lunes, 8 de julio de 2024

Venta de Inmueble Departamento BCP en San Martin de Porres Lima Precio Base $ 96750 🏡

Inmueble ubicado En Jiron Violeta Numero 181, DEPARTAMENTO Segundo Piso, Urbanizacion Palao segunda Etapa, distrito de San Martin de Porres Tasación: $ 145,125.00. Precio Base: $ 96,750.00 . Incremento entre ofertas: $ 290.25. Arancel: S/. 1,030.00. Oblaje: $ 14,512.50.. Distrito Judicial: LIMA NOR… remateCasas
Inmueble ubicado En Jiron Violeta Numero 181, DEPARTAMENTO Segundo Piso, Urbanizacion Palao segunda Etapa, distrito de San Martin de Porres
Tasación: $ 145,125.00. Precio Base: $ 96,750.00. Incremento entre ofertas: $ 290.25. Arancel: S/. 1,030.00. Oblaje: $ 14,512.50.. Distrito Judicial: LIMA NORTE. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: SAN MARTIN DE PORRES.
Partida Registral: 46252772 Tipo Inmueble: DEPARTAMENTO. Dirección: Jiron Violeta Numero 181, Departamento Segundo Piso, Urbanizacion Palao Segunda Etapa, Distrito de San Martin de Porres, Provincia y Departamento de Lima Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion06/07/2024 15/07/2024
Validación de Inscripción16/07/2024 18/07/2024
Presentación de Ofertas19/07/2024 20/07/2024
Pago Saldo22/07/2024 25/07/2024
Validación del Saldo30/07/2024 01/08/2024
Expediente: 10946-2021-0-1817-JR-CO-12. Distrito Judicial: LIMA. Órgano Jurisdisccional: 12°JUZGADO CIVIL-COMERCIAL. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: GRANER CASAS, MONICA. Especialista: YSHIKI CAVERO CARLA MINERVA. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 18. Fecha Resolución: 09/05/2024. Tipo Cambio: S/. 3.788 a la fecha 04/07/2024 según la SBS.

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 14777
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?

DEMANDANTE : BANCO DE CREDITO DEL PERU,
RESOLUCION NRO. DIECIOCHO Miraflores, 09 de mayo del 2024.
Dando cuenta el escrito de fecha 21 de febrero del 2024, presentado por el demandante. Al Principal: Estando a lo solicitado, y, no habiéndose observado en forma alguna el informe pericial de tasación del inmueble materia de ejecución, habiendo sido puesta en conocimiento de las partes procesales mediante resolución número dieciséis, de fecha 30 de enero del 2024 conforme se aprecia de los cargos de notificación obrantes en autos, sin que la misma haya sido materia de observación: Téngase por APROBADO el Informe Pericial presentado; y estando a la solicitud de convocatoria a remante: PROCEDER AL REMATE JUDICIAL ELECTRONICO REMAJU según la convocatoria que corresponda (PRIMERA, SEGUNDA O TERCERA CONVOCATORIA) del inmueble hipotecado: 1) Descripción.
Inmueble ubicado en el Departamento del Segundo Piso Jirón Violeta Nro. 181, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica 46252772 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima. 2) Cargas y Gravámenes.- HIPOTECA: Registrada en el asiento D00002 constituida a favor de Banco de Crédito del Perú, hasta por la suma de S/496,327.47 Soles.
ANOTACION DE DEMANDA DE EJECUCION DE GARANTIAS Registrada en el asiento D00003 (Expediente 10946-2021-42-1817-JR-CO del 12 Juzgado Civil Subespecialidad Comercial de Lima)
3) Tasación Comercial.- Asciende a la suma de US$ 145,125.00 (CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTICINCO CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS); debiéndose tener como:
� BASE DE LA POSTURA para la primera convocatoria: las dos terceras partes de su tasación, la misma que asciende a la suma de US$ 96,750.00 (NOVENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTACON 00/100 DÓLARES AMERICANOS). � BASE DE LA POSTURA para la segunda convocatoria: Con reducción del 15% de las dos terceras partes de su tasación, la 80881.71misma que asciende a la suma de US$ 82,237.50 (OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 50/100 DÓLARES AMERICANOS. � BASE DE LA POSTURA para la tercera convocatoria: con reducción de un 15% adicional al precio base de la segunda convocatoria, las dos terceras partes de su tasación, la misma que asciende a la suma US$ 69,901.88 (SESENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS UNO CON 88/100 DÓLARES AMERICANOS.) El postor en cada convocatoria deberá cumplir lo siguiente: a) Registrar el oblaje del 10% de la tasación mencionada en depósito electrónico judicial en la moneda de tasación conforme al artículo 17� del ref erido reglamento; y, b) Registrar el arancel judicial correspondiente.
4) Publicación.- Procédase a la PUBLICACION EN EL PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL del aviso de convocatoria respectivo conforme al artículo 15 de la referida Ley N� 30229, publicación que tendrá validez para todas las convocatorias que se realicen. FÍJESE los carteles en el local del juzgado y en el inmueble a rematarse por el Especialista Legal correspondiente o por intermedio del encargado de REMAJU en la Corte Superior donde se encuentre ubicado el inmueble, según el caso.
En el caso que el acta de pegado de cartel deba realizarse dentro de la competencia de la Corte Superior de Justicia de Lima y dado el tiempo que debe mediar entre una vez publicada la convocatoria y la fecha de término de la inscripción, conforme se regula en el último párrafo del artículo 147� del Código Procesal Civil resulta necesario que el ejecutante brinde el apoyo logístico necesario coordinadamente con la Especialista Legal de actos externos para la efectivización del pegado de cartel.
De conformidad con el artículo 12 de la Ley No. 30229 la presente resolución es inimpugnable bajo la salvedad señalada en el tercer párrafo del indicado artículo.