miércoles, 24 de abril de 2024

Remate Judicial Banco de Casa en Moquegua Ilo Precio Base $ 55873 🏡

Tasación: .. Distrito Judicial: MOQUEGUA. Departamento: MOQUEGUA . Provincia: ILO. Distrito: ILO. Partida Registral: P08020619 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Luis E. Valcã?rcel Vizcarra Mz 27 Lote 9 Distrito: Ilo, Provincia: Ilo, Departamento: Moquegua. Porcentaje a Rematar: 100 % Remate judicia… remateCasas

Tasación: .. Distrito Judicial: MOQUEGUA. Departamento: MOQUEGUA. Provincia: ILO. Distrito: ILO.
Partida Registral: P08020619 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Luis E. Valcã?rcel Vizcarra Mz 27 Lote 9 Distrito: Ilo, Provincia: Ilo, Departamento: Moquegua. Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion25/04/2024 04/05/2024
Validación de Inscripción06/05/2024 08/05/2024
Presentación de Ofertas09/05/2024 10/05/2024
Pago Saldo13/05/2024 15/05/2024
Validación del Saldo16/05/2024 20/05/2024
Expediente: 08234-2023-0-1817-JR-CO-12. Distrito Judicial: LIMA. Órgano Jurisdisccional: 12°JUZGADO CIVIL-COMERCIAL. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: LLAQUE NAPA SYLVIA PATRICIA. Especialista: YSHIKI CAVERO CARLA MINERVA. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 4. Fecha Resolución: 19/01/2024. Tipo Cambio: S/. 3.694 a la fecha 23/04/2024 según la SBS.. Tasación: $ 83,809.80. Precio Base: $ 55,873.20. Incremento entre ofertas: $ 167.62. Arancel: S/. 772.50. Oblaje: $ 8,380.98. Descripción: HABILITACIÓN URBANA LUIS E. VALC�RCEL VIZCARRA MZ 27 LOTE 9 DISTRITO: ILO, PROVINCIA: ILO, DEPARTAMENTO: MOQUEGUA. INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA P08020619 DE LA OFICINA REGISTRAL DE ILO – ZONA REGISTRAL N° XIII . SEDE TACNA. N° inscritos: 0

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 13909
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en MOQUEGUA?

DEMANDANTE : BANCO INTERNACIONAL DEL PERU-INTERBANK,
RESOLUCIÓN NRO. CUATRO Miraflores, diecinueve de enero Del año dos mil veinticuatro. -
Dando cuenta el escrito presentado por el ejecutante el 28 de noviembre del 2023: Estando a la solicitud de convocar a remate formulado por el demandante, con el certificado de gravamen, copia literal y arancel por solicitud de remate judicial que se acompañan, siendo que en esta circunscripción jurisdiccional se ha implementado el remate electrónico judicial por Remaju, se resuelve:
PROCEDER AL REMATE JUDICIAL ELECTRONICO REMAJU según la convocatoria que corresponda (PRIMERA, SEGUNDA O TERCERA CONVOCATORIA) del inmueble hipotecado: 1) Descripción.-
Habilitación urbana Luis E. Valcárcel Vizcarra Mz 27 Lote 9 distrito: Ilo, provincia: Ilo, departamento: Moquegua. Inscrito en la partida electrónica P08020619 de la Oficina Registral de Ilo – Zona Registral N° XIII . Sede Tacna. 2) Cargas y Gravámenes.- HIPOTECA: Registrada en el asiento 0014 constituida a favor de Banco Internacional del Perú, hasta por la suma de US$61,672.69. Según Escritura Pública N° 639 de fecha 19/08/2019 Mónica Aragon Burgos (Ilo)
3) Tasación Comercial.- Asciende a la suma de US$ 83,809.80 (OCHENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS NUEVE CON 80/100 DÓLARES AMERICANOS); debiéndose tener como:
3.1 BASE DE LA POSTURA para la primera convocatoria: las dos terceras partes de su tasación, la misma que asciende a la suma de US$ 55,873.20 dólares americanos.
3.2 BASE DE LA POSTURA para la segunda convocatoria: Con reducción del 15% de las dos terceras partes de su tasación, la misma que asciende a la suma de US$ 47,492.22 dólares americanos.
3.3 BASE DE LA POSTURA para la tercera convocatoria: con reducción de un 15% adicional al precio base de la segunda convocatoria, las dos terceras partes de su tasación, la misma que asciende a la suma US$ 40,368.39 dólares americanos. 4) El postor en cada convocatoria deberá cumplir lo siguiente: a) Registrar el oblaje del 10% de la tasación mencionada en depósito electrónico judicial en la moneda de tasación conforme al artículo 17° del referido reglamento; y, b) Registrar el arancel judicial correspondiente.
5) Publicación.- Procédase a la PUBLICACION EN EL PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL del aviso de convocatoria respectivo conforme al artículo 15 de la referida Ley N° 30229, publica ción que tendrá validez para todas las convocatorias que se realicen. FÍJESE los carteles en el local del juzgado y en el inmueble a rematarse por el Especialista Legal correspondiente o por intermedio del Encargado de REMAJU en la Corte Superior donde se encuentre ubicado el inmueble, según el caso. CUMPLA el ejecutante con diligenciar dicho acto, bajo responsabilidad, programando la diligencia con el personal de juzgado, el Especialista Legal de Actos Externos o por intermedio del Encargado de REMAJU en la Corte Superior donde se encuentre ubicado el inmueble. En el caso que el acta de pegado de cartel deba realizarse dentro de la competencia de la Corte Superior de Justicia de Lima y dado el tiempo que debe mediar entre una vez publicada la convocatoria y la fecha de término de la inscripción, conforme se regula en el último párrafo del artículo 147°1 del Código Procesal Civil resulta necesario que el ejecutante brinde el apoyo logístico necesario coordinadamente con la Especialista Legal de actos externos para la efectivización del pegado de cartel.
De conformidad con el artículo 12° de la Ley No. 30 229 la presente resolución es inimpugnable bajo la salvedad señalada en el tercer párrafo del indicado artículo. Autorícese a la especialista legal que suscribe. Notifíquese.