jueves, 16 de octubre de 2025

Remate Judicial BCP de Casa en Ica Precio Base S/ 116028 🏡

Inmueble ubicado en Habilitaci�n Urbana Chacarilla Mz. C Lote 29 Sector San Ignacio de Chacarilla, Distrito, Provincia y Departamento de Ica Tasación: S/. 174,042.75. Precio Base: S/. 116,028.50 . Incremento entre ofertas: S/. 348.09. Arancel: S/. 535.00. Oblaje: S/. 17,404.28.. Distrito Judicial: … remateCasas
Inmueble ubicado en Habilitaci�n Urbana Chacarilla Mz. C Lote 29 Sector San Ignacio de Chacarilla, Distrito, Provincia y Departamento de Ica
Tasación: S/. 174,042.75. Precio Base: S/. 116,028.50. Incremento entre ofertas: S/. 348.09. Arancel: S/. 535.00. Oblaje: S/. 17,404.28.. Distrito Judicial: ICA. Departamento: ICA. Provincia: ICA. Distrito: ICA.
Partida Registral: 11137884 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Habilitaci�n Urbana Chacarilla Mz. C Lote 29 Sector San Ignacio de Chacarilla, Distrito, Provincia y Departamento de Ica Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion16/10/2025 25/10/2025
Validación de Inscripción27/10/2025 29/10/2025
Presentación de Ofertas30/10/2025 31/10/2025
Pago Saldo03/11/2025 05/11/2025
Validación del Saldo06/11/2025 10/11/2025
Expediente: 00256-2024-0-1401-JR-CI-02. Distrito Judicial: ICA. Órgano Jurisdisccional: 2do JUZGADO CIVIL - Sede Central. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: GALDOS GAMERO BENJAMIN. Especialista: MORENO MUÑOZ CLAUDIA ELIZABETH. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 18. Fecha Resolución: 14/05/2025

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 20072
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¿Cómo se realizará el remate del inmueble en ICA?

DEMANDANTE : BANCO INTERNACIONAL DEL PERU
RAZÓN
Señor Magistrado, en cumplimiento de mis funciones doy cuenta a su Despacho que: - Mediante Resolución N� 07 de fecha 10.04.2024 se emite el Auto Final mediante el cual se resuelve declarar FUNDADA la demanda, y se ordena el REMATE del bien dado en garantía ubicado en Habilitación Urbana Chacarilla Mz. C Lote 29 Sector San Isidro de Chacarilla, distrito, provincia y departamento de Ica, inscrito en la Partida Registral N� 11137884. - Mediante Auto de Vista emitida en la Resolución N� 11 de fecha 18.10.2024 se confirma el Auto Final, asimismo, se declara ejecutoriado mediante Resolución N� 14 de fecha 26.12.2024.
Ica, 14 de mayo de 2025.
Resolución Nro.18 Ica, catorce de mayo del Año dos mil veinticinco.-
AUTOS Y VISTOS: DADO CUENTA Al escrito con ingreso N�10742-2025 presentado por la demandante BANCO INTERNACIONAL DEL PERU; Al Principal: Estando a la tasa judicial por derecho a remate que adjunta; téngase presente y por cumplido con todos los requisitos solicitados en Litis, en consecuencia, estando a la solicitud de remate mediante el aplicativo REM@JU que se peticiona mediante el presente escrito. I. CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que mediante resolución número 07 de fecha 10 de junio del 2024, obrante a folios 135/139 del expediente, se ha emitido auto final en este proceso, confirmada mediante Auto de Vista signado con la Resolución N� 11 de fecha 18.10.24; habiendo sido declarado ejecutoriado mediante resolución de vista signado con el número 14 de fecha 26 de diciembre del 2024, obrante a folios 192 del expediente. SEGUNDO.- Por otro lado, el Juzgado aprecia que concurren los siguientes presupuestos para la convocatoria a remate judicial: SEDE CENTRAL - CALLE AYACUCHO N� 500 - ICA, Juez:GALDOS GAMERO Benjamin FAU 20534750430 soft Fecha: 19/05/2025 09:34:28,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: ICA / ICA,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA ICA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE SEDE CENTRAL - CALLE AYACUCHO N� 500 - ICA, Secretario:MORENO MUÑOZ CLAUDIA ELIZABETH /Servicio Digital - Poder Judicial del Perú Fecha: 19/05/2025 18:58:20,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: ICA / ICA,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA ICA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE ICA MODULO CIVIL CORPORATIVO DE LITIGACION ORAL DE ICA
AREA DE EJECUCION 2.1. El ejecutante ha acompañado mediante el escrito N�5489-2025, copias actualizadas y completas de la partida registral correspondiente al predio materia de ejecución. 2.2. El ejecutante ha acompañado mediante el presente escrito la tasa por derecho a remate judicial de acuerdo a cuadro de aranceles judiciales del año 2025. 2.3. La ultima tasación del bien materia de remate, se ha efectuado en fecha 15 de enero del 2024, tal como se verifica a folios 50/57 del expediente, por lo que esta tasación no tiene una antig�edad mayor a dos años, y en consecuencia el valor comercial del predio objeto de remate es un valor actualizado. TERCERO.- De lo antes expuesto, este Juzgado considera pertinente llevar adelante el remate judicial electrónico - REM@JU, el mismo que se encuentra habilitado en el Distrito Judicial de Ica de conformidad con la R.A. N� 000139-2021-CSJIC-PJ; CUARTO.- De conformidad a la norma contenida en el artículo 731� del Código Procesal Civil, corresponde disponer la realización del remate judicial a través del aplicativo REM@JU del Portal Web del Poder Judicial; debiendo además considerarse que una vez vencido el plazo de oposición a que se refiere el artículo 14.2 del Reglamento de la Ley 30229, el Especialista legal de la causa deberá publicar en el aplicativo REM@JU la convocatoria con la información relacionada con el proceso de remate electrónico judicial y demás actos pertinentes, tal como lo dispone el artículo 15� de la Ley 30229. POR LO EXPUESTO, SE RESUELVE: PRIMERO.- CONVOCAR A REMATE JUDICIAL ELECTRÓNICO - REM@JU a efectos de proceder al remate EN PRIMERA CONVOCATORIA sobre el bien inmueble materia de ejecución forzada conforme al siguiente detalle: A. DESCRIPCIÓN DEL BIEN.- inmueble ubicado en HABILITACIÓN URBANA CHACARILLA MZ. C LOTE 29 SECTOR SAN IGNACIO DE CHACARILLA, DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE ICA, inscrito en la Partida Nro. 11137884 de los registros públicos de Ica. B. CARGAS Y GRAVÁMENES.- 1. HIPOTECA, Inscrita en el asiento D00003, a favor del BANCO INTERNACIONAL DEL PERU SAA, hasta por la suma de $ 33,614.00 dólares americanos. C. VALOR DE LA TASACIÓN.- Tasación comercial efectuada por peritos valorizadores que obran en autos, establece un valor comercial en soles ascendente a la suma de S/. 174,042.75 (CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL CUARENTA Y DOS CON 75/100 SOLES). CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE ICA MODULO CIVIL CORPORATIVO DE LITIGACION ORAL DE ICA
AREA DE EJECUCION D. PRECIO .

¿Cuáles son las bases del remate judicial en ICA?

- Siendo la base de la postura el monto equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación, se tiene que el precio base del remate asciende a la suma de S/ 116, 028.50 (CIENTO DIECISEIS MIL VEINTIOCHO CON 50/100 SOLES). E. OBLAJE.- Los postores deberán cumplir con los siguientes requerimientos: a. Depositar el 10% (diez por ciento) del valor de la tasación indicada líneas arriba, mediante depósito electrónico judicial en la moneda en que se ha realizado la tasación del bien. b. Adjuntar el arancel judicial correspondiente. SEGUNDO.- Procédase a la PUBLICACIÓN de los avisos de remate en el PORTAL WEB del Poder Judicial a través del aplicativo informático REM@JU por el término de ley, una vez consentida o ejecutoriada la presente resolución. TERCERO.- FÍJESE los carteles en la vitrina del local del Juzgado por parte del especialista legal y en el inmueble a rematar, debiendo la parte actora prestar las facilidades del caso a fin de que se realicen los pegados del cartel en el local del inmueble, bajo su entera responsabilidad, una vez consentida o ejecutoriada la presente resolución. CUARTO.- DISPONER que en el supuesto de no haber adjudicación en la primera convocatoria, SE REALICE AUTOMÁTICAMENTE LA SEGUNDA CONVOCATORIA A REMATE y seguidamente de ser necesario LA TERCERA CONVOCATORIA A REMATE, respetándose los siguientes parámetros respecto al PRECIO BASE: A. PARA LA SEGUNDA CONVOCATORIA.- La base de la postura será establecida para la primera convocatoria, reducida en un 15% de la misma, haciendo un monto equivalente a S/ 98, 624.23 (NOVENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO CON 23/100 SOLES). B. PARA LA TERCERA CONVOCATORIA.- La base de la postura será establecida para la primera convocatoria, reducida en un 15% de la anterior, haciendo un monto equivalente a S/ 83,830.59 (OCHENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA CON 59/100 SOLES). QUINTO.- HÁGASE SABER que la presente resolución es inimpugnable de conformidad a la norma contenida en el artículo 12� de la Ley 30229, salvo lo dispuesto en el tercer párrafo del referido artículo. Al Otro Si: Téngase por apersonado al abogado que suscribe el presente escrito en representación de la parte ejecutante. NOTIFÍQUESE.- CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE ICA MODULO CIVIL CORPORATIVO DE LITIGACION ORAL DE ICA
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2do JUZGADO CIVIL - Sede Central EXPEDIENTE : 00256-2024-0-1401-JR-CI-02 MATERIA : EJECUCION DE GARANTIAS JUEZ : GALDOS GAMERO BENJAMIN ESPECIALISTA : MORENO MUÑOZ CLAUDIA ELIZABETH DEMANDANTE : BANCO INTERNACIONAL DEL PERU
Resolución N� 19 Ica, seis de junio del Año dos mil veinticinco.- AUTOS Y VISTOS: Al escrito presentado por la parte ejecutante BANCO DE CREDITO DEL PERU, con número de registro N� 13601-2025; I CONSIDERANDO: Estando a lo que solicita y revisada la presente Litis; PRIMERO.- Mediante resolución N� 18 de fecha 14.05.2025, se dispuso convocar a remate electrónico mediante el aplicativo REM@JU del inmueble ubicado en: - HABILITACION URBANA CHACARILLA MZ. C LOTE 29 SECTOR SAN IGNACIO DE CHACARILLA DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE ICA, e inscrito en la Partida No. 11137884 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral No. XI Sede Ica. SEGUNDO.- Que, la resolución citada en el primer considerando fue notificada a las partes procesales, tanto en sus casilla electrónicas como domicilio habituales, conforme a los cargos de notificación obrante en autos a fojas (228-vuelta y 229), asimismo, se notificó a los terceros ocupantes del bien inmueble materia de remate conforme a los cargos de notificación obrante en autos a fojas (229/vuelta), y siendo que el plazo de impugnación se encuentra vencido, sin que esto se haya producido por ninguna de las partes, a pesar de encontrarse válidamente notificados; Por tales consideraciones: SE RESUELVE: 1.- DECLARAR CONSENTIDA la resolución N� 18 de fecha 14.05.2025, y en consecuencia 2.- PUBLIQUESE el aviso de remate en el portal WEB del poder judicial a través del aplicativo informativo REMAJU por parte del secretario judicial; PREVIAMENTE, para ello cumpla la entidad ejecutante con presentar fotografías actualizadas sobre el bien inmueble materia a rematar a color y de forma física ante el local del juzgado; Y, hecho: PUBLIQUESE. 3.- NOTIFÍQUESE.-
SEDE CENTRAL - CALLE AYACUCHO N� 500 - ICA, Juez:GALDOS GAMERO Benjamin FAU 20534750430 soft Fecha: 11/06/2025 14:25:48,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: ICA / ICA,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA ICA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE SEDE CENTRAL - CALLE AYACUCHO N� 500 - ICA, Secretario:MORENO MUÑOZ CLAUDIA ELIZABETH /Servicio Digital - Poder Judicial del Perú Fecha: 11/06/2025 19:50:24,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: ICA / ICA,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA ICA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE ICA MODULO CIVIL CORPORATIVO DE LITIGACION ORAL DE ICA
AREA DE EJECUCION 2do JUZGADO CIVIL - Sede Central EXPEDIENTE : 00256-2024-0-1401-JR-CI-02 MATERIA : EJECUCION DE GARANTIAS JUEZ : GALDOS GAMERO BENJAMIN ESPECIALISTA : MORENO MUÑOZ CLAUDIA ELIZABETH QUISPE ARANDA, WILLIAN JESUS DEMANDANTE : BANCO INTERNACIONAL DEL PERU
RESOLUCIÓN N�20 Ica, veintiuno de julio del Año dos mil veinticinco.-
Al escrito con cargo de ingreso N� 15761-2025, presentado por la parte ejecutante BANCO INTERNACIONAL DEL PERU; Téngase presente y habiendo cumplido con lo ordenado mediante resolución que antecede con adjuntar la fotografías actualizadas del bien inmueble materia del remate, en consecuencia, siguiendo con el debido proceso, PUBLIQUESE el remate en el portal WEB del poder judicial a través del aplicativo informativo REM@JU, 1. Autorícese al secretario judicial a efectos de que realice el pegado del edicto del REM@JU en la tablilla del juzgado, debiéndose dejar constancia de ello en autos, 2. A efectos de hacer el pegado del edicto del REM@JU en el bien inmueble materia de Litis, dicha diligencia está a cargo de la Central de Notificaciones de esta sede judicial. Para ello se deberá hacer las coordinaciones con el Administrador del MCCDLO, al N� 961 492 409. 3. CUMPLA el demandante en caso de llegar algún acuerdo con los demandados respecto al pago comunicar inmediatamente a este despacho judicial, adjuntando los documentos respectivos, a efecto de evitar nulidades posteriores, bajo apercibimiento de imponérsele multa de CINCO UNIDADES DE REFERENCIA PROCESAL en caso de incumplimiento. Al Otro si: Agréguese a los autos las cedulas de notificación y fotografías que se adjunta. Notifíquese. POR RECIBIDO el Oficio N�825-2025-CSJIC-SCIP con el número de ingreso N�15851-2025, remitido por la Sala Civil Permanente de Ica, en el cual remite copias certificadas de la resolución de fecha 27 de enero 2025 con la queja de casación N�4732-2024, que declaró INFUNDADO el recurso de queja por los fundamentos expuestos y lo demás que contiene, en consecuencia; CÚMPLASE LO EJECUTORIADO con conocimiento de las partes. Notifíquese.
SEDE CENTRAL - CALLE AYACUCHO N� 500 - ICA, Juez:GALDOS GAMERO Benjamin FAU 20534750430 soft Fecha: 05/08/2025 09:05:26,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: ICA / ICA,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA ICA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE SEDE CENTRAL - CALLE AYACUCHO N� 500 - ICA, Secretario:MORENO MUÑOZ Claudia Elizabeth FAU 20534750430 soft Fecha: 05/08/2025 17:08:28,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: ICA / ICA,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA ICA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE