Tasación: .. Distrito Judicial: MADRE DE DIOS. Departamento: MADRE DE DIOS. Provincia: TAHUAMANU. Distrito: IBERIA.
Partida Registral: 05000193 Tipo Inmueble: TERRENOS. Dirección: Predio Rãšstico: Parcela Nâ° 37, Independizado del Proyecto de Adjudicaciã“n Denominado: €œcarachamayocâ€?, Ubicado En el Distrito de Iberia, Provincia de Tahuamanu, Departamento de Madre de Dios, con un Ã?rea de 37.00 Has, Correspondiente a la Uc Nâ° 38395, con un Perã?metro de 2,688 Ml, Inscrito En la Partida Nâ° 05000193 de la Oficina de Registros Pãšblicos de Madre de Dios. Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicial | Desde | Hasta |
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Publicación e Inscripcion | 01/05/2024 | 10/05/2024 |
Validación de Inscripción | 13/05/2024 | 15/05/2024 |
Presentación de Ofertas | 16/05/2024 | 17/05/2024 |
Pago Saldo | 20/05/2024 | 22/05/2024 |
Validación del Saldo | 23/05/2024 | 27/05/2024 |
¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?
Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 13971
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR
- Remate Judicial Banco de Casa en Amazonas Bagua Precio Base $ 74665
- Venta de Departamento en Callao Precio Base S/ 166312
- REM@JU Casa BBVA en Venta en San Martin de Porres Lima Precio Base $ 115656
¿Cómo se realizará el remate del inmueble en MADRE DE DIOS?
DEMANDANTE : BANCO AGROPECUARIO AGROBANCO,RESOLUCIÓN N° 38. Puerto Maldonado, once de Abril del año dos mil veinticuatro.
Autos y Vistos: Dado cuenta en la fecha el escrito con registro N° 2507-2024, presentado vía mesa de partes electrónico por BANCO AGROPECUARIO, representado por su Abogado Willy Charrier Rodríguez Montero, mediante el cual solicita reinicio de convocatoria de remate; y Considerando: Primero: Téngase presente que mediante resolución número treinta y cuatro, de fecha veinticinco de julio del dos mil veintidós, se ha convocado a remate judicial electrónico-REM@JU, a efectos de proceder a la primera ronda de convocatoria del predio rustico: Parcela N° 37, independizado del Proyecto de Adjudicación denominado: “Carachamayoc”, ubicado en el distrito de Iberia de la Provincia de Tahuamanu, del departamento de Madre de Dios, con un área de 37.00 Has, correspondiente a la UC N° 38395, con un ´perímetro de 2,688 ml., inscrito en la partida N° 05000193 de la Oficina de Registros Públicos de Madre de Dios. Segundo: Precísese que también mediante resolución número 37, se ha dispuesto generar los avisos para su publicación de los avisos del remate en el Portal Web del Poder Judicial a través del aplicativo informático REM@JU por el plazo de ley, conforme a lo regulado por el artículo 15 del Reglamento de la Ley 30229; y pago del Arancel Judicial por solicitud de remate judicial; sin embargo no se ha cumplido con el pegado de avisos en el predio materia de remate; consecuentemente, siendo su estado actual el de suspendido por falta de pegado; sin embargo con el escrito que antecede es que se solicita la continuación del presente proceso y se reanude la convocatoria a remate electrónico vía REM@JU lo cual es atendible; por lo que siendo la etapa del presente la de reinicio del remate en primera ronda de convocatoria. Por las consideraciones expuestas SE RESUELVE: 1. REINICIAR el REMATE JUDICIAL ELECTRONICO-REM@JU a efectos de proceder a la primera ronda de CONVOCATORIA del bien inmueble materia de ejecución forzada conforme al detalle siguiente:
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRE DE DIOS JUZGADO CIVIL PERMANENTE PUERTO MALDONADO - TAMBOPATA
i) DESCRIPCION: Predio rústico: Parcela N° 37, independizado del Proyecto de Adjudicación denominado: “Carachamayoc”, ubicado en el distrito de Iberia, provincia de Tahuamanu, departamento de Madre de Dios, con un área de 37.00 Has, correspondiente a la UC N° 38395, con un perímetro de 2,688 ml, inscrito en la partida N° 05000193 de la Oficina de Registros Públicos de Madre de Dios. ii) CARGA Y GRAMENES: EMBARGO: Constituido a favor del Banco Agropecuario, a fin de garantizar las obligaciones según Asiento D00007, que constituye embargo en forma de inscripción hasta por la suma de S/ 100,000.00 Soles. iii) .