viernes, 14 de febrero de 2025

Remate de Terrenos por Embargo en Apurimac Huancarama Precio Base $ 27616 🏡

Inmueble ubicado en el Centro Poblado Huancarama Manzana H2, Lote 1 del distrito de Huancarama, Provincia de Andahuaylas, Departamento de Apur�?mac Tasación: $ 48,735.00. Precio Base: $ 27,616.50 . Incremento entre ofertas: $ 82.85. Arancel: S/. 535.00. Oblaje: $ 4,873.50.. Distrito Judicial: APURI… remateCasas
Inmueble ubicado en el Centro Poblado Huancarama Manzana H2, Lote 1 del distrito de Huancarama, Provincia de Andahuaylas, Departamento de Apur�?mac
Tasación: $ 48,735.00. Precio Base: $ 27,616.50. Incremento entre ofertas: $ 82.85. Arancel: S/. 535.00. Oblaje: $ 4,873.50.. Distrito Judicial: APURIMAC. Departamento: APURIMAC. Provincia: ANDAHUAYLAS. Distrito: HUANCARAMA.
Partida Registral: P26011127 Tipo Inmueble: TERRENOS. Dirección: Inmueble Ubicado En el Centro Poblado Huancarama Manzana H2, Lote 1 del Distrito de Huancarama, Provincia de Andahuaylas, Departamento de Apur�?mac, de un �?rea de 1, 989.20 M2, Cuyos Linderos y Medidas Perim�tricas se Encuentra Inscrita En la Partida P26011127 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Andahuaylas €� Apur�?mac, Zona Registral Nro. X Sede Cusco. Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion07/02/2025 16/02/2025
Validación de Inscripción17/02/2025 19/02/2025
Presentación de Ofertas20/02/2025 21/02/2025
Pago Saldo24/02/2025 26/02/2025
Validación del Saldo27/02/2025 03/03/2025
Expediente: 00142-2024-0-0302-JR-CI-01. Distrito Judicial: APURIMAC. Órgano Jurisdisccional: 2° JUZGADO CIVIL - MBJ. ANDAHUAYLAS. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: CRUZ QUINTANILLA ABEL CONSTANTINO. Especialista: HUAMANI JARA IRIS. Materia: OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO. Resolución: 07. Fecha Resolución: 15/01/2025. Tipo Cambio: S/. 3.728 a la fecha 20/01/2025 según la SBS.

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 16874
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en APURIMAC?

DEMANDANTE : CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A. - CAJA AREQUIPA
AUTO CONVOCA A REMATE ELECTRONICO
Resolución Nro. 7
Andahuaylas, 15 de enero de 2025.
VISTO: El escrito número 271-2025, presentado por la CAJA Municipal de Ahorro y Crédito Arequipa S.A por el que solicita convocatoria para remate judicial electrónico, y; CONSIDERANDO:
1. Teniendo en cuenta la solicitud de convocatoria a remate efectuada por el ejecutante, y siendo el estado del proceso el de encontrarse en la etapa técnica de ejecución forzada, de conformidad con lo disciplinado en el artículo 731� del Código Procesal Civil modificado por la Ley 30229; y verificándose que la presente solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo 12 de la Ley 30229 y artículo 13 del Reglamento de la citada Ley, debe procederse a efectuar el remate electrónico a través del aplicativo de REM@JU del portal web del Poder Judicial.
2. Es menester señalar que en caso de ausencia de ofertas ello debido a que no se haya inscrito usuarios posteriores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en Primera Convocatoria Electrónico se declarará desierto.
3. Declarado Desierto la Primera Convocatoria, conforme lo establecido el artículo 13 de la Ley N� 30229- el REM@JU generará automáticamente el aviso de convocatoria donde se indicará el cronograma correspondiente a la segunda convocatoria con la reducción del 15% sobre la base del bien o bienes materia de remate electrónico judicial, en los que se indicará los plazos para inscripción presentación de ofertas y fecha límite de cancelación.
4. En caso de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, el REM@AJU genera automáticamente el aviso de la tercera convocatoria reduciendo en un 15% el precio base de la convocatoria anterior, donde se indicará el cronograma correspondiente bajo los mismos lineamientos señalados en el considerando precedente.
5. Por último, en caso de no haber postores en la tercera convocatoria, se culmina el procedimiento de remate electrónico judicial, procediéndose conforme a las normas del Código Procesal Civil o la norma que la sustituya.
Consideraciones por las que, SE RESUELVE:
1) CONVÓQUESE A REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL- REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente:
1.1 DESCRIPCIÓN: inmueble ubicado en el Centro Poblado Huancarama Manzana H2, Lote 1 del distrito de Huancarama, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac, de un área de 1, 989.20 m2, cuyos linderos y medidas perimétricas se encuentra inscrita en la partida P26011127 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Andahuaylas � Apurímac, Zona Registral Nro. X Sede Cusco.
2) CONVÓQUESE AUTOMÁTICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base.
3) CARGAS Y .

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?


� TRASLACIÓN DE DOMINI0: En el ASIENTO 00004 de la Partida N� P26011127 de la Zona Registral N� X-Cusco Oficina Registral de Andahuaylas, se tiene que Jorge Virgilio Ocampo Cabrera ha pasado hacer propietario del predio materia de la partida a mérito de sucesión intestada del causante Jorge Ocampo Pacheco, por haber sido declarado heredero mediante Acta de Declaración de Herederos N� 22, de fecha 10.06.2020 expedida por ante Notario Público de Andahuaylas Juan Pablo Cárdenas Miranda, procediéndose al traslado de dominio por sucesión intestada.
� HIPOTECA: En el ASIENTO 00005 de la Partida N� P26011127 de la Zona Registral N� X-Cusco Oficina Registral de Andahuaylas, se ha inscrito una hipoteca constituida por JORGE VIRGILIO OCAMPO CABRERA hasta por la suma de $ 48, 735.00 dólares americanos a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO AREQUIPA S.A, a fin de garantizar el pago del préstamo otorgado a su favor por la suma de S/ 102, 044.63 (Ciento dos mil cuarenta y cuatro mil con 63/100 soles).
4) VALOR DE TASACIÓN: Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 48 735.00 (CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS).
5) PRECIO .

¿Cuáles son las bases del remate judicial en APURIMAC?


PRIMERA CONVOCATORIA: Será rematado sobre la base EN PRIMERA CONVOCATORIA: US$ 32 490.00 (TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS), igual a dos terceras partes del valor de tasación.
6) OBLAJE: Los postores deberán cumplir con lo siguiente: a) depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante depósito electrónico judicial en la moneda en que se realizó la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17� del Reglamento de la Ley 30228; y b) Adjudicar el arancel judicial correspondiente.
7) PUBLICACIÓN: Procédase a la PUBLICACIÓN de los avisos del remate en el PORTAR WEB del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU por el término de ley conforme así lo regula el artículo 15 de la Ley 30229 y su reglamento una vez de haber quedado firme la presente resolución al haber vencido el plazo de oposición; publicándose que tendrá validez para segunda y tercera convocatoria teniendo en cuenta el precio base señalado de las mismas en la presente resolución.
8) FÍJESE por única vez los Carteles en la vitrina del local del Juzgado y en el inmueble a rematar por parte del Especialista legal en forma oportuna y bajo responsabilidad y conforme establece el mandato legal, adicional a ello deberá dejar constancia de la publicación conforme a Ley.- AL OTRO SI DIGO: Téngase por autorizada a los señores señalados en el escrito que antecede para los fines respectivos. H.S.-