viernes, 22 de marzo de 2024

Remate Judicial BCP en Lambayeque Chiclayo de Departamento Precio Base $ 65902 🏡

Tasación: .. Distrito Judicial: LAMBAYEQUE. Departamento: LAMBAYEQUE . Provincia: CHICLAYO. Distrito: CHICLAYO. Partida Registral: 11280689 Tipo Inmueble: DEPARTAMENTO. Dirección: A).-inmueble Ubicado En: Secciã“n 203 €“ Departamento 203, Sub Lote 10⪠Zona Predio la Ermita €“ Distrito de Pimen… remateCasas

Tasación: .. Distrito Judicial: LAMBAYEQUE. Departamento: LAMBAYEQUE. Provincia: CHICLAYO. Distrito: CHICLAYO.
Partida Registral: 11280689 Tipo Inmueble: DEPARTAMENTO. Dirección: A).-inmueble Ubicado En: Secciã“n 203 €“ Departamento 203, Sub Lote 10⪠Zona Predio la Ermita €“ Distrito de Pimentel, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, . Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion23/03/2024 01/04/2024
Validación de Inscripción02/04/2024 04/04/2024
Presentación de Ofertas05/04/2024 06/04/2024
Pago Saldo08/04/2024 10/04/2024
Validación del Saldo11/04/2024 15/04/2024
Expediente: 00466-2021-0-1706-JR-CO-08. Distrito Judicial: LAMBAYEQUE. Órgano Jurisdisccional: 8° JUZGADO CIVIL - COMERCIAL. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: SANDRO OMAR AGUILAR GAITAN. Especialista: FABRIZIO CARBAJAL BRAVO. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 07. Fecha Resolución: 03/07/2023. Tipo Cambio: S/. 3.695 a la fecha 21/03/2024 según la SBS.. Tasación: $ 98,853.00. Precio Base: $ 65,902.00. Incremento entre ofertas: $ 197.71. Arancel: S/. 772.50. Oblaje: $ 9,885.30. Descripción: A).-INMUEBLE UBICADO EN: SECCIÓN 203 – DEPARTAMENTO 203, SUB LOTE 10ª ZONA PREDIO LA ERMITA – DISTRITO DE PIMENTEL, PROVINCIA DE CHICLAYO, DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE, INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° 11280689 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL NRO. II SEDE CHICLAYO.. N° inscritos: 0

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 13560
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LAMBAYEQUE?

DEMANDANTE : BANCO DE CREDITO DEL PERU
RESOLUCIÓN NÚMERO: SIETE Chiclayo tres de julio Del dos mil veintitrés
AUTOS Y VISTOS; dado cuenta con el proceso y CONSIDERANDO PRIMERO: Que, como lo establece el artículo 407 del Código Procesal Civil antes, que la Resolución cause ejecutoria “El Juez puede de oficio o a pedido de parte y sin tramite alguno corregir cualquier error material evidente que contenga los errores numéricos y ortográficos pueden corregirse incluso durante la ejecución de la Resolución; SEGUNDO: Que, de la Revisión de los autos se advierte que al expedirse la resolución número cinco que obra a folios 86 a 88 se ha consignado en el punto A) como monto de valor comercial del inmueble la suma de ciento seis mil ochocientos cincuenta y tres con 00/100 dólares americanos (US $ 106,853.00) sin embargo lo correcto es: “noventa y ocho mil ochocientos cincuenta y tres con 00/100 dólares americanos (US. $ 98, 853.00); así mismo; se ha omitido la valorización del inmueble consistente en el Estacionamiento 01, del inmueble ubicado en el predio La Ermita, Sub. Lote 10ª, Sección 01, Distrito de Pimentel, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, cuya valorización asciende a la suma de ocho mil con 00/100 dólares americanos (US $ 8, 000.00); por lo que a fin de evitar nulidades posteriores debe subsanarse los errores señalados motivo por el cual; se procede a cambiar los precios bases de los remates de los bienes materia de litis; Por las consideraciones anotadas y dispositivos legales invocados SE RESUELVE: CORREGIR el error material contenido en la Resolución Número cinco de fecha 23 de noviembre del 2021 en consecuencia; téngase que lo correcto es: 1. DESCRIPCION:
A).-Inmueble ubicado en: Sección 203 – Departamento 203, sub Lote 10ª Zona Predio La Ermita – Distrito de Pimentel, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida Electrónica N° 11280689 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nro. II Sede Chiclayo.
B).-Inmueble independizado bajo el régimen de propiedad exclusiva y común ubicación en Pimentel, Provincia – Chiclayo – Departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida Electrónica N° 11280689 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nro. II Sede Chiclayo.
1.

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

1.1. En el asiento D00002 se encuentra inscrita una HIPOTECA constituida a favor de Banco de Crédito del Perú, hasta por la suma de trescientos cinco mil setecientos veinticuatro con 00/100 soles [S/305, 724.00] 1.2. En el asiento D00002 se encuentra inscrito un EMBARGO en forma de inscripción hasta por la suma de trescientos cinco mil setecientos veinticuatro con 00/100 soles [S/305, 724.00] a favor de Banco de Crédito del Perú.-
2. VALOR DE LA .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

A) Inmueble ubicado en el Predio La Ermita, Sub Lote 10ª, Sección 203, Dpto. 203, distrito de Pimentel, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida electrónica Nro. 11280689 del Registro de Predios de Chiclayo, Zona Registral N° II Sede Chiclayo, cuyo valor comercial asciende a la suma de noventa y ocho mil ochocientos cincuenta y tres con 00/100 dólares americanos (US $.98, 853.00) B) Inmueble ubicado en el predio La Ermita Sub Lote 10ª Sección 01, Estacionamiento 01, Distrito de Pimentel, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida Electrónica Nro. 11280663 del Registro de Predios de Chiclayo, Zona Registral Nro. II Sede Chiclayo; Cuyo Valor Comercial asciende a la suma de ocho mil y 00/100 dólares americanos (US $ 8, 000.00)
3. PRECIO .

¿Cuáles son las bases del remate judicial en LAMBAYEQUE?

A) Inmueble ubicado en el Predio La Ermita, Sub Lote 10ª, Sección 203, Dpto. 203, distrito de Pimentel, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque; la base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendiendo a la suma de US$.65, 902.00 (SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS DOS CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS) B) Inmueble ubicado en el predio La Ermita Sub Lote 10ª Sección 01, Estacionamiento 01, Distrito de Pimentel, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque la base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendiendo a la suma de US$.5, 333.33 (CINCO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON 33/100 DÓLARES AMERICANOS)
4. OBLAJE: Los postores deberán cumplir con los siguiente: a) Depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante depósito electrónico judicial en la moneda en que se realizó la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17° del Reglamento de la Ley N° 302999; y b) Adjuntar el arancel judicial correspondiente.
5. PÚBLICACIÓN: Procédase a la PUBLICACIÓN de los avisos del remate EN EL PORTAL WEB del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU por el término de ley, conforme lo regula el artículo 15 del reglamento de la Ley 30229, luego haber quedado firme la presente resolución.-
6. FIJESE los carteles en la vitrina del local del Juzgado por parte del especialista legal y en el inmueble a rematar en forma oportuna, de manera personal de la ante la secretaria del juzgado, bajo responsabilidad
7. En el supuesto de no haber adjudicación en la primera convocatoria, y de conformidad con la regulación vigente, CONVÓQUESE AUTOMATICAMENTE AL SEGUNDO REMATE y seguidamente AL TERCER REMATE de ser necesario con los siguientes parámetros: 7.1. PARA LA SEGUNDA CONVOCATORIA: A) Inmueble ubicado en el Predio La Ermita, Sub Lote 10ª, Sección 203, Dpto. 203, distrito de Pimentel, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque; la base de la postura será establecida para la primera convocatoria, reducida en un 15%; la misma que asciende a la suma de US$ 56,016.70 (CINCUENTA Y SEIS MIL DIECISEIS CON 70/100 DÓLARES AMERICANOS) B) Inmueble ubicado en el predio La Ermita Sub Lote 10ª Sección 01, Estacionamiento 01, Distrito de Pimentel, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque; la base de la postura será establecida para la primera convocatoria, reducida en un 15%; la misma que asciende a la suma de US$ 4,533.33 (CUATRO MIL QUINIENTOS TREINTA Y TRES CON 33/100 DÓLARES AMERICANOS)
7.2. PARA LA TERCERA CONVOCATORIA: A) Inmueble ubicado en el Predio La Ermita, Sub Lote 10ª, Sección 203, Dpto. 203, distrito de Pimentel, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, la base de la postura será la establecida para la segunda convocatoria, reducida en un 15%; la misma que asciende a la suma de US$ 47,614.19 (CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CATORCE CON 19/100 DÓLARES AMERICANOS) B) Inmueble ubicado en el predio La Ermita Sub Lote 10ª Sección 01, Estacionamiento 01, Distrito de Pimentel, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, la base de la postura será la establecida para la segunda convocatoria, reducida en un 15%; la misma que asciende a la suma de US$ 3,853.33 (TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 33/100 DÓLARES AMERICANOS)
De conformidad con el artículo 12 de la Ley N° 30229 la presente resolución es inimpugnable bajo la salvedad señalada en el tercer párrafo del indicado artículo; NOTIFIQUESE la presente resolución a las partes procesales; subsistiendo lo demás que contiene la resolución aludida; Al pedido de consentimiento de la Resolución cuatro; ESTESE a lo dispuesto en la presente resolución y realice pedido en su debida oportunidad; Notifíquese con arreglo a Ley.-