lunes, 30 de octubre de 2023

Rem@ju Local Sat en Venta en Lima Precio Base $ 36866 🏡

Tasación: .. Distrito Judicial: LIMA. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: LIMA . Partida Registral: 40471898 Tipo Inmueble: LOCAL. Dirección: Jr. Cuzco N� 626-640, Local Segundo Piso, N� 3082, Distrito, Provincia y Departamento de Lima Porcentaje a Rematar: 100 % Remate judicial Desde H… remateCasas

Tasación: .. Distrito Judicial: LIMA. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: LIMA.
Partida Registral: 40471898 Tipo Inmueble: LOCAL. Dirección: Jr. Cuzco N� 626-640, Local Segundo Piso, N� 3082, Distrito, Provincia y Departamento de Lima Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion26/10/2023 04/11/2023
Validación de Inscripción06/11/2023 08/11/2023
Presentación de Ofertas09/11/2023 10/11/2023
Pago Saldo13/11/2023 15/11/2023
Validación del Saldo16/11/2023 20/11/2023
Expediente: 04648-2010-0-1817-JR-CO-06. Distrito Judicial: LIMA. Órgano Jurisdisccional: 6°JUZGADO CIVIL-COMERCIAL. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: MEDINA SANDOVAL, VIRGINIA MARIA. Especialista: VELASQUEZ MATOS, JOSE RICARDO. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 30. Fecha Resolución: 22/08/2018. Tipo Cambio: S/. 3.862 a la fecha 24/10/2023 según la SBS.. Tasación: $ 55,300.00. Precio Base: $ 36,866.67. Incremento entre ofertas: $ 110.60. Arancel: S/. 495.00. Oblaje: $ 5,530.00. Descripción: SE TRATA DE UN LOCAL COMERCIAL DE 3.20 M2 DE �?REA DE VENTA DE LA GALER�?A MERCADO CENTRAL, UBICADO EN EL TERCER NIVEL.. N° inscritos: 0

�Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 12468
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

�Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?

DEMANDANTE : COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ATLANTIS LTDA,
RESOLUCIÓN N� TREINTA Lima, veintidós de agosto del dos mil dieciocho.-
DANDO CUENTA al escrito que antecede N� 77021-2018 presentado por la demandante Cooperativa de Ahorro y Crédito Atlantis LTDA, mediante el cual adjunta Certificado de Gravamen del inmueble sub litis; al respecto, téngase por cumplido el mandato judicial señalado en la resolución N� 29 de fecha 22.05.2018; en consecuencia, proveyendo su escrito de fecha 19.12.2017 y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, mediante escrito de fecha 19.12.2017 y subsanado con fecha 15.06.2018 la parte demandante solicita se ingrese la resolución que dispone el remate al REM@JU.
SEGUNDO: Que, de la revisión de los autos se aprecia que la parte ejecutada no ha formulado oposición alguna contra el remate electrónico ordenado por resolución N� 25 de fecha 26.01.2017, por lo que continuando con el trámite de la causa, y en aplicación de lo dispuesto por los Artículos 731� y 736� inciso uno del Código Procesal Civil, este Juzgado: RESUELVE:
1. CONVOCAR A PRIMER REMATE PÚBLICO ELECTRONICO del bien inmueble sub litis, constituido:
� Tipo de Inmueble: Local comercial. � Ubicación: Jr. Cuzco N� 626-640, Local Segundo Piso, N� 3082, distrito, provincia y departamento de Lima. � Ficha Registral: Partida Registral N� 40471898 del Registro de Predios de los Registros Públicos de Lima.
2.

�Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?


- HIPOTECA registrada en el Asiento D00002 de la Partida Registral N� 40471898 del Registro Público de Predios de de Lima; a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito Atlantis LTDA, hasta por la suma de US$ 6,900.00 Dólares Americanos; la misma que es materia de ejecución del presente proceso.
- EMBARGO registrado en el Asiento D00003 de la Partida Registral N� 40471898 del Registro Público de Predios de de Lima; hasta por la suma de S/. 2,393.00 ordenado por el Ejecutor Coactivo del Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima � SAT, Exp. 21907401812532-ACUM.
3. VALOR DE LA .

�Cuál es el valor de tasación del inmueble?

CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 55,300.00).
4. PRECIO .

�Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?

La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendiendo a la suma de TREINTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS Y 67/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 36,866.67).
5. OBLAJE: Se realizará en efectivo o mediante presentación de cheque de gerencia, por el monto correspondiente al diez por ciento (10%) del valor de la tasación. 6. PUBLICACION: Procédase a la publicación de los avisos de remate en el portal web del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU. Por el término de ley; efectué el Especialista de Actos Externos el pegado de carteles en el local del juzgado y en el inmueble a rematar.
7. REGISTRO: CUMPLA el Secretario Judicial dentro del segundo día con el registro de la presente convocatoria de remate en el aplicativo de Remate Judicial Electrónico � REM@JU.
8. Asimismo, advirtiéndose que en la partida del inmueble materia de remate existe anotado una afectación registrada en el Asiento D00003, por lo que a efectos de proceder conforme al artículo 726� del Código Procesal Civil, OFÍCIESE AL EJECUTOR COACTIVO DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA � SAT, Exp. 21907401812532-ACUM.
Al Primer Otrosí: Téngase presente a las personas que se indican para los fines señalados. Reasumiendo sus funciones la magistrada que suscribe la presente por disposición superior. Notifíquese.-




CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Sexto Juzgado Civil Subespecialidad Comercial de Lima
Lima, 22 de agosto del 2018.
OFICIO No.
__-2018-CSJL-6�JCSC SEÑOR EJECUTOR COACTIVO: DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA � SAT. Presente.-
REF. EXP. N� 04648-2010-0-1817-JR-CO-06 REF. EXP. 21907401812532-ACUM - SAT
Tengo el honor de dirigirme a usted, en los autos seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO ATLANTIS LTDA contra GREGORIO GOMEZ CHAVEZ sobre EJECUCIÓN DE GARANTIAS a fin de PONER A SU CONOCIMIENTO lo resuelto por mi judicatura mediante resolución N� 30 de fecha 22 de agosto del 2018, adjuntándole para el efecto copia certificada de la referida resolución. Es propicia la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi especial consideración.
Atentamente