viernes, 31 de mayo de 2024

Remate Judicial de Casa en Loreto San Juan Bautista Precio Base S/ 76734 🏡

Tasación: .. Distrito Judicial: LORETO. Departamento: LORETO . Provincia: MAYNAS. Distrito: SAN JUAN BAUTISTA. Partida Registral: P12000463 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Pasaje las Palmas Nâ° 129 €“ San Juan Bautista €“ Aa.hh las Colinas Mz €œmâ€? Lote 13, Provincia de Maynas y Departamento … remateCasas

Tasación: .. Distrito Judicial: LORETO. Departamento: LORETO. Provincia: MAYNAS. Distrito: SAN JUAN BAUTISTA.
Partida Registral: P12000463 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Pasaje las Palmas Nâ° 129 €“ San Juan Bautista €“ Aa.hh las Colinas Mz €œmâ€? Lote 13, Provincia de Maynas y Departamento de Loreto. Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion30/05/2024 08/06/2024
Validación de Inscripción10/06/2024 12/06/2024
Presentación de Ofertas13/06/2024 14/06/2024
Pago Saldo17/06/2024 19/06/2024
Validación del Saldo20/06/2024 24/06/2024
Expediente: 00085-2018-0-1903-JR-CI-02. Distrito Judicial: LORETO. Órgano Jurisdisccional: 2° JUZGADO CIVIL - Sede Central. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: DEL AGUILA SALINAS SERGIO ANTONIO. Especialista: CARDENAS VENTURA MARGARITA NATHALIE. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 32. Fecha Resolución: 02/11/2023. Tasación: S/. 115,101.56. Precio Base: S/. 76,734.37. Incremento entre ofertas: S/. 230.20. Arancel: S/. 515.00. Oblaje: S/. 11,510.16. Descripción: TIPO DE INMUEBLE: CASA – VIVIENDA. UBICACIÓN: PASAJE LAS PALMAS N° 129 – SAN JUAN BAUTISTA – AA.HH LAS COLINAS MZ “M� LOTE 13, PROVINCIA DE MAYNAS Y DEPARTAMENTO DE LORETO. INSCRIPCIÓN REGISTRAL: PARTIDA ELECTRÓNICA P12000463 DEL REGISTRO DE PREDIOS – SEDE IQUITOS, ZONA REGISTRAL N° IV – SEDE IQUITOS.- B) CARGAS Y GRAV�MENES: B.1 HIPOTECA: A FAVOR DEL BANCO INTERNACIONAL DEL PERU SAA – INTERBANK HASTA POR LA SUMA DE US$ 37,881.20, CON EL OBJETO DE GARANTIZAR EL PAGO DEL PRÉSTAMO HASTA POR LA SUMA DE S/. 80,000.00 SOLES. AS� COMO LAS DEM�S OBLIGACIONES QUE SE ESTABLECEN EN VIRTUD DEL PRESENTE CONTRATO. LA HIPOTECA ES A PLAZO INDETERMINADO. AS� CONSTA EN LA ESCRITURA PÚBLICA DE FECHA 02/10/2015 OTORGADA ANTE NOTARIO FLORENTINO QUISPE RAMOS, EN LA CIUDAD DE IQUITOS. INSCRITO EN EL ASIENTO 10 LA PARTIDA ELECTRÓNICA P12000463 DEL REGISTRO DE PREDIOS – SEDE IQUITOS, ZONA REGISTRAL N° IV – SEDE IQUITOS. C) VALOR DE TASACIÓN COMERCIAL ACTUALIZADA: LA SUMA DE CIENTO QUINCE MIL CIENTO UNO CON 56/100 SOLES (S/ 115,101.56). D) PRECIO BASE REMATE: SER� DE LA SIGUIENTE FORMA: - PRIMERA CONVOCATORIA: LAS DOS TERCERAS PARTES DE LA TASACIÓN, EQUIVALENTE A LA SUMA DE SETENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y SEIS CON 37/100 SOLES (S/ 76,736.37). - SEGUNDA CONVOCATORIA: LAS DOS TERCERAS PARTES DE LA TASACIÓN REDUCIDA EN UN QUINCE POR CIENTO (15%), EL CUAL ASCIENDE A LA SUMA DE SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO CON 21/100 (S/ 62,224.21). - TERCERA CONVOCATORIA: LAS DOS TERCERAS PARTES DE LA TASACIÓN REDUCIDA EN UN QUINCE POR CIENTO (15%) ADICIONAL A LA BASE DE LA POSTURA DE LA SEGUNDA CONVOCATORIA, EL CUAL ASCIENDE A LA SUMA DE CINCUENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA CON 58/100 SOLES (S/ 55,440.58). . N° inscritos: 0

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 14282
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LORETO?

DEMANDANTE : BANCO INTERBNACIONAL DEL PERU SAA, : BANCO INTERBNACIONAL DEL PERU SAA, : BANCO INTERBNACIONAL DEL PERU SAA, : BANCO INTERBNACIONAL DEL PERU SAA, Resolución Nro. TREINTA Y DOS: Resolución Nro. TREINTA Y DOS: Resolución Nro. TREINTA Y DOS: Resolución Nro. TREINTA Y DOS: Iquitos, dos de noviembre de dos mil veintitrés.-
AUTOS Y VISTOS: DADO CUENTA AUTOS Y VISTOS: DADO CUENTA AUTOS Y VISTOS: DADO CUENTA AUTOS Y VISTOS: DADO CUENTA al escrito N° escrito N° escrito N° escrito N° 13369 13369 13369 13369- - - -202 202 202 2023 3 3 3 presentado por el demandante, téngase presente y agréguese a los autos; Y ATENDIENDO: Y ATENDIENDO: Y ATENDIENDO: Y ATENDIENDO: Primero Primero Primero Primero. . . .- - - - Con la Copia Literal y Certificado de Cargas y Gravámenes del bien materia de ejecución, Tasación Actualizada aprobada en autos y aunado a que el estado del proceso es el de ejecución forzada, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 731° del Código Procesal Civil modificado por la Ley N° 30229, el mismo que prevé en sus primeros párrafos que: "Aprobada la tasación o siendo innecesaria esta, el Juez convocará a remate. El remate o la subasta de bienes muebles e inmuebles se efectúan por medio del Remate Judicial Electrónico (REM@JU) si no existe oposición de ninguna de las partes o de terceros legitimados de ser el caso, conforme con la ley especial sobre la materia” ” ” ”, se concluye que corresponde ordenar el remate judicial electrónico. Segundo Segundo Segundo Segundo. . . .- - - - En atención a lo anterior, debe precisarse, que la ejecución del remate electrónico judicial se efectúa a través del aplicativo REM@JU del portal web del Poder Judicial, consistente en la colocación de ofertas que los usuarios postores ofrezcan. El acto de remate electrónico judicial del bien se realiza en un lapso de veinticuatro horas, en mérito a los lineamientos establecidos en la Ley N°30229. Tercero Tercero Tercero Tercero. . . .- - - - Conforme a dicha normativa, el secretario de la causa publicará en el Portal Web del Poder Judicial el aviso de convocatoria con la información relacionada con el proceso de remate electrónico judicial y demás actos pertinentes, tal como se dispone en el Artículo 15° de la Ley N° 30229, el cual generará automáticamente un cronograma con la fecha programada, una vez que notificados los sujetos procesales, haya transcurrido el plazo sin que los mismos formulen oposición a la convocatoria, en mérito a lo dispuesto por el artículo 13°del Decreto Supremo N° 003-2015-JUS, Reglamento de la Ley N° 30229. Cuarto Cuarto Cuarto Cuarto. . . .- - - - De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día, tal como lo dispone el Artículo 16°de la Ley N° 30229, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate, finalmente para participar como postor, deberá obtener una casilla electrónica, tal como se encuentra establecido en el numeral g) de las disposiciones generales de la Directiva N°008-2016-CE-PJ, toda vez que constituye el único medio donde será remitido el Certificado Digital de postor ganador o la orden de pago para la devolución del depósito de garantía u oblaje. Quinto Quinto Quinto Quinto. . . .- - - - Así mismo, el artículo 13° de la Ley N° 30229 refiere que de no haber usuarios postores inscritos o si no han ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en primera convocatoria se declara desierto. En este caso, el REM@JU debe reprogramar una segunda convocatoria con la reducción de un quince por ciento sobre el precio base del bien o bienes materia de remate electrónico. De igual forma, de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, se procede a una tercera convocatoria, reduciendo el quince por ciento el precio base de la convocatoria anterior sobre el precio base del bien materia de remate electrónico. Finalmente, si en la tercera convocatoria no hay postores, se culmina el procedimiento del remate electrónico judicial y, siendo esta por ausencia de ofertas, se procede conforme a las normas del Código Procesal Civil o a la norma que lo sustituya; por tales razones: SE RESUELVE SE RESUELVE SE RESUELVE SE RESUELVE: 1. CONVOCAR A REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL (REM@JU) CONVOCAR A REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL (REM@JU) CONVOCAR A REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL (REM@JU) CONVOCAR A REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL (REM@JU) a efectos que se proceda al remate en PRIMERA, SEGUNDA Y PRIMERA, SEGUNDA Y PRIMERA, SEGUNDA Y PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA CONVOCATORIA, TERCERA CONVOCATORIA, TERCERA CONVOCATORIA, TERCERA CONVOCATORIA, de resultar necesario, del siguiente inmueble hipotecado: a) a) a) a) DESCRIPCION INMUEBLE 01 DESCRIPCION INMUEBLE 01 DESCRIPCION INMUEBLE 01 DESCRIPCION INMUEBLE 01: : : : Tipo de inmueble: Tipo de inmueble: Tipo de inmueble: Tipo de inmueble: Casa – vivienda. Ubicación: Ubicación: Ubicación: Ubicación: Pasaje Las Palmas N° 129 – San Juan Bautista – AA.HH Las Colinas Mz “M” Lote 13, Provincia de Maynas y Departamento de Loreto. Inscripción registral: Inscripción registral: Inscripción registral: Inscripción registral: Partida Electrónica P12000463 del Registro de Predios – Sede Iquitos, Zona Registral N° IV – Sede Iquitos.- b) b) b) b) CARGAS Y GRAVÁMENES CARGAS Y GRAVÁMENES CARGAS Y GRAVÁMENES .

¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?

b.1 HIPOTECA: b.1 HIPOTECA: b.1 HIPOTECA: b.1 HIPOTECA: A favor del BANCO BANCO BANCO BANCO INTERNACIONAL DEL PERU SAA INTERNACIONAL DEL PERU SAA INTERNACIONAL DEL PERU SAA INTERNACIONAL DEL PERU SAA – – – – INTERBANK INTERBANK INTERBANK INTERBANK hasta por la suma de US$ 37,881.20, con el objeto de garantizar el pago del préstamo hasta por la suma de S/. 80,000.00 soles. Así como las demás obligaciones que se establecen en virtud del presente contrato. La hipoteca es a plazo indeterminado. Así consta en la Escritura Pública de fecha 02/10/2015 otorgada ante Notario FLORENTINO QUISPE RAMOS, en la ciudad de Iquitos. Inscrito en el A A A Asiento siento siento siento 10 10 10 10 la Partida Electrónica P12000463 P12000463 P12000463 P12000463 del Registro de Predios – Sede Iquitos, Zona Registral N° IV – Sede Iquitos. c) c) c) c) VALOR DE .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

COMERCIAL ACTUALIZADA VALOR DE .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

COMERCIAL ACTUALIZADA VALOR DE .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

COMERCIAL ACTUALIZADA VALOR DE .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

: : : La suma de CIENTO QUINCE MIL CIENTO UNO CIENTO QUINCE MIL CIENTO UNO CIENTO QUINCE MIL CIENTO UNO CIENTO QUINCE MIL CIENTO UNO CON CON CON CON 56 56 56 56/100 SOLES /100 SOLES /100 SOLES /100 SOLES (S/ 1 (S/ 1 (S/ 1 (S/ 115,101.56 15,101.56 15,101.56 15,101.56) ) ) ). d) d) d) d) PRECIO BASE REMAT PRECIO BASE REMAT PRECIO BASE REMAT PRECIO BASE REMATE E E E: : : : Será de la siguiente forma: - Primera Convocatoria Primera Convocatoria Primera Convocatoria Primera Convocatoria: las dos terceras partes de la tasación, equivalente a la suma de Setenta y Seis Setenta y Seis Setenta y Seis Setenta y Seis Mil Mil Mil Mil Setecientos Treinta y Setecientos Treinta y Setecientos Treinta y Setecientos Treinta y Seis Seis Seis Seis Con Con Con Con 37 37 37 37/100 Soles (S/ /100 Soles (S/ /100 Soles (S/ /100 Soles (S/ 76 76 76 76,, , ,736.37 736.37 736.37 736.37). ). ). ). - Segunda Convocatoria: Segunda Convocatoria: Segunda Convocatoria: Segunda Convocatoria: las dos terceras partes de la tasación reducida en un quince por ciento (15%), el cual asciende a la suma de Sesenta y Dos Sesenta y Dos Sesenta y Dos Sesenta y Dos Mil Mil Mil Mil Doscientos Veinticuatro Doscientos Veinticuatro Doscientos Veinticuatro Doscientos Veinticuatro Con Con Con Con 21 21 21 21/100 /100 /100 /100 (S/ (S/ (S/ (S/ 62 62 62 62,, , ,224.21 224.21 224.21 224.21). ). ). ). - Tercera Convocatoria: Tercera Convocatoria: Tercera Convocatoria: Tercera Convocatoria: las dos terceras partes de la tasación reducida en un quince por ciento (15%) adicional a la base de la postura de la segunda convocatoria, el cual asciende a la suma de Cincuenta y Cinco Mil Cuatrocientos Cuarenta Cincuenta y Cinco Mil Cuatrocientos Cuarenta Cincuenta y Cinco Mil Cuatrocientos Cuarenta Cincuenta y Cinco Mil Cuatrocientos Cuarenta Con Con Con Con 58 58 58 58/100 /100 /100 /100 Soles Soles Soles Soles (S/ (S/ (S/ (S/ 55 55 55 55,, , ,440.58 440.58 440.58 440.58). ). ). ). 2. 2. 2. 2. OBLAJE OBLAJE OBLAJE OBLAJE: : : : Los postores deberán depositar y registrar el 10% del valor de tasación mencionada en depósito electrónico Judicial en la moneda de la tasación conforme el artículo 17° 1 del Reglamento de la Ley N° 30229 y el arancel judicial correspondiente, según la convocatoria a la que corresponda. 3. 3. 3. 3. PUBLICACION PUBLICACION PUBLICACION PUBLICACION: : : : PROCÉDASE PROCÉDASE PROCÉDASE PROCÉDASE a la PUBLICACIÓN de los avisos de r PUBLICACIÓN de los avisos de r PUBLICACIÓN de los avisos de r PUBLICACIÓN de los avisos de remate emate emate emate en el en el en el en el PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL a través del aplicativo informático del REM@JU, por el término de ley, conforme el artículo 15° de la Ley N° 30229; ; ; ; FÍJESE FÍJESE FÍJESE FÍJESE los Carteles en el local del Juzgado y 1 Articulo 17. Articulo 17. Articulo 17. Articulo 17.- - - - Pago de Oblaje: Pago de Oblaje: Pago de Oblaje: Pago de Oblaje: 17.1 El pago se oblaje se efectúa en la moneda en que se realizó la tasación del bien- 17.2 La exclusión del ejecutante o del tercero legitimado del pago de oblaje, no exonera de la declaración jurada sobre fondos lícitos. 17.3 El usuario postor debe ingresar en el REM@JU los datos de referencia de los depósitos del arancel y de oblaje, correspondiente- en el inmueble materia de remate por el Encargado de REMAJU de la Corte Superior de Justicia de Loreto.- 4. REGISTRO REGISTRO REGISTRO REGISTRO: : : : Cumpla el Especialista Legal con registrar la presente convocatoria de remate, en el aplicativo informático de Remate Judicial Electrónico – REM@JU, una vez que notificados los sujetos procesales, haya transcurrido el plazo sin que los mismos formulen oposición a la convocatoria, en mérito a lo dispuesto por el artículo 13°del Decreto Supremo N° 003-2015-JUS, Reglamento de la Ley N° 30229. NOTIFIQUESE. NOTIFIQUESE. NOTIFIQUESE. NOTIFIQUESE.- - - -