martes, 7 de noviembre de 2023

Rem@ju Casa BCP en Venta en Ancash Nuevo Chimbote Precio Base $ 60391 🏡

Tasación: .. Distrito Judicial: DEL SANTA. Departamento: ANCASH . Provincia: SANTA. Distrito: NUEVO CHIMBOTE. Partida Registral: N�11027297 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Inmueble Ubicado En Psj S/n Mz G. Lote 12. Urb. Popular Rafael Seminario del Distrito de Santa, Provincia del Santa, Departame… remateCasas

Tasación: .. Distrito Judicial: DEL SANTA. Departamento: ANCASH. Provincia: SANTA. Distrito: NUEVO CHIMBOTE.
Partida Registral: N�11027297 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Inmueble Ubicado En Psj S/n Mz G. Lote 12. Urb. Popular Rafael Seminario del Distrito de Santa, Provincia del Santa, Departamento de Ancash Inscrito En la Partida Electr�nica N�11027297 del Registro de Propiedad Lnmueble de los Registros P�blicos Zona Registral N" Vll €� Sede Huaraz, Oficina Registral Chimbote Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion07/11/2023 16/11/2023
Validación de Inscripción17/11/2023 21/11/2023
Presentación de Ofertas22/11/2023 23/11/2023
Pago Saldo24/11/2023 28/11/2023
Validación del Saldo29/11/2023 01/12/2023
Expediente: 00875-2023-0-2501-JR-CI-04. Distrito Judicial: DEL SANTA. Órgano Jurisdisccional: 4° JUZGADO CIVIL. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: CIPRIANO PICHON CARLOS ALBERTO. Especialista: JIMENEZ CALDERON MALENA LISSET. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 4. Fecha Resolución: 25/08/2023. Tipo Cambio: S/. 3.749 a la fecha 03/11/2023 según la SBS.. Tasación: $ 90,587.98. Precio Base: $ 60,391.99. Incremento entre ofertas: $ 181.18. Arancel: S/. 742.50. Oblaje: $ 9,058.80. Descripción: INMUEBLE UBICADO EN PSJ S/N MZ G. LOTE 12. URB. POPULAR RAFAEL SEMINARIO DEL DISTRITO DE SANTA, PROVINCIA DEL SANTA, DEPARTAMENTO DE ANCASH INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N°11027297 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD LNMUEBLE DE LOS REGISTROS PÚBLICOS ZONA REGISTRAL N" VLL – SEDE HUARAZ, OFICINA REGISTRAL CHIMBOTE, CONFORME AL GRAVAMEN QUE ADJUNTO. . N° inscritos: 0

�Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 12556
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

�Cómo se realizará el remate del inmueble en ANCASH?

DEMANDANTE : BANCO DE CREDITO DEL PERU,
RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO Chimbote, veinticinco de agosto del dos mil veintitrés
AUTOS Y VISTOS: Dado cuenta con el escrito presentado por la parte ejecutante, estando a lo solicitado y aranceles que adjunta, agréguese a los autos, y se procede a emitir lo que corresponde, y CONSIDERANDO: PRIMERO: Teniendo en cuenta la solicitud de convocatoria a remate efectuada por el ejecutante, y siendo el estado del proceso el de encontrarse en la etapa técnica de ejecución forzada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 731� del Código Procesal Civil modificado por la Ley N�30229; y verificándose que la presente solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo 12� 1 de Ley N�30229 y artículo 13� del Reglamento de la citada Ley, debe procederse a efectuar el remate electrónico a través del aplicativa de REM@JU del portal web del Poder Judicial. SGUNDO: Es menester señalar que en caso de ausencia de ofertas ello debido a que no se hayan inscrito usuarios postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en Primera Convocatoria Electrónico se declarara desierto. TERCERO: Declarado desierto la primera convocatoria, conforme lo establece el artículo 13� de la Ley N� 30229 � el REM@JU generará automáticamente el aviso de convocatoria donde se indicara el cronograma correspondiente a la segunda convocatoria con la reducción del 15% sobre la base del bien o bienes materia de remate electrónico judicial, en los que se indicara los plazos para inscripción, presentación de ofertas y fecha límite de cancelación. CUARTO: En caso de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, el REM@JU generará automáticamente el aviso de la tercera convocatoria reduciendo en un 15% el precio base de la convocatoria anterior, donde se indicara el cronograma correspondiente bajo los mismos lineamientos señalados en el considerando precedente. QUINTO: Por último, en caso de no haber postores en la tercera convocatoria, se culmina el procedimiento de remate electrónico judicial, procediéndose conforme a las normas del Código Procesal Civil o la norma que la sustituya; por estas consideraciones: SE RESUELVE:
1. CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente:
a) DESCRIPCION: Inmueble ubicado en PSJ S/N MZ G. LOTE 12. URB. POPULAR RAFAEL SEMINARIO del Distrito de Santa, provincia del Santa, departamento de 1 Artículo 12.Condiciones para remate por internet. El remate electrónico judicial a través delREM@JU procede al cumplir con los siguientes requisitos: a) Que se cumpla con el pago del arancel judicial por concepto de remate. b) Que, en su circunscripción jurisdiccional, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial haya dispuesto elremate electrónico judicial por REM@JU en función de las facilidades y condiciones tecnológicasexistentes; c) Que, verificadas las condiciones anteriores, el Juez dicte la resolución que disponga el remateelectrónico judicial identificando en aquella un resumen descriptivo del bien incluidas las cargas y losgravámenes, de ser el caso, y el monto de su valorización. (..) ; Ancash inscrito en la partida electrónica N�11027297 del Registro de Propiedad lnmueble de los Registros Públicos Zona Registral N" Vll � Sede Huaraz, Oficina Registral Chimbote, conforme al gravamen que adjunto.
2. CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria haya sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base.
3.

�Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

3.1. Hipoteca: Asiento N� D00004. Hipoteca a favor de BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ, hasta por la suma de US$90,587.98, constituida por Jhaqueline Torres Alfaro, según Escritura Pública N� 4712 (de fecha 28/10/2019). Hipoteca inscrita el 03/01/20. Asiento N� D00005. Embargo en forma de inscripción a favor del BBVA PERÚ, hasta por S/ 88,000.00, concedida por el Tercer Juzgado Civil de Chimbote mediante resolución nro. 02 (de fecha 17/03/2022), en el proceso sobre obligación de dar suma de dinero seguido contra Jhaqueline Torres Alfaro (exp.02593-2021-29-2501-JR-CI -03). Embargo inscrito el 01/06/2022. Asiento N� D00006. Embargo en forma de inscripción a favor de Ml BANCO- BANCO DE LA MICROEMPRESA SA, hasta por S/ 99,000.00, concedida por el Cuarto Juzgado Civil de Chimbote, mediante resolución N�01 (de fecha 15/02/2023), en el proceso sobre obligación de dar suma de dinero seguido contra Jhaqueline Torres Alfaro (exp. 00228-2023-79-2501-JR-Cl-04). Embargo inscrito el 06/03/2023.
4.

�Cuál es el valor de tasación del inmueble?

Tasación convencional según escritura pública de constitución de hipoteca que obra en autos, en la suma de US$/90,587.98 (NOVENTA MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 98/100 DÓLARES AMERICANOS)
5. PRECIO .

�Cuáles son las bases del remate judicial en ANCASH?

Primera convocatoria: US$ 60,391.98 Segunda convocatoria: US$ 51,333.18 Tercera convocatoria; US$ 43,633.21
6. OBLAJE: Los postores deberán cumplir con lo siguiente: a) Depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante depósito electrónico judicial en la moneda en que se realizó la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17� del Reglamento de la Ley N�30229; y b) Adjuntar el arancel judicial correspondiente.
7. PUBLICACION: Procédase a la PUBLICACION de los avisos del remate EN EL PORTAL WEB del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU por el termino de ley conforme así lo regula el artículo 15� de la Ley N�30229 y su reglamento una vez de haber quedado firme la presente resolución al haber vencido el plazo de oposición; publicación que tendrá validez para la segunda y tercera convocatoria teniendo en cuenta el precio base señalado de las mismas en la presente resolución. El cronograma correspondiente a cada remate se genera automáticamente por el aplicativo informático REM@JU al que podrán acceder las partes en el portal institucional del Poder Judicial www.pj.gob.pe, enlace virtual de REM@JU, para su visualización. 8. FIJESE los carteles en la vitrina del local del juzgado; y en el inmueble a rematar por parte del especialista legal responsable de los remates electrónicos judiciales REM@JU en forma oportuna y bajo responsabilidad. 9. NOTIFÍQUESE a la parte ejecutada, dejándose a salvo su derecho de formular oposición solamente en base a la causal prevista legalmente. 10. CUMPLA LA PARTE DEMANDANTE con solicitar el registro del remate electrónico en el sistema informático una vez vencido el plazo para formular oposición o una vez desestimada ésta en caso se hubiere formulado. 11. NOTIFIQUESE a las partes procesales.-