miércoles, 10 de enero de 2024

Venta de Deposito en Jesus Maria Lima Precio Base $ 105370 🏡

Tasación: .. Distrito Judicial: LIMA. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: JESUS MARIA . Partida Registral: 11237291 Tipo Inmueble: DEPOSITO. Dirección: Av. Horacio Urteaga N� 1438-1456, Dep�sito D2 Porcentaje a Rematar: 100 % Remate judicial Desde Hasta Publicación e Inscripcion 10/01/2… remateCasas

Tasación: .. Distrito Judicial: LIMA. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. Distrito: JESUS MARIA.
Partida Registral: 11237291 Tipo Inmueble: DEPOSITO. Dirección: Av. Horacio Urteaga N� 1438-1456, Dep�sito D2 Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion10/01/2024 19/01/2024
Validación de Inscripción22/01/2024 24/01/2024
Presentación de Ofertas25/01/2024 26/01/2024
Pago Saldo29/01/2024 31/01/2024
Validación del Saldo01/02/2024 05/02/2024
Expediente: 03260-2017-0-1817-JR-CO-17. Distrito Judicial: LIMA. Órgano Jurisdisccional: 17°JUZGADO CIVIL-COMERCIAL. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: CALLE TAGUCHE, RICARDO LUIS. Especialista: ALARCÓN ROJAS SOLEDAD ELIZABETH. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 54. Fecha Resolución: 08/08/2023. Tipo Cambio: S/. 3.71 a la fecha 08/01/2024 según la SBS.. Tasación: $ 158,056.44. Precio Base: $ 105,370.96. Incremento entre ofertas: $ 316.11. Arancel: S/. 990.00. Oblaje: $ 15,805.64. Descripción: CONFORME A LA REMODELACIÓN Y AMPLIACIÓN DE F�?BRICA INSCRITA EN LA PARTIDA N° 49072413 (LOTE MATRIZ) LA EDIFICACIÓN DONDE SE ENCUENTRA EL DEPÓSITO D2 COMPRENDE LO SIGUIENTE: SEMISÓTANO: CONSTA DE 89 LOCALES COMERCIALES SIGNADOS DEL 101 AL 189, CONFORMADO POR UN AMBIENTE, ADEM�?S EST�?N LOS DEPÓSITOS D-1 Y D-2, CUARTO, ESCALERAS DE ACCESO, CORREDORES, PLAZUELA CON ESCALERA PRINCIPAL Y DOS JARDINERAS. PRIMER PISO: EST�? CONSTITUIDO POR 8 LOCALES COMERCIALES CON FRENTE A LA AV. HORACIO URTEAGA, EXISTEN DOS PUERTAS DE INGRESO A LA GALER�?A COMERCIAL; EXISTEN ADEM�?S 88 LOCALES COMERCIALES INTERIORES. SEGUNDO PISO: EST�? CONSTITUIDO POR 7 LOCALES COMERCIALES, ESCALERA PRINCIPAL Y SECUNDARIAS, SERVICIOS HIGIÉNICOS PARA MUJERES, �?REA DE CIRCULACIÓN, SERVICIOS HIGIÉNICOS DE HOMBRES, 34 ESPACIOS DE VENTA Y �?REA DE ADMINISTRACIÓN. TERCER PISO: EXISTEN 6 LOCALES COMERCIALES, LLEGAN 2 ESCALERAS SECUNDARIAS.. N° inscritos: 0

�Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 13077
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

�Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?

DEMANDANTE : JANAMPA PAULINO, TEODORO JAIME
Resolución 54 Lima, ocho de agosto Del dos mil veintitrés Dado cuenta al escrito N� 184581-2023 presentado por Janampa Paulino Teodoro: con la documentación que se adjunta y ATENDIENDO:

- PRIMERO: Teniendo en cuenta la solicitud de convocatoria a remate efectuada por el ejecutante, y siendo el estado del proceso el de encontrarse en la etapa técnica de ejecución forzada, de conformidad con lo disciplinado en el artículo 731� del Código Procesal Civil modif icado por la Ley 30229; y verificándose que la presente solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo 12 1 de Ley 30229 y artículo 13 del Reglamento de la citada Ley, debe procederse a efectuar el remate electrónico a través del aplicativa de REM@JU del portal web del Poder Judicial;

--SEGUNDO: Es menester señalar que en caso de ausencia de ofertas ello
1 Articulo 12 .Condiciones para remate por internet. El remate electrónico judicial a través del REM@JU procede al cumplir con los siguientes requisitos:
a) Que se cumpla con el pago del arancel judicial por concepto de remate. b) Que, en su circunscripción jurisdiccional, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial haya dispuesto el remate electrónico judicial por REM@JU en función de las facilidades y condiciones tecnológicas existentes.; c) Que, verificadas las condiciones anteriores, el Juez dicte la resolución que disponga el remate electrónico judicial identificando en aquella un resumen descriptivo del bien incluidas las cargas y los gravámenes, de ser el caso, y el monto de su valorización. (�) ;
debido a que no se hayan inscrito usuarios postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en Primera Convocatoria Electrónico se declarara desierto.

- TERCERO: Declarado Desierto la Primera Convocatoria, conforme lo establece el artículo 13 de la Ley 30229 � el REM@JU generará automáticamente el aviso de convocatoria donde se indicara el cronograma correspondiente a la segunda convocatoria con la reducción del 15% sobre la base del bien o bienes materia de remate electrónico judicial, en los que se indicara los plazos para inscripción, presentación de ofertas y fecha límite de cancelación.

- CUARTO: En caso de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, el REM@JU generará automáticamente el aviso de la tercera convocatoria reduciendo en un 15% el precio base de la convocatoria anterior, donde se indicara el cronograma correspondiente bajo los mismos lineamientos señalados en el considerando precedente.

- QUINTO: Por último, en caso de no haber postores en la tercera convocatoria, se culmina el procedimiento de remate electrónico judicial, procediéndose conforme a las normas del Código Procesal Civil o la norma que la sustituya. Por consiguiente: SE RESUELVE: 1) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente:
2.1 DESCRIPCION: inmueble ubicado en Av. Horacio Urteaga N� 1438-1456, Depósito D2 � Jesús María, inscrito en la Partida Electrónica N� 11237291 de los Registros Públicos de Lima.
2) CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base .
3) CARGA Y .

�Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

3.1.- Hipoteca: en el Asiento D0004 de la Partida N� 11237291 de los Registros Públicos de Lima, se ha inscrito una hipoteca hasta por la suma de US$ 55,000.00 Dólares Americanos a favor de Mónica Beatriz Vera Camones. 3.2.- Hipoteca: en el Asiento D0005 de la Partida N� 11237291 de los Registros Públicos de Lima, se ha inscrito una hipoteca hasta por la suma de US$ 150,000.00 Dólares Americanos a favor de Teodoro Jaime Janampa Paulino. 3.3.- Usufructo: en el Asiento D0007 de la Partida N� 11237291 de los Registros Públicos de Lima, se ha constituido usufructo vitalicio a favor de Esther Ticlavilca Barreto de Paricahua.-
4) .

�Cuál es el valor de tasación del inmueble?

Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 158,056.44 (CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL CINCUENTA Y SEIS Y 44/100 DOLARES AMERICANOS)
5) PRECIO .

�Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?


5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: US$ 105,370.96 (CIENTO CINCO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y 96/100 DOLARES AMERICANOS).
5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 89,565.32 (OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SESENTA Y SINCO Y 32/100 DOLARES AMERICANOS).
5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 76,130.52 (SETENTA Y SEIS MIL CIENTO TREINTA Y 52/100 DOLARES AMERICANOS).
6) OBLAJE: Los postores deberán cumplir con lo siguiente: a) depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante depósito electrónico judicial en la moneda en que se realizo la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17� del Reglamento de la L ey 30229 ; y b) Adjuntar el arancel judicial correspondiente.
7) PUBLICACION: Procédase a la PUBLICACION de los avisos del remate EN EL PORTAL WEB del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU por el termino de ley conforme así lo regula el artículo 15 de la Ley 30229 y su reglamento una vez de haber quedado firme la presente resolución al haber vencido el plazo de oposición; publicación que tendrá validez para la segunda y tercera convocatoria teniendo en cuenta el precio base señalado de las mismas en la presente resolución.
8) FIJESE por única vez los Carteles en la vitrina del local del Juzgado y en el inmueble a rematar por parte del Especialista Legal de Actos Externos en forma oportuna y bajo responsabilidad.-
9) NOTIFÍQUESE con la presente resolución a Mónica Beatriz Vera Camones fin de que tomen conocimiento de lo resuelto toda vez que cuenta con gravámenes y cargas inscritas a su favor; para tal efecto, deberá notificarse a ésta tanto en el domicilio señalado por el demandante como en el domicilio que consigna en la RENIEC sito en: 1) Calle Daniel Hernández 1344 � Pueblo Libre y 2) Calle Martí Napanga N| 136-B � Miraflores.-