Tasación: .. Distrito Judicial: AYACUCHO. Departamento: AYACUCHO. Provincia: HUAMANGA. Distrito: AYACUCHO.
Partida Registral: 11008738 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Inmueble Ubicado En la Calle 05 Ó Mz. �e3�? Lote 12, Aa.hh. Covadonga, Distrito de Ayacucho, Provincia de Huamanga y Departamento de Ayacucho Inscrito En la Partida N� P11008738 de los Registros de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Ayacucho. Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicial | Desde | Hasta |
---|---|---|
Publicación e Inscripcion | 22/09/2023 | 01/10/2023 |
Validación de Inscripción | 02/10/2023 | 04/10/2023 |
Presentación de Ofertas | 05/10/2023 | 06/10/2023 |
Pago Saldo | 10/10/2023 | 12/10/2023 |
Validación del Saldo | 13/10/2023 | 17/10/2023 |
�Cómo participar en el remate judicial del inmueble?
Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 12188
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR
�Cómo se realizará el remate del inmueble en AYACUCHO?
DEMANDANTE : COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA MARIA MAGDALENA, RAZÓN RAZÓN RAZÓN RAZÓN SEÑORA JUEZ: Doy cuenta a usted: Que el personal jurisdiccional habiendo hecho uso físico del periodo vacacional del mes de febrero de año 2023, razón por lo que, los escritos ingresados durante el mes de enero, se están proveyendo, manteniendo el orden cronológico, con que fueron presentados, además por últimos cambios del personal en secretaría de ejecución a partir del día de fecha se hace a cargo de los expedientes que inician con número uno. De lo que se da cuenta para los fines pertinentes. Ayacucho, 04 de abril de 2023.AUT AUT AUT AUTO QUE PROGRAMA REMATE ELECTRÓNICO O QUE PROGRAMA REMATE ELECTRÓNICO O QUE PROGRAMA REMATE ELECTRÓNICO O QUE PROGRAMA REMATE ELECTRÓNICO Resolución N� Resolución N� Resolución N� Resolución N� 57 57 57 57. . . .- - - - Ayacucho, 0 Ayacucho, 0 Ayacucho, 0 Ayacucho, 04 4 4 4 de de de de abril abril abril abril del 202 del 202 del 202 del 2023 3 3 3. . . .- - - - I. I. I. I.- - - - MATERIA: MATERIA: MATERIA: MATERIA: Dado cuenta en la fecha con la razón que antecede, y estando a lo expuesto: Téngase presente; y dilucidar si corresponde conforme al estado del presente programar el remate electrónico en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N� 0225-2021-P- CSJAY/PJ de fecha 12 de mayo de 2021; y, II. II. II. II.- - - - ANTECEDENTE ANTECEDENTE ANTECEDENTE ANTECEDENTE: : : : Mediante escrito número �1759-2023�, presentado por el abogado de la entidad ejecutante la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa María Magdalena, con la tasa judicial por solicitud de remate, certificado de cargas y gravámenes, y arancel judicial por publicación de edicto judicial electrónico, y demás documentos que se anexan; agréguese a los autos; y, III. III. III. III.- - - -FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN: : : : 2.1. 2.1. 2.1. 2.1.- - - - Estando a la solicitud de convocatoria a remate por parte de la entidad ejecutante la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa María Magdalena, y teniendo presente el artículo 731� del Código Procesal Civil, modificado por la Ley N� 30229, el cual establece en sus primeros párrafos lo siguiente: "Aprobada la tasación o siendo innecesaria esta, el Juez convocará a remate. El remate o la subasta de bienes muebles e inmuebles se efectúan por medio del Remate Judicial Electrónico (REM@JU) si no existe oposición de ninguna de las partes o de terceros legitimados de ser el caso, conforme con la ley especial sobre la materia�, 2.2. 2.2. 2.2. 2.2.- - - - Estando al estado del proceso �etapa de ejecución forzada - y verificándose que dicha solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo N� 12�1 de la Ley N� 30229 y Articulo 13�2 del Reglamento de la citada Ley. 2.3. 2.3. 2.3. 2.3.- - - - El artículo 13 de la Ley N� 30229 refiere que de no haber usuarios postores inscritos o si no han ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en primera convocatoria se declara desierto; en este caso, el REM@JU debe reprogramar una segunda convocatoria con la reducción de un quince por ciento sobre el precio base del bien o bienes materia de remate electrónico. De igual forma, de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, se procede a una tercera convocatoria, reduciendo el quince por ciento el precio base de la convocatoria anterior sobre el precio base de la bien materia de remate electrónico. 2.4. 2.4. 2.4. 2.4.- - - - Finalmente, si en la tercera convocatoria no hay postores, se culmina el procedimiento del remate electrónico judicial y, siendo esta por ausencia de ofertas, se procede conforme a las normas del Código Procesal Civil o a la norma que lo sustituya, por lo tanto. Por estas consideraciones y de conformidad a lo establecido en el artículo 723� del Código Procesal Civil y Ley N� 30229; IV. IV. IV. IV.- - - - DECISIÓN DECISIÓN DECISIÓN DECISIÓN: : : :
4.1. 4.1. 4.1. 4.1.- - - - Al Primer Otrosí Digo Al Primer Otrosí Digo Al Primer Otrosí Digo Al Primer Otrosí Digo: : : : TÉNGASE TÉNGASE TÉNGASE TÉNGASE por cumplido el mandato contenido en la resolución número 56; y por consignado el depósito judicial N� 2023040100335; depósito judicial N� 2023040100335; depósito judicial N� 2023040100335; depósito judicial N� 2023040100335; por concepto de pago de honorarios profesionales, por la suma de S/. 990.00 s S/. 990.00 s S/. 990.00 s S/. 990.00 soles; consecuentemente endósese endósese endósese endósese a favor de dicho profesional, previo a la emisión del dictamen pericial, dejando en autos la constancia de su entrega. . . . 4. 4. 4. 4.2 2 2 2. . . .- - - - CONVOCAR A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL (REM@JU) CONVOCAR A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL (REM@JU) CONVOCAR A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL (REM@JU) CONVOCAR A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL (REM@JU) a efectos que se proceda al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del siguiente inmueble hipotecado. 4. 4. 4. 4.3 3 3 3. . . .- - - - En caso de declararse desierto la convocatoria en primer remate judicial electrónico, convóquese AUTOMÁTICAMENTE AUTOMÁTICAMENTE AUTOMÁTICAMENTE AUTOMÁTICAMENTE por el REM@JU al SEGUNDO REMATE ELECTRÓNICO SEGUNDO REMATE ELECTRÓNICO SEGUNDO REMATE ELECTRÓNICO SEGUNDO REMATE ELECTRÓNICO, seguidamente al TERCER REMATE ELECTRÓNICO TERCER REMATE ELECTRÓNICO TERCER REMATE ELECTRÓNICO TERCER REMATE ELECTRÓNICO, en los siguientes términos. a) DESCRIPCION a) DESCRIPCION a) DESCRIPCION a) DESCRIPCION: inmueble ubicado en la Calle 05 ó Mz. �E3� Lote 12, AA.HH. COVADONGA, distrito de Ayacucho, Provincia de Huamanga y Departamento de Ayacucho inscrito en la Partida N� P11008738 de los Registros de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Ayacucho. b) CARGAS Y GRAVÁMENES b) CARGAS Y GRAVÁMENES b) CARGAS Y GRAVÁMENES b) .
�Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?
? En el Asiento 00007 de la Partida N� P11008738 de los Registros de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Ayacucho, se ha inscrito una hipoteca constituida a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa María Magdalena hasta por la suma de US$ 39,770.1200, dólares americanos a fin de garantizar un crédito de S/. 90,000.00 soles. ? En el Asiento 00011 de la Partida N� P11008738 de los Registros de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Ayacucho, se ha inscrito una hipoteca constituida a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa María Magdalena hasta por la suma de S/. 229,000.00 soles.c) .