Tasación: .. Distrito Judicial: TUMBES. Departamento: TUMBES. Provincia: TUMBES. Distrito: TUMBES.
Partida Registral: 03001539 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Aa. Hh. el Bosque Mz. L Lote 6 Calle Jos㉠C. Mariã?tegui, del Distrito, Provincia y Departamento de Tumbes, Inscrito En la Pe N⺠03001539, del Registro de Predios de la Oficina Registral de Tumbes Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicial | Desde | Hasta |
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Publicación e Inscripcion | 12/04/2024 | 21/04/2024 |
Validación de Inscripción | 22/04/2024 | 24/04/2024 |
Presentación de Ofertas | 25/04/2024 | 26/04/2024 |
Pago Saldo | 29/04/2024 | 02/05/2024 |
Validación del Saldo | 03/05/2024 | 07/05/2024 |
¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?
Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 13777
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR
¿Cómo se realizará el remate del inmueble en TUMBES?
DEMANDANTE : BANCO DE CREDITO DEL PERU,RESOLUCIÓN NÚMERO: CINCO Tumbes, nueve de noviembre del año dos mil veintitrés.-
AUTOS Y VISTO, con los autos que antecede, y puesta a despacho para resolver; proveído en la fecha debido a las recargadas labores de este despacho judicial; Y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Habiendo cumplido el accionante con adjuntar el arancel judicial por derecho de remate, y siendo que el presente proceso se encuentra en la etapa de ejecución forzada, de conformidad con lo previsto por el artículo 731° del Código Procesal Civil. SEGUNDO:, Teniendo en cuenta lo expuesto, se tiene que el presente proceso se encuentra dentro de los lineamientos que establece el artículo 12° de la Ley 30229 Condiciones para el remate por Internet que establece El remate judicial a través del REM@JU procede al cumplir con los siguientes requisitos: a) Que, se cumpla con el pago del arancel judicial por derecho de remate. b) Que, en su circulación jurisdiccional, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial haya dispuesto el remate electrónico judicial, por REM@JU en función de las facilidades y condiciones tecnológicas existentes. y c) Que, verificadas las condiciones anteriores, el Juez dicte la resoluciones que disponga el remate electrónico judicial identificando en aquellas un resumen descriptivo del bien incluidas las cargas y los gravámenes, de ser el caso y el monto de valorización, . (…). TERCERO: Por otro lado es necesario señalar que en caso de ausencia de ofertas, debido a que no se hayan inscrito usuarios o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en Primera convocatoria Electrónico se declarara desierto. CUARTO: Declarado desierta la primera convocatoria, conforme lo establece el artículo 13° de la Ley 30229 – el REMA@JU generará automáticamente el aviso de convocatoria donde se indicara el cronograma correspondiente a la segunda convocatoria con la reducción del 15% sobre la base del bien o bienes materia de remate electrónico judicial, en los que se indicaran los plazos para la inscripción, presentación de ofertas y fecha límite de cancelación. QUINTO: En caso de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria el REMA@JU generará automáticamente el aviso de la tercera convocatoria reduciendo el 15% del precio base de la convocatoria anterior, donde se indicara el cronograma correspondiente. . SEXTO: Por último, en caso de no haber postores en la tercera convocatoria se culminara el procedimiento de remate electrónico judicial, procediéndose conforme a las normas del Código Procesal Civil. Por tales consideraciones y las normas citadas: SE RESUELVE: 1) CONVOCAR A REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL – REMA@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada: a) Inmueble ubicado en el AA. HH. El Bosque Mz. L Lote 6 calle José C. Mariátegui, del Distrito, Provincia y Departamento de Tumbes, inscrito en la PE Nº 03001539, del Registro de Predios de la oficina registral de Tumbes, Certificado de cargas y gravamen corren inscrita en la Partida Registral N° 03001539 del Registro de Propiedad inmueble de Tumbes, conforme se visualiza en el Sistema Integrado Judicial-SIJ., por ser un expediente Judicial electrónico-EJE. 2) .