lunes, 24 de abril de 2023

Remate Judicial Casa en Arequipa Paucarpata Precio Base S/ 372870 🏡

Pueblo Joven Jose Carlos Mariategui Mz e Lote 6 Zona Única, distrito Paucarpata, Provincia y Departamento de Arequipa, con las Aéreas y Medidas Tasación: S/. 559,306.44. Precio Base: S/. 372,870.96 . Incremento entre ofertas: S/. 1,118.61. Arancel: S/. 990.00. Oblaje: S/. 55,930.64.. Distrito Judic… remateCasas
Pueblo Joven Jose Carlos Mariategui Mz e Lote 6 Zona Única, distrito Paucarpata, Provincia y Departamento de Arequipa, con las Aéreas y Medidas
Tasación: S/. 559,306.44. Precio Base: S/. 372,870.96. Incremento entre ofertas: S/. 1,118.61. Arancel: S/. 990.00. Oblaje: S/. 55,930.64.. Distrito Judicial: AREQUIPA. Departamento: AREQUIPA. Provincia: AREQUIPA. Distrito: PAUCARPATA.
Partida Registral: P06030860 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Pueblo Joven Jose Carlos Mariategui Mz E Lote 6 Zona Única, Distrito Paucarpata, Provincia y Departamento de Arequipa Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion22/04/2023 01/05/2023
Validación de Inscripción02/05/2023 04/05/2023
Presentación de Ofertas05/05/2023 06/05/2023
Pago Saldo08/05/2023 10/05/2023
Validación del Saldo11/05/2023 15/05/2023
Expediente: 04416-2016-0-0410-JP-CI-02. Distrito Judicial: AREQUIPA. Órgano Jurisdisccional: 2° JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MARIANO MELGAR. Instancia: JUZGADO DE PAZ LETRADO. Juez: JOEL SILVIO LOAYZA REVILLA. Especialista: BENAVIDES GODINEZ GIULIANA ALEXANDRA. Materia: OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO. Resolución: 17. Fecha Resolución: 06/01/2023

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 10619
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en AREQUIPA?

DEMANDANTE : CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA
RESOLUCIÓN NRO. 17 Arequipa, 06 de enero de 2023.
En mérito a la Resolución Administrativa N° 325-202 2-CE-PJ, el Juez y la Especialista Legal que suscriben, asumen competencia y funciones, sustentados en el principio de confianza 1, confiando en que el Juez y Servidores Judiciales del 1° Juzgado de Paz Letrado de Mariano Melgar desempeñaron correctamente sus funciones; por tanto, quienes asumimos funciones no somos responsables de las deficiencias en las que hayan incurrido sus predecesores ni somos responsables de las deficiencias en las que nos hagan incurrir.
Al escrito 59717-2022: VISTO: el expediente y CONSIDERANDO: 1. Conforme al artículo 730 del Código Procesal Civil (en adelante CPC), la tasación será puesta en conocimiento de los interesados por tres días, plazo en el que pueden formular observaciones; vencido el plazo el juez aprueba o desaprueba la tasación, si la desaprueba, ordenará se realice nuevamente, optando entre los mismo peritos u otros; conforme al artículo 731 del CPC, aprobada la tasación o siendo innecesaria, el juez convocará a remate, el cual se realiza por medio del remate judicial electrónico (REM@JU); y conforme a la Resolución Administrativa N° 131-2021-P-CSJAR-PJ, en el distrito judicial de Arequipa los remates se deben realizar a través del aplicativo informático REM@JU. 2. En el proceso se verifica que mediante resolución 14, se aprueba el informe pericial presentado por los peritos José Antonio Valdivia Arévalo y Luz Lima Vargas y el ejecutante ha cumplido con pagar el arancel judicial por solicitud de remate; por lo que, corresponde convocar a remate. RESUELVO: CONVOCO A REMATE JUDICIAL ELECTRÓNICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del bien embargado, y sucesivamente, CONVOCO AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria haya sido declarada desierta a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base, conforme al siguiente detalle: DESCRIPCIÓN DEL .

¿Cómo es el inmueble a rematar?

PUEBLO JOVEN JOSE CARLOS MARIATEGUI MZ E LOTE 6 ZONA ÚNICA, DISTRITO PAUCARPATA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, con las aéreas y medidas perimétricas y características descritas en la partida N° P06030860 de la Zona Registral N° XII – Sede 1 "[…] cada persona es responsablemente solo por el correcto desempeño de las actividades que le han sido asignadas, y puede por ende confiar en que sus demás compañeros cumplirán así mismo con las labores inherentes al cargo". Alvarado, Y. (1996). Imputación objetiva. Bogotá: Temis, p. 153; "La necesidad de acudir al principio de confianza es más evidente cuando hablamos de organizaciones complejas, como son las instituciones públicas, en las cuales la persona tiene que interactuar con muchos otros funcionarios día a día. Por ende, si el funcionario público tuviera como exigencia permanente verificar que otro funcionario ubicado en un nivel jerárquicamente inferior o en un nivel horizontal al suyo cumple o no su función, no le quedaría lugar para cumplir sus propias labores. De ahí que se parte de una presunción: todo funcionario con el que se interactúa obra en cabal cumplimiento de sus funciones". Corte Suprema de Justicia de la República. (2017). Casación N° 23-2016-ICA. 16 de mayo, fundamento 4.47. https://www.gacetajuridica.com.pe/docs/CasacinN23-2016- Ica.pdf Arequipa. CARGA Y GRAVÁMENES Asiento 00008: INSCRIPCIÓN DE EMBARGO: Embargo en forma de inscripción, sobre los derechos de propiedad que le corresponden a Shirley Giovanna Sequeiros Arratia de Reyna, hasta por la suma de S/ 30 000.00, a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa. VALOR DE .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

Tasación comercial: S/ 559 306.44 (QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SEIS CON 44/100 SOLES) PRECIO .

¿Cuáles son las bases del remate judicial en AREQUIPA?

EN PRIMERA CONVOCATORIA Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: S/. 372 870.96 (TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA CON 96/100 SOLES). PRECIO .

¿Cuáles son las bases del remate judicial en AREQUIPA?

EN SEGUNDA CONVOCATORIA La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de S/. 316 940.32 (TRESCIENTOS DIECISEIS MIL NOVECIENTOS CUARENTA 32/100 SOLES) PRECIO .

¿Cuáles son las bases del remate judicial en AREQUIPA?

EN TERCERA CONVOCATORIA La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: S/. 269 399.26 (DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 26/100 SOLES). OBLAJE Los postores deberán cumplir con lo siguiente: a) depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante depósito electrónico judicial en la moneda en que se realizó la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17° del Reglamento de l a Ley 30229 ; y b) Adjuntar el arancel judicial correspondiente. Asimismo, PUBLÍQUENSE los avisos del remate EN EL PORTAL WEB del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU por el termino de ley conforme así lo regula el artículo 15 de la Ley 30229 y su reglamento una vez de haber quedado firme la presente resolución al haber vencido el plazo de oposición; publicación que tendrá validez para la segunda y tercera convocatoria teniendo en cuenta el precio base señalado de las mismas en la presente resolución; y FIJESE los Carteles en la vitrina del local del Juzgado y en el inmueble a rematar como lo refiere el artículo 733 del Código Procesal Civil, en forma oportuna. Regístrese y comuníquese.
Al otrosí: Estando al pedido que hace la parte demandante y a fin de realizarse la respectiva liquidación de intereses; CURSESE OFICIO a la OFICINA DEL REPEJ para que cumpla con designar un perito contable, ello ante la imposibilidad de efectuar tal designación mediante el SIJ.