Tasación: S/. 90,000.00. Precio Base: S/. 60,000.00. Incremento entre ofertas: S/. 180.00. Arancel: S/. 515.00. Oblaje: S/. 9,000.00.. Distrito Judicial: MADRE DE DIOS. Departamento: MADRE DE DIOS. Provincia: TAMBOPATA. Distrito: TAMBOPATA.
Partida Registral: 05006257 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Predio Signado Sub Lote N� 1-b de la Manzana 6-j, Ubicado En el Jr. Cajamarca del Aa.hh Huerto Familiar, Distrito y Provincia de Tambopata, del Departamento de Madre de Dios, de un �?rea de 225.00 M2, el Cual se Encuentra Inscrito En la Partida Electr�nica N� Corte Superior de Justicia de Madre de Dios Juzgado Civil Permanente Puerto Maldonado - Tambopata 05006257, del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Madre de Dios. Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicial | Desde | Hasta |
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Publicación e Inscripcion | 05/07/2024 | 14/07/2024 |
Validación de Inscripción | 15/07/2024 | 17/07/2024 |
Presentación de Ofertas | 18/07/2024 | 19/07/2024 |
Pago Saldo | 22/07/2024 | 25/07/2024 |
Validación del Saldo | 30/07/2024 | 01/08/2024 |
¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?
Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 14762
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR
¿Cómo se realizará el remate del inmueble en MADRE DE DIOS?
DEMANDANTE : SERVICIOS Y REPRESENTACIONES JURIDICO ADMINISTRATIVO Y CONTABLE SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA REPRESENTADA POR SU GERENTE GENERAL NORMAN MARCELO PANTIGOSO OSORIO,RESOLUCIÓN N� 05. Puerto Maldonado, veinticinco de Enero del dos mil veinticuatro.
AUTOS Y VISTOS: Dado cuenta en la fecha el escrito electrónico con documento N� 735-2024, presentado por Katia Ninoska Nishida Benavides, Abogada de NORMAN MARCELO PANTIGOSO OSORIO, a través del cual solicita se dicte la resolución correspondiente a fin de continuar con el presente proceso; y, CONSIDERADO: PRIMERO: Nótese que mediante auto final contenido en la resolución N� 02 de fecha 22 de junio del 2023, se ha declarado FUNDADA la demanda de EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, interpuesta por SERVICIOS Y REPRESENTACIONES JURIDICO ADMINISTRATIVO Y CONTABLE SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, debidamente representado por su Gerente General Norman Marcelo Pantigoso Osorio, dirigida contra ADDISH LUZ PEREZ TEJADA DE BACA, en la condición de deudora principal; en consecuencia; en consecuencia, se ORDENO que la ejecutada KADDISH LUZ PEREZ TEJADA DE BACA, pague al ejecutante SERVICIOS Y REPRESENTACIONES JURIDICO ADMINISTRATIVO Y CONTABLE SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, debidamente representado por su Gerente General el Sr. Norman Marcelo Pantigoso Osorio, la suma de S/.11,875.00 (ONCE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES), correspondiente al SALDO CAPITAL pendiente; bajo expreso y único apercibimiento de ordenarse el remate judicial, sobre el predio signado Sub Lote N� 1-B de la Manzana 6-J, ubicado en el Jr. Cajamarca del AA.HH Huerto Familiar, Distrito y Provincia de Tambopata, del Departamento de Madre de Dios, de un área de 225.00 m2, el cual se encuentra inscrito en la Partida Electrónica N� 05006257, del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Madre de Dios; consentida la misma por resolución N� 03. SEGUNDO: Asimismo mediante resolución N� 04, de fecha 22 de noviembre del 2023, se requirió a la obligada Kaddish Luz Pérez Tejada de Baca, para que al tercer día de ser notificado cumpla con pagar la
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRE DE DIOS JUZGADO CIVIL PERMANENTE PUERTO MALDONADO - TAMBOPATA
suma de S/ 11,875.00 soles, más los intereses correspondientes, costas y costos procesales bajo apercibimiento de darse el inicio de la ejecución forzada de procederse con el remate del predio signado Sub Lote N� 1-B de la Manzana 6-J, ubicado en el Jr. Cajamarca del AA.HH Huerto Familiar, Distrito y Provincia de Tambopata, del Departamento de Madre de Dios, de un área de 225.00 m2, el cual se encuentra inscrito en la Partida Electrónica N� 05006257, del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Madre de Dios, de conformidad al artículo 731 del Código Procesal Civil, que señala �Aprobada la tasación o siendo innecesaria esta, el Juez convocará a remate. El remate o la subasta de bienes inmuebles se efectúan por medio del Remate Judicial Electrónico (REM@JU) si no existe oposición de ninguna de las partes o de terceros legitimados de ser el caso, conforme con la Ley especial sobre la materia�, siendo esto así corresponde precisar que la ejecución del remate judicial es efectuada a través del aplicativo REM@JU del Portal Web del Poder Judicial, bajo responsabilidad del secretario judicial; y habiéndose cumplido con los requisitos señalados en el artículo 12� de la Ley N� 30229 1, así como artículo 13� del Reglamento de la citada Ley, dicha situación debe tenerse presente. TERCERO: Por otra parte, téngase presente lo dispuesto en el artículo 14.2 del Reglamento de la Ley N� 30229, siendo que el secretario judicial de la causa deberá proceder a publicar en el aplicativo REM@JU la convocatoria con la información relacionada con el proceso de remate judicial electrónico y demás actos pertinentes, tal como lo dispone el artículo 15� de la Ley N� 30229, el cual generará automáticamente el aviso de convocatoria que contendrá el cronograma con la fecha programada para el acto de remate, asimismo, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio dentro del tercer día, tal como lo dispone el artículo 16� del Reglamento de la Ley N� 30229, bajo apercibimiento de declarársele la nulidad del remate. CUARTO: En consecuencia, conforme al estado del proceso y en aplicación de lo dispuesto por los artículos 731� y siguientes del Código Procesal Civil debe darse cumplimiento al remate judicial electrónico conforme a ley, bajo responsabilidad funcional. QUINTO: Finalmente, revisado los actuados se verifica que la parte demandante no ha cumplido con adjuntar el arancel judicial por solicitud de remate de acuerdo al monto de la tasación convencional por lo que se deberá requerirse para su cumplimiento. Por las consideraciones expuestas SE RESUELVE: 1. CONVOCAR a REMATE JUDICIAL ELECTRONICO-REM@JU para los efectos de proceder a la PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble materia de ejecución forzada conforme al siguiente detalle: i) DESCRIPCION: Predio signado Sub Lote N� 1-B de la Manzana 6-J, ubicado en el Jr. Cajamarca del AA.HH Huerto Familiar, Distrito y Provincia de Tambopata, del Departamento de Madre de Dios, de un área de 225.00 m2, el cual se encuentra inscrito en la Partida Electrónica N�
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05006257, del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Madre de Dios. ii) CARGA Y GRAMENES: HIPOTECA: Constituida a favor de SEREJAC S.R.A., representada por su Gerente General Norman Marcelo Pantigoso Osorio, a fin de garantizar las obligaciones según Asiento D00004, que constituye inscripción de hipoteca hasta por la suma de S/ 31,000.00 soles; (TREINTA Y UN MIL SOLES). iii) .