Tasación: .. Distrito Judicial: DEL SANTA. Departamento: ANCASH. Provincia: SANTA. Distrito: CHIMBOTE.
Partida Registral: P090005774 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Pueblo Joven Miraflores Alto Manzana K Lote 16, Distrito de Chimbote, Provincia de Santa, Departamento de Ancash Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicial | Desde | Hasta |
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Publicación e Inscripcion | 25/11/2023 | 04/12/2023 |
Validación de Inscripción | 05/12/2023 | 11/12/2023 |
Presentación de Ofertas | 12/12/2023 | 13/12/2023 |
Pago Saldo | 14/12/2023 | 18/12/2023 |
Validación del Saldo | 19/12/2023 | 21/12/2023 |
�Cómo participar en el remate judicial del inmueble?
Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 12753
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR
�Cómo se realizará el remate del inmueble en ANCASH?
DEMANDANTE : BANCO PICHINCHA,Resolución Nro. QUINCE Chimbote, Once de Mayo Del año Dos Mil Veintitrés.- AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO: DADO CUENTA con el escrito número 3228-2023 que precede, estando a lo solicitado asi como en atención al estado del proceso, de conformidad a lo dispuesto en el Art.731 del Código Procesal Civil, modificado por la Ley 30229 y verificándose que dicha solicitud cumple con los requisitos señalados en el articulo N�12 de la Ley Nro.30229 y Art.13� del Reglamento de la citada Ley, por tales Consideraciones, SE RESUELVE: 1.-CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL-REM@JU a efectos de proceder al Remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble embargado siguiente: 2.-DESCRIPCION: INMUEBLE sito en PUEBLO JOVEN MIRAFLORES ALTO MANZANA K LOTE 16, DISTRITO DE CHIMBOTE, PROVINCIA DE SANTA, DEPARTAMENTO DE ANCASH - INSCRITO EN LA PARTIDA N� P090005774 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N� VII � SEDE HUARAZ OFICINA REGISTRAL DE CHIMBOTE. 3.-CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE EL SEGUNDO REMATE y SEGUIDAMENTE EL TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base. 4.-CARGAS Y .
�Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?
* EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN A FAVOR DE BANCO PICHINCHA HASTA LA SUMA DE S/ 44,000.00 (CUARENTA Y CUATRO CON 00/100 SOLES) ORDENADA POR EL CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CHIMBOTE � EXPEDIENTE 183-2021-0-2501-JP-CI-03, INSCRITO EN EL ASIENTO 00008 DE LA PARTIDA N� P090005774 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE CHIMBOTE. 5.-.�Cuál es el valor de tasación del inmueble?
Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 57,566.29 (CINCUENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SESENTA Y SEIS CON 29/100 DÓLARES AMERICANOS). 6.-PRECIO .�Cuáles son las bases del remate judicial en ANCASH?
*PRIMERA CONVOCATORIA Las dos terceras partes del valor de la tasación de los derechos y acciones embargados, correspondientes al ejecutado HUDSON OLIVO AUGUSTO, que asciende a la suma de US$ 38, 377.53 (TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 53/100 DÓLARES AMERICANOS). *SEGUNDA CONVOCATORIA La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 32,620.90 (TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS VEINTE CON 90/100 DÓLARES AMERICANOS). *TERCERA CONVOCATORIA La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de US$ 27,727.76 (VEINTISIETE MIL SETECIENTOS VEINTISIETE CON 76/100 DÓLARES AMERICANOS). 7.-OBLAJE: Los postores deberán cumplir con lo siguiente: a)Depositar el 10 por ciento del valor de la tasación arriba indicada mediante deposito electrónico judicial en la moneda en que se realizó la tasación del bien, conforme a lo dispuesto en el Artículo 17� del Reglamento de la Ley 30229; y b)Adjuntar el arancel judicial correspondiente. 8.-PUBLICACION Procédase a la PUBLICACION de los avisos del remate EN EL PORTAL WEB del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU por el termino de ley conforme así lo regula el artículo 15 de la Ley 30229 y su reglamento una vez quedado firme la presente resolución, al haber vencido el plazo de oposición; publicación que tendrá validez para la segunda y tercera convocatoria teniendo en cuenta el precio base señalado de las mismas en la presente resolución. FIJESE los carteles en la vitrina del local del Juzgado y en el inmueble a rematar, por parte del Secretario Judicial, en forma oportuna y bajo responsabilidad. Notifíquese.-3� JUZGADO DE PAZ LETRADO - CIVIL, PENAL Y LABORAL EXPEDIENTE : 00183-2021-0-2501-JP-CI-03 MATERIA : OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO JUEZ : LI RIOS CARLOS ARTURO ESPECIALISTA : KATIA LLONTOP MORENO PERITO : ARBAYZA FRUCTUOSO, CARLOS ELMER HUERTA GUTIERREZ, CARLOS OSWALDO ARBAYZA FRUCTUOSO, CARLOS HUERTA GUTIERREZ, CARLOS OSWALDO DEMANDANTE : BANCO PICHINCHA,
Resolución Nro. DIECISIETE Chimbote, Doce de Setiembre Del año Dos Mil Veintitrés.- AUTOS Y VISTOS, Dado cuenta en la fecha con los autos, estando a su revisión; y CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que el artículo 407� del Código Procesal Civil establece que: �Antes que la resolución cause ejecutoria, el Juez puede, de Oficio o a pedido de parte y sin trámite alguno, corregir cualquier error material evidente que contenga. Los errores numéricos y Ortográficos pueden corregirse incluso durante la ejecución de la resolución�.- SEGUNDO.- Que, mediante resolución número quince de fecha once de mayo del año dos mil veintitrés, se resuelve convocar a Remate Electrónico Judicial-REMAJU, del inmueble embargado sito en el PUEBLO JOVEN MIRAFLORES ALTO MANZANA K LOTE 16, DISTRITO DE CHIMBOTE, PROVINCIA DE SANTA, DEPARTAMENTO DE ANCASH - INSCRITO EN LA PARTIDA N� P090005774 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N� VII � SEDE HUARAZ OFICINA REGISTRAL DE CHIMBOTE; sin embargo, en el rubro referido a Cargas y Gravámenes, por error involuntario se ha consignado como ��EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN A FAVOR DE BANCO PICHINCHA HASTA LA SUMA DE S/ 44,000.00 (CUARENTA Y CUATRO CON 00/100 SOLES) ORDENADA POR EL CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CHIMBOTE � EXPEDIENTE 183-2021-0-2501-JP-CI-03, INSCRITO EN EL ASIENTO 00008 DE LA PARTIDA N� P090005774 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE CHIMBOTE..�, siendo lo correcto consignar ��EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN A FAVOR DE BANCO PICHINCHA HASTA LA SUMA DE S/ 44,000.00 (CUARENTA Y CUATRO CON 00/100 SOLES) ORDENADA POR EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CHIMBOTE � EXPEDIENTE 183-2021-0-2501-JP-CI-03, INSCRITO EN EL ASIENTO 00008 DE LA PARTIDA N� P090005774 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE CHIMBOTE..�, razón por lo cual y con la finalidad de evitar posteriores nulidades es procedente corregir el error incurrido.- En consecuencia por éstas consideraciones, SE RESUELVE: CORREGIR el error incurrido en la resolución número quince de fecha once de mayo del año dos mil veintitrés, en el rubro referido a CARGAS Y .