martes, 3 de octubre de 2023

Venta de Casa en Tumbes Corrales Precio Base $ 12930 🏡

Tasación: .. Distrito Judicial: TUMBES. Departamento: TUMBES . Provincia: TUMBES. Distrito: CORRALES. Partida Registral: Pe15142032 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Centro Poblado Malval Mz. 27 Lote 02, Sector Recreo, Distrito de Corrales, Provincia y Departamento de Tumbes Porcentaje a Rematar: 10… remateCasas

Tasación: .. Distrito Judicial: TUMBES. Departamento: TUMBES. Provincia: TUMBES. Distrito: CORRALES.
Partida Registral: Pe15142032 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Centro Poblado Malval Mz. 27 Lote 02, Sector Recreo, Distrito de Corrales, Provincia y Departamento de Tumbes Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion03/10/2023 12/10/2023
Validación de Inscripción13/10/2023 17/10/2023
Presentación de Ofertas18/10/2023 19/10/2023
Pago Saldo20/10/2023 24/10/2023
Validación del Saldo25/10/2023 27/10/2023
Expediente: 00360-2021-0-2601-JR-CI-01. Distrito Judicial: TUMBES. Órgano Jurisdisccional: JUZGADO CIVIL. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: CUEVA RAMIREZ RODRIGO MARCIAL. Especialista: HERRERA GARCIA FRANCIS ROXANA. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: CUATRO. Fecha Resolución: 26/09/2023. Tipo Cambio: S/. 3.79 a la fecha 29/09/2023 según la SBS.. Tasación: $ 19,395.52. Precio Base: $ 12,930.35. Incremento entre ofertas: $ 38.79. Arancel: S/. 495.00. Oblaje: $ 1,939.55. Descripción: CONVOCAR A REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL – REM@JU A EFECTOS DE PROCEDER AL REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA DEL INMUEBLE MATERIA DE EJECUCIÓN FORZADA: A) INMUEBLE UBICADO EN EL CENTRO POBLADO MALVAL MZ. 27 LOTE 02, SECTOR RECREO, DISTRITO DE CORRALES, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TUMBES, CUYO DOMINIO, �?REA Y DEM�?S MEDIDAS PERIMÉTRICAS CORREN INSCRITAS EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° 15142032 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL I – SEDE PIURA - OFICINA REGISTRAL DE TUMBES.. N° inscritos: 0

�Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 12268
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

�Cómo se realizará el remate del inmueble en TUMBES?

DEMANDANTE : CMAC PIURA S.A.C.
RESOLUCIÓN NÚMERO: CUATRO Tumbes, veintiséis de setiembre Del año dos mil veintitrés
AUTOS Y VISTOS: con el escrito N� 7038-2023 que antecede, presentado por la entidad demandante, AGRÉGUESE a los autos TÉNGASE presente; Y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Habiendo cumplido la entidad demandante con adjuntar el arancel judicial por derecho de remate, y siendo que el presente proceso se encuentra en la etapa de ejecución forzada, de conformidad con lo previsto en el artículo 731� del Código Procesal Civil. SEGUNDO: Teniendo en cuenta lo expuesto, se tiene que el presente proceso se encuentra de los lineamientos que establece el artículo 12� de la Ley N� 30229 � Condiciones para el remate por internet que establece, el Remate Judicial a través del REM@JU procede al cumplir con los siguientes requisitos: a) Que, se cumpla con el pago del arancel judicial por derecho de remate. b) Que, en su circulación jurisdiccional, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial haya dispuesto el remate electrónico judicial, por REM@JU en función de las facilidades y condiciones tecnológicas existentes. Y, c) Que, verificadas las condiciones anteriores, el Juez dicte las resoluciones que disponga el remate electrónico judicial identificando en aquellas un resumen descriptivo del bien incluidas las cargas y los gravámenes, de ser el caso y el monto de valorización (�). TERCERO: Por otro lado, es necesario señalar que en caso de ausencia de ofertas, debido a que no se hayan inscrito usuarios o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en Primera Convocatoria electrónico se declarara desierto. CUARTO: Declarado desierto la primera convocatoria, conforme lo establece el artículo 13 de la Ley N� 30339 � el REM@JU generará automáticamente el aviso de convocatoria donde se indicará el cronograma correspondiente a la segunda convocatoria con la reducción del 15% sobre la base del bien o bienes materia de remate electrónico judicial, en los que se indicaran los plazos para la inscripción, presentación de ofertas y fecha límite de cancelación. QUINTO: En caso de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, el REM@JU generará automáticamente el aviso de la tercera convocatoria reduciendo el 15% del precio base de la convocatoria anterior, donde se indicará el cronograma correspondiente. SEXTO: Por último, en caso de no haber postores en la tercera convocatoria se culminará el procedimiento de remate electrónico, procediéndose conforme a las normas del Código Procesal Civil. Por las consideraciones antes expuestas, SE RESUELVE: 1) CONVOCAR A REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada: a) Inmueble ubicado en el Centro Poblado Malval Mz. 27 lote 02, sector Recreo, distrito de Corrales, provincia y departamento de Tumbes, cuyo dominio, área y demás medidas perimétricas corren inscritas en la Partida Electrónica N� 15142032 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral I � Sede Piura - Oficina Registral de Tumbes. b) CERTIFICADO DE CARGAS Y .

�Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

corren inscritas en la Partida Electrónica N� 15142032, Asiento 0004 (HIPOTECA) del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral I � Sede Piura - Oficina Registral de Tumbes. 2) .

�Cuál es el valor de tasación del inmueble?

o VALOR COMERCIAL: De acuerdo a la Valuación de Predio Urbano que obra a fojas 09 a 15, autorizada conforme a la cláusula Décimo Quinta de la escritura Pública de Constitución de Garantía de Hipoteca, la tasación asciende al monto de US$ 19,395.52 (Diecinueve mil trescientos noventa y cinco con 52/100 dólares americanos). 3) CONVOCATORIAS: 3.1. REMATE ELECTRÓNICO EN PRIMERA CONVOCATORIA La base de la postura será las dos terceras partes del valor del inmueble, ascendente a US$12,930.35 (DOCE MIL NOVECIENTOS TREINTA CON 35/100 DÓLARES AMERICANOS). 3.2. REMATE ELECTRÓNICO EN SEGUNDA CONVOCATORIA La base de la postura será la reducción del 15% sobre el precio base del inmueble materia de remate, de la convocatoria anterior, ascendente a US$10,990.80 (DIEZ MIL NOVECIENTOS NOVENTA CON 80/100 DÓLARES AMERICANOS). 3.3. REMATE ELECTRÓNICO EN TERCERA CONVOCATORIA La base de la postura será la reducción del 15% sobre el precio base del inmueble materia de remate, de la convocatoria anterior, ascendente a US$9,342.18 (NUEVE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 18/100 DÓLARES AMERICANOS). 4) OBLAJE se deberá oblar el 10% del valor inmueble a rematar, en depósito electrónico, en atención al artículo 17� de la Ley N� 30229. 5) CONVOQUESE AUTOMÁTICAMENTE EL SEGUNDO Y TERCER REMATE ELECTRÓNICO, de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria haya sido declarada desierta a través del aplicativo informativo del REMAJU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas al precio base. 6) PUBLÍQUESE en el PORTAL DE LA PÁGINA WEB DEL PODER JUDICIAL conforme al artículo 15� d la Ley N� 30229, CUMPLA el asistente judicial con PEGAR los carteles en el local del juzgado, HABILÍTESE fecha y hora al secretario judicial a efecto de que realice el pegado de los carteles en el inmueble sub Litis, para lo cual la parte interesada PREVIA coordinación y cita con la asistente judicial de esta secretaría a través del teléfono de este despacho judicial N� 072-596230 anexo 20043, deberá coadyuvar con la ubicación del bien a rematar, bajo su responsabilidad. 7) Al escrito N� 7038-2023: TÉNGASE por apersonado a LUIS ALBERTO ALEMAN JIMENEZ como Representante Legal de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura Sociedad Anónima Cerrada �CMAC PIURA S.A.C., conforme la vigencia de poder electrónica que se adjunta, y en lo demás: ESTÉSE a lo resuelto en la presente resolución. 8) INTERVINIENDO la secretaria que suscribe en atención a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N� 723-2023-P-CSJTU-PJ. 9) NOTIFÍQUESE conforme a Ley.