MARIA ESPECIALISTA : YAURI SILVA, JOSE LUIS POR DEFINIR : AGUIRRE BENITES, ALBERTO RAUL OCONNOR SALMON, CESAR IVAN DEMANDANTE : BANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS, Resolución Nro. Veintisiete Lima, veintidós de marzo de Dos mil veintitrés.- DADO CUENTA: Al escrito N° 253498-2022, presentado por el ejecutante, mediante el cual solicita corrección de la resolución veintidós, al respecto y ATENDIENDO: PRIMERO: Que, corresponde al Juez corregir cualquier error material evidente que contenga una resolución, mediante pronunciamiento que puede formularse de oficio o a petición de parte, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 407º del Código Procesal Civil; SEGUNDO: Que, se aprecia de la parte resolutiva de la resolución veintidós, que contiene la convocatoria de remate; que se ha incurrido en error material al consignar el tipo de moneda del monto de la hipoteca, pues se indicó en dólares americanos siendo correcto en moneda soles; en consecuencia: SE RESUELVE: CORREGIR LA RESOLUCIÓN VEINTIDOS, de fecha ocho de septiembre de dos mil veintidós; en el extremo del punto 3.1 en donde se debe entenderse como sigue: "3.1 HIPOTECA registrada en el Asiento D00005, de la Partida Registral Nº 12667882 del Registro Público de Predios de Lima; a favor del Banco Interamericano de Finanzas, hasta por la suma de S/. 348,000.00 soles; la misma que es materia de ejecución del presente proceso."; subsistiendo la citada resolución en lo demás que contiene. Notifíquese.- SEDE COMERCIALES, Juez:MEDINA SANDOVAL Virginia Maria FAU 20546303951 soft Fecha: 22/03/2023 12:29:03,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE SEDE COMERCIALES, Secretario:YAURI SILVA Jose Luis FAU 20546303951 soft Fecha: 22/03/2023 14:39:42,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA / COMERCIALES,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE