Tasación: S/. 64,423.20. Precio Base: S/. 42,948.80. Incremento entre ofertas: S/. 128.85. Arancel: S/. 515.00. Oblaje: S/. 6,442.32.. Distrito Judicial: JUNIN. Departamento: JUNIN. Provincia: HUANCAYO. Distrito: EL TAMBO.
Partida Registral: Casa Tipo Inmueble: PASAJE SANTA ROSA S/N, ASENTAMIENTO HUMANO JUAN PARRA DEL RIEGO DEL DISTRITO DE EL TAMBO, PROVINCIA DE HUANCAYO DEPARTAMENTO DE JUN�?N DE UNA EXTENSIÓN SUPERFICIAL DE 60.00 M2. . Dirección: El Bien Inmueble Objeto de Remate al Ser un Inmueble Sin Inscripcion Registral, se Desconoce. Porcentaje a Rematar: 1
Remate judicial | Desde | Hasta |
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Publicación e Inscripcion | 20/06/2024 | 29/06/2024 |
Validación de Inscripción | 01/07/2024 | 03/07/2024 |
Presentación de Ofertas | 04/07/2024 | 05/07/2024 |
Pago Saldo | 08/07/2024 | 10/07/2024 |
Validación del Saldo | 11/07/2024 | 15/07/2024 |
¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?
Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 14565
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR
¿Cómo se realizará el remate del inmueble en JUNIN?
DEMANDANTE : FIN : FIN : FIN : FINANCIERA CONFIANZA S.A.A. ANCIERA CONFIANZA S.A.A. ANCIERA CONFIANZA S.A.A. ANCIERA CONFIANZA S.A.A. - - - - FINANCIERA CONFIANZA FINANCIERA CONFIANZA FINANCIERA CONFIANZA FINANCIERA CONFIANZA Resolución Nro Resolución Nro Resolución Nro Resolución Nro. . . . 15 15 15 15 Huancayo, quince de setiembre Del año dos mil veintitrés.-AUTOS Y VISTO AUTOS Y VISTO AUTOS Y VISTO AUTOS Y VISTO: : : : El escrito de fecha 11-09-23 presentado por la demandante Financiera Confianza S.A.A.; Financiera Confianza S.A.A.; Financiera Confianza S.A.A.; Financiera Confianza S.A.A.; y,
CONSIDERANDO CONSIDERANDO CONSIDERANDO CONSIDERANDO: : : : PRIMERO PRIMERO PRIMERO PRIMERO: : : : Que, toda persona tiene derecho a la tutela jurisdiccional efectiva para el ejercicio o defensa de sus derechos e intereses con sujeción a un debido proceso, conforme prescribe el artículo I del Título Preliminar del artículo I del Título Preliminar del artículo I del Título Preliminar del artículo I del Título Preliminar del Código Procesal Civil Código Procesal Civil Código Procesal Civil Código Procesal Civil. . . . SEGUNDO SEGUNDO SEGUNDO SEGUNDO: : : : Que, uno de los Principios que regula nuestro ordenamiento proceso y que se encuentra contemplado por el artículo IX artículo IX artículo IX artículo IX� � � � del Código del Código del Código del Código Adjetivo Civil Adjetivo Civil Adjetivo Civil Adjetivo Civil, es el de vinculación y de formalidad, según el cual las normas y formalidades son de carácter imperativo, salvo regulación permisiva en contrario. TERCERO TERCERO TERCERO TERCERO: : : : Que, de autos se advierte que la orden de remate estaba condicionada a que previamente cumpla la ejecutante con presentar el CRI actualizado de la propiedad materia de remate, conforme a lo ordenado así en la Resolución Catorce de fecha 24-08-23 obrante de fojas 134 a 136; fojas 134 a 136; fojas 134 a 136; fojas 134 a 136; sin embargo, como es de verse de la revisión de los autos, se advierte que el inmueble constituye en un predio �sin inscripción registral�, por lo que ese mandato se encuentra sesgado; en tal sentido, teniendo presente que pese al tiempo transcurrido la ejecutada no ha efectuado el pago de la suma reclamada, se deberá proseguir la causa conforme corresponde. CUARTO CUARTO CUARTO CUARTO: : : : Que, asimismo se aprecia de su escrito de fecha 14-07-23 obrante de fojas 127 y 128 fojas 127 y 128 fojas 127 y 128 fojas 127 y 128, el recurrente ya había cumplido con el pago del arancel judicial respectivo, asimismo, con los requisitos que establece el artículo 12 artículo 12 artículo 12 artículo 12� � � � de la Ley N� 30229 de la Ley N� 30229 de la Ley N� 30229 de la Ley N� 30229, y su reglamento Anexo Anexo Anexo Anexo - - - - Decreto Supremo N� 003 Decreto Supremo N� 003 Decreto Supremo N� 003 Decreto Supremo N� 003- - - -2015 2015 2015 2015- - - - JUS, JUS, JUS, JUS, por lo que, corresponde ordenar el remate judicial electrónico, cabe precisar que en la circunscripción jurisdiccional del Distrito Judicial de Junín, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha dispuesto el remate electrónico judicial por REM@JU en función de las facilidades y condiciones tecnológicas existentes, por tanto, debe procederse al remate electrónico judicial del bien a través del aplicativo de REM@JU del portal web del Poder Judicial y su ejecución forzada en concordancia con lo dispuesto en el artículo 731 artículo 731 artículo 731 artículo 731� � � � del Código Procesal Civil del Código Procesal Civil del Código Procesal Civil del Código Procesal Civil, por lo expuesto; SE RESUELVE SE RESUELVE SE RESUELVE SE RESUELVE: : : : 1. 1. 1. 1. CONVOCAR CONVOCAR CONVOCAR CONVOCAR A PRIMER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL A PRIMER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL A PRIMER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL A PRIMER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL del bien inmueble sub litis, constituido: 1.1. Tipo de Inmueble: 1.1. Tipo de Inmueble: 1.1. Tipo de Inmueble: 1.1. Tipo de Inmueble: Predio rústico (lote de terreno). 1.2.Ubicación: 1.2.Ubicación: 1.2.Ubicación: 1.2.Ubicación: Pasaje Santa Rosa S/N, Asentamiento Humano Juan Parra del Riego del distrito de El Tambo, provincia de Huancayo departamento de Junín de una Extensión superficial de 60.00 M2. 1.3.Ficha Registral: 1.3.Ficha Registral: 1.3.Ficha Registral: 1.3.Ficha Registral: Inmueble �sin inscripción registral�. 2. 2. 2. 2. CONV CONV CONV CONVO O O OQUESE QUESE QUESE QUESE AUTOMATICAMENTE AL SEGUNDO REMATE AUTOMATICAMENTE AL SEGUNDO REMATE AUTOMATICAMENTE AL SEGUNDO REMATE AUTOMATICAMENTE AL SEGUNDO REMATE y seguidamente AL TERCER REMATE AL TERCER REMATE AL TERCER REMATE AL TERCER REMATE de ser necesario, en caso de no haber adjudicación en la primera y segunda convocatoria. 3. 3. 3. 3. CARGAS Y GRAV CARGAS Y GRAV CARGAS Y GRAV CARGAS Y GRAVA A A AMENES MENES MENES MENES: : : : El bien inmueble objeto del remate al ser un inmueble sin inscripción registral, se desconoce. 4. 4. 4. 4. VALOR VALOR VALOR VALOR DE LA TASACI DE LA TASACI DE LA TASACI DE LA TASACIO O O ON N N N: : : : Según el Informe de Valuación adjuntado el bien a rematar llega a un valor de S/. 64 423.20 S/. 64 423.20 S/. 64 423.20 S/. 64 423.20 (SESENTA Y CUATRO (SESENTA Y CUATRO (SESENTA Y CUATRO (SESENTA Y CUATRO MIL SOLES CON 20/100 SOLES) MIL SOLES CON 20/100 SOLES) MIL SOLES CON 20/100 SOLES) MIL SOLES CON 20/100 SOLES). 5. 5. 5. 5.PRECIO .