viernes, 10 de abril de 2026

Rem@ju Casa en Venta en Arequipa Sachaca Precio Base S/ 146323 🏡

Inmueble ubicado en Asentamiento Humano Asociaci�n Jos� Mar�?a Arguedas, Manzana J, Lote 10, Zona A, distrito de Sachaca, Provincia y Departamento Tasación: S/. 219,485.18. Precio Base: S/. 146,323.45 . Incremento entre ofertas: S/. 438.97. Arancel: S/. 550.00. Oblaje: S/. 21,948.52.. Distrito Ju… remateCasas
Inmueble ubicado en Asentamiento Humano Asociaci�n Jos� Mar�?a Arguedas, Manzana J, Lote 10, Zona A, distrito de Sachaca, Provincia y Departamento
Tasación: S/. 219,485.18. Precio Base: S/. 146,323.45. Incremento entre ofertas: S/. 438.97. Arancel: S/. 550.00. Oblaje: S/. 21,948.52.. Distrito Judicial: AREQUIPA. Departamento: AREQUIPA. Provincia: AREQUIPA. Distrito: SACHACA.
Partida Registral: P06060668 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Asentamiento Humano Asociaci�n Jos� Mar�?a Arguedas, Manzana J, Lote 10, Zona A, Distrito de Sachaca, Provincia y Departamento de Arequipa Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicial Desde Hasta
Publicación e Inscripcion 10/04/2026 19/04/2026
Validación de Inscripción 20/04/2026 22/04/2026
Presentación de Ofertas 23/04/2026 24/04/2026
Pago Saldo 27/04/2026 29/04/2026
Validación del Saldo 30/04/2026 05/05/2026
Expediente: 00252-2024-0-0411-JM-CI-01. Distrito Judicial: AREQUIPA. Órgano Jurisdisccional: JUZGADO CIVIL DE JACOBO HUNTER. Instancia: JUZGADO MIXTO. Juez: SILVIA ELIZABETH SANDOVAL CORIMAYTA. Especialista: MAQUERA CHECA LUZ MAGUELLY. Materia: OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO. Resolución: 11. Fecha Resolución: 24/03/2026

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 22746
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en AREQUIPA?

DEMANDANTE : CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A. - CAJA AREQUIPA
Resolución Nro.11
Arequipa, veinticuatro de marzo de dos mil veintiséis.-
Al escrito 83-2026 presentado por la parte demandante: AL PRINCIPAL: VISTOS: La solicitud que antecede y los actuados del proceso, y CONSIDERANDO: Primero.- Que, las normas procesales son de carácter imperativo, conforme lo establece el artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal Civil; por lo que son de cumplimiento obligatorio. Segundo.- Que, el artículo 731 del Código Procesal Civil, señala que aprobada la tasación o siendo innecesaria esta, el Juez convocará a remate. El remate o la subasta de bienes muebles e inmuebles se efectúan por medio del Remate Judicial Electrónico (REM@JU) si no existe oposición de ninguna de las partes o de terceros legitimados de ser el caso, conforme con la ley especial sobre la materia. Tercero.- Que, mediante resolución número ocho de fecha diecinueve de noviembre del dos mil veinticinco a foja ciento cuarenta y cuatro, se dispuso aprobar el informe pericial de valorización del inmueble materia de ejecución, inmueble ubicado en Asentamiento Humano Asociación José María Arguedas, manzana J, lote 10, zona A, Distrito de Sachaca, provincia y departamento de Arequipa, inscrito en la Partida Registral número P06060668 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral número XII � Sede Arequipa, en la suma de DOSCIENTOS DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 18/100 SOLES (S/ 219,485.18), el mismo que obra a fojas ciento seis a ciento doce y fue elaborado por los peritos judiciales Darwin Zinanyuca Merma y Milán Huaracha Mamani. Cuarto.- Estando a lo solicitado por la parte ejecutante y habiendo cumplido la misma con adjuntar el arancel judicial por solicitud de remate judicial, así como la partida registral actualizada correspondiente al bien materia de ejecución, corresponde proceder conforme a lo dispuesto en el artículo 731 del Código Procesal Civil modificado por la Ley N� 30229; por tal motivo SE RESUELVE: 1) CONVOCAR A REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble materia de ejecución. 2) DESCRIPCIÓN: Inmueble ubicado en Asentamiento Humano Asociación José María Arguedas, manzana J, lote 10, zona A, Distrito de Sachaca, Provincia y Departamento de Arequipa, inscrito en la Partida Registral número P06060668 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral número XII � Sede Arequipa. 3) CONVÓQUESE AUTOMÁTICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL, de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria haya sido declarada desierta a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores a la base. 4) CARGA Y GRAVÁMAMENES: � ASIENTO C00005: INSCRIPCIÓN DE DEMANDA en el Expediente Judicial 1076-2012-0-0411-JR-FC-01 sobre reconocimiento de unión de hecho. � ASIENTO C00007: INSCRIPCIÓN DE EMBARGO A FAVOR DE COMPARTAMOS FINACIERA S.A., hasta por la suma de s/ 67,000.00 soles. � ASIENTO C00008: INSCRIPCIÓN DE EMBARGO A FAVOR DE CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA, hasta por la suma de s/ 90,000.00 soles. 5) VALOR DE TASACIÓN: Tasación que obra en autos asciende a la suma de S/ 219,485.18 (doscientos diecinueve mil cuatrocientos ochenta y cinco con 18/100 soles). 6) PRECIO .

¿Cuáles son las bases del remate judicial en AREQUIPA?

� PRIMERA CONVOCTORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación asciende a la suma de S/ 146,323.45 (ciento cuarenta y seis mil trescientos veintitrés con 45/100 soles). � SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15% esto es, la suma de S/ 124,274.93 (ciento veinticuatro mil doscientos setenta y cuatro con 93/100 soles). � TERCERA CONVOCTORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de S/ 105,718.69 (ciento cinco mil setecientos dieciocho con 69/100 soles). 7) OBLAJE: Los postores deberán cumplir con lo siguiente: a) Depositar el 10% del valor de la tasación antes indicada mediante depósito electrónico judicial en la moneda en que se realizó la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento de la Ley 30229; y b) Adjuntar el arancel judicial correspondiente. 8) PUBLICACIÓN: Procédase a la PUBLICACIÓN de los avisos de remate EN EL PORTAL WEB del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU por el término de ley conforme así lo regula el artículo 15 de la Ley 30229 y su reglamento, una vez haber quedado firme la presente resolución al haber vencido el plazo de oposición; publicación que tendrá validez para la segunda y tercera convocatoria teniendo en cuenta el precio base señalado de las mismas en la presente resolución. 9) FIJESE los carteles en la vitrina del local del Juzgado y en el inmueble a rematar en forma oportuna y conforme a Ley, previa gestión de la parte interesada. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AL PRIMER OTROSÍ: A sus antecedentes la partida registral correspondiente al bien materia de ejecución. AL SEGUNDO OTROSÍ: Téngase presente.-