miércoles, 8 de mayo de 2024

Rem@ju Terrenos en Venta en Lambayeque San Jose Precio Base $ 4096 🏡

Tasación: .. Distrito Judicial: LAMBAYEQUE. Departamento: LAMBAYEQUE . Provincia: LAMBAYEQUE. Distrito: SAN JOSE. Partida Registral: P10043055 Tipo Inmueble: TERRENOS. Dirección: Inmueble Ubicado En: Manzana a 22 Lote 08 I Etapa, Programa Juan Tomis Stack, Distrito de San Josã‰, Provincia y Depar… remateCasas

Tasación: .. Distrito Judicial: LAMBAYEQUE. Departamento: LAMBAYEQUE. Provincia: LAMBAYEQUE. Distrito: SAN JOSE.
Partida Registral: P10043055 Tipo Inmueble: TERRENOS. Dirección: Inmueble Ubicado En: Manzana a 22 Lote 08 I Etapa, Programa Juan Tomis Stack, Distrito de San Josã‰, Provincia y Departamento de Lambayeque, Inscrito En la Partida Electrã“nica Nâ° P10043055 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nro. Ii Sede Chiclayo. Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion07/05/2024 16/05/2024
Validación de Inscripción17/05/2024 21/05/2024
Presentación de Ofertas22/05/2024 23/05/2024
Pago Saldo24/05/2024 28/05/2024
Validación del Saldo29/05/2024 31/05/2024
Expediente: 00245-2020-0-1706-JR-CO-08. Distrito Judicial: LAMBAYEQUE. Órgano Jurisdisccional: 8° JUZGADO CIVIL - COMERCIAL. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: SANDRO OMAR AGUILAR GAITAN. Especialista: FABRIZIO CARBAJAL BRAVO. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 12. Fecha Resolución: 28/12/2023. Tipo Cambio: S/. 3.718 a la fecha 03/05/2024 según la SBS.. Tasación: $ 6,145.00. Precio Base: $ 4,096.67. Incremento entre ofertas: $ 12.29. Arancel: S/. 257.50. Oblaje: $ 614.50. Descripción: INMUEBLE UBICADO EN: MANZANA A 22 LOTE 08 I ETAPA, PROGRAMA JUAN TOMIS STACK, DISTRITO DE SAN JOSÉ, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE, INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° P10043055 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL NRO. II SEDE CHICLAYO.. N° inscritos: 0

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 14010
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LAMBAYEQUE?

DEMANDANTE : BANCO PICHINCHA
RESOLUCIÓN NÚMERO: DOCE Chiclayo veintiocho de diciembre Del dos mil veintitrés
AUTOS Y VISTOS: dado cuenta con el escrito de fecha 12 de octubre del 2023 y ATENDIENDO: PRIMERO: De lo actuado puede verse que los peritos designados en autos han cumplido con presentar su informe de tasación comercial obrante de folios 202 a 223; SEGUNDO: Conforme al estado del proceso y estando a la solicitud de convocatoria a remate y de conformidad con lo disciplinado en el artículo 731° del Código Procesal Civil modificado por la Ley N° 30229 y su Reglamento D.S. N° 003-2015-JUS y directivas vigentes, corresponde precisar que la ejecución del remate judicial se efectuará a través del aplicativo REM@JU del Portal Web del Poder Judicial; TERCERO: De la revisión de los autos se ha podido verificar que la solicitud de remate cumple con los requisitos señalados en el artículo 12° de la Ley 30229 1
y artículo 13° del Reglamento de la citada Ley 2 ; CUARTO: Una vez vencida el plazo de oposición a que se refiere el artículo 14.2 del reglamento de la Ley N°30229 3, el secretario judicial de la causa publicará en el aplicativo REM@JU la convocatoria con la información relacionada con el proceso de remate electrónico judicial y demás actos pertinentes, tal como se dispone en el artículo 15 de la Ley 30229, el 1 Artículo 12° Ley Nro. 30229: Condiciones para remate por internet.- El remate electrónico judicial a través del REM@JU procede al cumplirse con los siguientes requisitos: a) Que se cumpla con el pago del arancel por concepto de remate. b) Que, en su circunscripción jurisdiccional, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial haya dispuesto el remate electrónico judicial por REM@JU en función a las facilidades y condiciones tecnológicas existentes. c) Que, verificadas las condiciones anteriores, el juez dicte la resolución que disponga el remate electrónico judicial identificando en aquella un resumen descriptivo del bien incluidas las cargas y los gravámenes, de ser el caso, y el monto de su valorización. 2 Artículo 13° del Reglamento de la Ley Nro. 30229: Procedencia del remate de bienes a través del REM@JU. 13.1. El remate de bienes muebles e inmuebles se realiza por medio del REM@JU, en mérito a la resolución a que se refiere el artículo 731° del Código Procesal Civil. Para estos efectos, debe verificarse las condiciones señaladas en el artículo 12° de la Ley. 13.2. El pedido de corrección para subsanar errores de forma a que se refiere el artículo 12 de la Ley se presenta dentro del plazo de tres 83) días hábiles siguientes de notificada la resolución que dispone el remate judicial por vía electrónica y se resuelve en un plazo similar. 3 cual generará automáticamente el aviso de convocatoria que contendrá el cronograma con la fecha programada para el acto de remate. El adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día, tal como lo dispone el artículo 16 del reglamento de la Ley N° 30229, bajo apercibimiento de declarársele la nulidad del remate; QUINTO: En ese sentido, y conforme al estado del proceso, y en aplicación de lo dispuesto por los Artículo 731° y 736° inciso uno del código acotado: SE RESUELVE: 1] APROBAR LAS .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

ES COMERCIALES de los inmuebles a rematar: y en consecuencia: 2] CONVOCAR A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL - REM@JU a efectos de proceder el remate en PRIMERA CONVOCATORIA los bienes inmuebles materia de ejecución forzada, conforme al siguiente detalle: 1. DESCRIPCION: A).-Inmueble ubicado en: Manzana A 22 Lote 05 I Etapa, Programa Juan Tomis Stack, Distrito de San José, Provincia y departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida Electrónica N° P10043052 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nro. II Sede Chiclayo. B). Inmueble ubicado en: Manzana A 22 Lote 06 I Etapa, Programa Juan Tomis Stack, Distrito de San José, Provincia y departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida Electrónica N° P10043053 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nro. II Sede Chiclayo. C). Inmueble ubicado en: Manzana A 22 Lote 07 I Etapa, Programa Juan Tomis Stack, Distrito de San José, Provincia y departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida Electrónica N° P10043054 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nro. II Sede Chiclayo. D). Inmueble ubicado en: Manzana A 22 Lote 08 I Etapa, Programa Juan Tomis Stack, Distrito de San José, Provincia y departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida Electrónica N° P10043055 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nro. II Sede Chiclayo. E). Inmueble ubicado en: Manzana A 22 Lote 09 I Etapa, Programa Juan Tomis Stack, Distrito de San José, Provincia y departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida Electrónica N° P10043056 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nro. II Sede Chiclayo. F). Inmueble ubicado en: Manzana A 22 Lote 10 I Etapa, Programa Juan Tomis Stack, Distrito de San José, Provincia y departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida Electrónica N° P10043057 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nro. II Sede Chiclayo. G). Inmueble ubicado en: Manzana A 22 Lote 11 I Etapa, Programa Juan Tomis Stack, Distrito de San José, Provincia y departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida Electrónica N° P10043058 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nro. II Sede Chiclayo. H). Inmueble ubicado en: Manzana A 22 Lote 12 I Etapa, Programa Juan Tomis Stack, Distrito de San José, Provincia y departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida Electrónica N° P10043059 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nro. II Sede Chiclayo.
2.

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

De la Partita : N° P10043052 2.1. En el asiento 00010 se encuentra inscrita una HIPOTECA constituida a favor de BANCO PICHINCHA, hasta por la suma de CATORCE MIL OCHOCIENTOS SETENT Y NUEVE CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS [US. $ 14, 879.00] De la Partida : N° P10043053 2.2. En el asiento 00010 se encuentra inscrita una HIPOTECA constituida a favor de BANCO PICHINCHA, hasta por la suma de CATORCE MIL OCHOCIENTOS SETENT Y NUEVE CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS [US. $ 14, 879.00] De la Partida : N° P10043054 2.3. En el asiento 00010 se encuentra inscrita una HIPOTECA constituida a favor de BANCO PICHINCHA, hasta por la suma de CATORCE MIL OCHOCIENTOS SETENT Y NUEVE CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS [US. $ 14, 879.00] De la Partida : N° P10043055 2.4. En el asiento 00010 se encuentra inscrita una HIPOTECA constituida a favor de BANCO PICHINCHA, hasta por la suma de CATORCE MIL OCHOCIENTOS SETENT Y NUEVE CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS [US. $ 14, 879.00] De la Partida : N° P10043056 2.5. En el asiento 00010 se encuentra inscrita una HIPOTECA constituida a favor de BANCO PICHINCHA, hasta por la suma de CATORCE MIL OCHOCIENTOS SETENT Y NUEVE CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS [US. $ 14, 879.00] De la Partida : N° P10043057 2.6. En el asiento 00010 se encuentra inscrita una HIPOTECA constituida a favor de BANCO PICHINCHA, hasta por la suma de CATORCE MIL OCHOCIENTOS SETENT Y NUEVE CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS [US. $ 14, 879.00] De la Partida : N° P10043058 2.7. En el asiento 00010 se encuentra inscrita una HIPOTECA constituida a favor de BANCO PICHINCHA, hasta por la suma de CATORCE MIL OCHOCIENTOS SETENT Y NUEVE CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS [US. $ 14, 879.00]
De la Partida : N° P10043059 2.8. En el asiento 00010 se encuentra inscrita una HIPOTECA constituida a favor de BANCO PICHINCHA, hasta por la suma de DIECISIETE MIL OCHENTA Y SIETE CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS [US. $ 17, 087.00]
3. VALOR DE LA .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

Tasación Comercial que obra en autos de folios 202 a 223 sobre los bienes estas ascienden a las sumas de: De la Partita : N° P10043052 US$ 6,145.00 (SEIS MIL CIENTO CURENTA Y CINCO CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS). De la Partita : N° P10043053 US$ 6,145.00 (SEIS MIL CIENTO CURENTA Y CINCO CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS). De la Partita : N° P10043053 US$ 6,145.00 (SEIS MIL CIENTO CURENTA Y CINCO CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS). De la Partita : N° P10043054 US$ 6,145.00 (SEIS MIL CIENTO CURENTA Y CINCO CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS). De la Partita : N° P10043055 US$ 6,145.00 (SEIS MIL CIENTO CURENTA Y CINCO CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS). De la Partita : N° P10043056 US$ 6,145.00 (SEIS MIL CIENTO CURENTA Y CINCO CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS). De la Partita : N° P10043057 US$ 6,145.00 (SEIS MIL CIENTO CURENTA Y CINCO CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS). De la Partita : N° P10043058 US$ 6,145.00 (SEIS MIL CIENTO CURENTA Y CINCO CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS). De la Partita : N° P10043059 US$ 6,145.00 (SEIS MIL CIENTO CURENTA Y CINCO CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS).
4. PRECIO .

¿Cuáles son las bases del remate judicial en LAMBAYEQUE?

La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendiendo a las sumas de: De la Partita : N° P10043052 US$. 4, 096.66 (CUATRO MIL NOVENTA Y SEIS CON 66/100 DÓLARES AMERICANOS) De la Partita : N° P10043053 US$. 4, 096.66 (CUATRO MIL NOVENTA Y SEIS CON 66/100 DÓLARES AMERICANOS) De la Partita : N° P10043054 US$. 4, 096.66 (CUATRO MIL NOVENTA Y SEIS CON 66/100 DÓLARES AMERICANOS) De la Partita : N° P10043055 US$. 4, 096.66 (CUATRO MIL NOVENTA Y SEIS CON 66/100 DÓLARES AMERICANOS) De la Partita : N° P10043056 US$. 4, 096.66 (CUATRO MIL NOVENTA Y SEIS CON 66/100 DÓLARES AMERICANOS) De la Partita : N° P10043057 US$. 4, 096.66 (CUATRO MIL NOVENTA Y SEIS CON 66/100 DÓLARES AMERICANOS) De la Partita : N° P10043058 US$. 4, 096.66 (CUATRO MIL NOVENTA Y SEIS CON 66/100 DÓLARES AMERICANOS) De la Partita : N° P10043059 US$. 4, 096.66 (CUATRO MIL NOVENTA Y SEIS CON 66/100 DÓLARES AMERICANOS)
5. OBLAJE: Los postores deberán cumplir con los siguiente: a) Depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante depósito electrónico judicial en la moneda en que se realizó la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17° del Reglamento de la Ley N° 302999; y b) Adjuntar el arancel judicial correspondiente.
6. PÚBLICACIÓN: Procédase a la PUBLICACIÓN de los avisos del remate EN EL PORTAL WEB del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU por el término de ley, conforme lo regula el artículo 15 del reglamento de la Ley 30229, luego haber quedado firme la presente resolución.-
7. FIJESE los carteles en la vitrina del local del Juzgado por parte del especialista legal y en el inmueble a rematar en forma oportuna, de manera personal de la ante la secretaria del juzgado, bajo responsabilidad
8. En el supuesto de no haber adjudicación en la primera convocatoria, y de conformidad con la regulación vigente, CONVÓQUESE AUTOMATICAMENTE AL SEGUNDO REMATE y seguidamente AL TERCER REMATE de ser necesario con los siguientes parámetros: 8.1. PARA LA SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será establecida para la primera convocatoria, reducida en un 15%; las mismas que ascienden a las sumas de:
De la Partita : N° P10043052 US$. 3, 482.16 (TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 16/100 DÓLARES AMERICANOS)
De la Partita : N° P10043053 US$. 3, 482.16 (TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 16/100 DÓLARES AMERICANOS) De la Partita : N° P10043054 US$. 3, 482.16 (TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 16/100 DÓLARES AMERICANOS) De la Partita : N° P10043055 US$. 3, 482.16 (TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 16/100 DÓLARES AMERICANOS) De la Partita : N° P10043056 US$. 3, 482.16 (TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 16/100 DÓLARES AMERICANOS) De la Partita : N° P10043057 US$. 3, 482.16 (TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 16/100 DÓLARES AMERICANOS) De la Partita : N° P10043058 US$. 3, 482.16 (TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 16/100 DÓLARES AMERICANOS) De la Partita : N° P10043059 US$. 3, 482.16 (TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 16/100 DÓLARES AMERICANOS)
PARA LA TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será la establecida para la segunda convocatoria, reducida en un 15%; las mismas que ascienden a las sumas de: De la Partita : N° P10043052 US$. 2, 959.83 (DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 83/100 DÓLARES AMERICANOS) De la Partita : N° P10043053 US$. 2, 959.83 (DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 83/100 DÓLARES AMERICANOS) De la Partita : N° P10043054 US$. 2, 959.83 (DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 83/100 DÓLARES AMERICANOS) De la Partita : N° P10043055 US$. 2, 959.83 (DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 83/100 DÓLARES AMERICANOS) De la Partita : N° P10043056 US$. 2, 959.83 (DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 83/100 DÓLARES AMERICANOS) De la Partita : N° P10043057 US$. 2, 959.83 (DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 83/100 DÓLARES AMERICANOS) De la Partita : N° P10043058 US$. 2, 959.83 (DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 83/100 DÓLARES AMERICANOS) De la Partita : N° P10043059 US$. 2, 959.83 (DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 83/100 DÓLARES AMERICANOS
De conformidad con el artículo 12 de la Ley N° 30229 la presente resolución es inimpugnable bajo la salvedad señalada en el tercer párrafo del indicado artículo; NOTIFIQUESE la presente resolución a las partes procesales.