lunes, 13 de octubre de 2025

Casa en Venta en Junin Morococha Precio Base S/ 42509 🏡

Se trata de un Inmueble ubicado en la Nueva Ciudad de Morococha Mz. X-1, Lt. 06, distrito de Morococha, Provincia de Yauli, Departamento de Jun�?n de Tasación: S/. 63,764.64. Precio Base: S/. 42,509.76 . Incremento entre ofertas: S/. 127.53. Arancel: S/. 535.00. Oblaje: S/. 6,376.46.. Distrito Judi… remateCasas
Se trata de un Inmueble ubicado en la Nueva Ciudad de Morococha Mz. X-1, Lt. 06, distrito de Morococha, Provincia de Yauli, Departamento de Jun�?n de
Tasación: S/. 63,764.64. Precio Base: S/. 42,509.76. Incremento entre ofertas: S/. 127.53. Arancel: S/. 535.00. Oblaje: S/. 6,376.46.. Distrito Judicial: JUNIN. Departamento: JUNIN. Provincia: YAULI. Distrito: MOROCOCHA.
Partida Registral: 41010091 Tipo Inmueble: CASA. Dirección: Ciudad Nueva Morococha Mz. X-1, Lt. 06, Distrito de Morococha, Provincia de Yauli, Departamento de Jun�?n Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion11/10/2025 20/10/2025
Validación de Inscripción21/10/2025 23/10/2025
Presentación de Ofertas24/10/2025 25/10/2025
Pago Saldo27/10/2025 29/10/2025
Validación del Saldo30/10/2025 03/11/2025
Expediente: 00016-2019-0-1510-JM-CI-01. Distrito Judicial: JUNIN. Órgano Jurisdisccional: JUZGADO CIVIL - SEDE LA OROYA. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: SANTANA SOCUALAYA JESUS. Especialista: KARIN REYES GARCIA. Materia: OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO. Resolución: 20. Fecha Resolución: 09/08/2024

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 19886
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en JUNIN?

DEMANDANTE : CMAC HUANCAYO SA,
Resolución Nro. 20. La Oroya, nueve de Agosto Del año dos mil veinticuatro.-
AUTOS Y VISTOS AUTOS Y VISTOS AUTOS Y VISTOS AUTOS Y VISTOS; el presente proceso, emitiéndose en la fecha la presente resolución por las recargadas labores de secretaria; con el escrito que antecede; y,
CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: PRIMERO PRIMERO PRIMERO PRIMERO: : : : La parte ejecutante solicita que se convoque a remate el inmueble dado en garantía, inscrito en la Partida Electrónica N�41010091 del Registro de Propiedad Inmueble de los Registros Públicos de Tarma.
SEGUNDO SEGUNDO SEGUNDO SEGUNDO: : : : Al respecto, se tiene que el artículo 731� del Código Procesal Civil, modificado por la Ley N� 30229, el cual establece en sus primeros párrafos lo siguiente: �Aprobado la tasación o siendo innecesaria esta, el Juez convocara a remate. El remate o la subasta de bienes muebles e inmuebles se efectúan por medio del Remate Judicial Electrónico (REM@JU) si no existe oposición de ninguna de las partes o de terceros legitimados de ser el caso, conforme con la ley especial sobre la materia. [�]�; en tal sentido, de autos se verifica que específicamente que a folios 165ss corre el Informe Pericial de valorización de inmueble cuyo valor efectuado por peritos judiciales nombrados en autos asciende a SESENTA Y TRES MIL SETENCIENTOS SESENTA Y CUATRO soles; valorización aprobada mediante Resolución N� dieciocho y notificada a las partes, por lo que corresponde ordenar el remate judicial electrónico;
TERCERO: TERCERO: TERCERO: TERCERO: Cabe precisar que la ejecución del remate electrónico judicial se efectúa a través del aplicativo REM@JU REM@JU REM@JU REM@JUel cual se encuentra en el Portal Web del Poder Judicial; en dicho aplicativo se ingresaran las ofertas que los usuarios postores ofrezcan, previo inscripción como postor. Asimismo, el acto de remate electrónica judicial del bien se realiza en un lapso de veinticuatro horas, en mérito a los lineamientos establecidos en la Ley N� 30229;
CUARTO CUARTO CUARTO CUARTO: : : : Por otro lado, cabe acotar, que se ha implementado las mejoras efectuadas al sistema REM@JU, en tal sentido, todos los remates que en primera convocatoria sean registrados en el referido aplicativo, automáticamente realizarán la segunda y tercera convocatoria a remate electrónico, en caso sean declaradas desiertas o no existan posturas en la primera y segunda convocatoria respectivamente, por lo que resulta necesario precisar las bases de las posturas, y disponer lo pertinente. Asimismo, luego de generado los respectivos avisos de remate en el aplicativo remaju, éstos automáticamente son ingresados a la bandeja del usuario de la especialista de actos externos y de los responsables de remaju del Distrito Judicial donde se ubique el inmueble a rematar, para realizar el respectivo pegado de aviso de remate en el inmueble. QUINTO QUINTO QUINTO QUINTO: : : : Por otro lado, una vez vencido el plazo de oposición a que se refiere el artículo 14.2 de la Ley N� 30229, el secretario judicial de la causa publicará en el aplicativo REM@JU la convocatoria con la información relacionada con el proceso de remate electrónico judicial y demás actos pertinentes, tal como se dispone en el artículo 15 de la ley referida, el cual generará automáticamente el generará automáticamente el generará automáticamente el generará automáticamente el aviso de convocatoria aviso de convocatoria aviso de convocatoria aviso de convocatoria que contendrá el cronograma con la fecha programada para el acto de remate electrónico;
SEXTO SEXTO SEXTO SEXTO: : : : En el caso que haya adjudicación del bien materia de remate, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día, tal como lo dispone el artículo 16 de la Ley N� 30229, bajo apercibimiento de declarársele la nulidad del remate: En ese sentido, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 731� y 736� del Código Procesal Civil, concordante con lo establecido en el artículo 12� de la Ley 30229, este Juzgado. Por estos fundamentos: SE RESUELVE: 1. 1. 1. 1. CONVOCAR AL PRIMER REMATE PÚBLICO ELECTRONICO CONVOCAR AL PRIMER REMATE PÚBLICO ELECTRONICO CONVOCAR AL PRIMER REMATE PÚBLICO ELECTRONICO CONVOCAR AL PRIMER REMATE PÚBLICO ELECTRONICO el siguiente inmueble: A. A. A. A. Tipo de Inmueble. DEPARTAMENTO. Tipo de Inmueble. DEPARTAMENTO. Tipo de Inmueble. DEPARTAMENTO. Tipo de Inmueble. DEPARTAMENTO. 1. 1. 1. 1. Ubicación: Ubicación: Ubicación: Ubicación: Ciudad Nueva Morococha Mz. X-1, Lt. 06, Distrito de Morococha, Provincia de Yauli, Departamento de Junín. 2. 2. 2. 2. Ficha registral: Ficha registral: Ficha registral: Ficha registral: Partida Registral Electrónica N�41010091 del Registro de Propiedad Inmueble de los Registros Públicos de Tarma. 3. 3. 3. 3. Descripción: Se trata de un inmueble ubicado en la nueva ciudad de Morococha Mz. X-1, Lt. 06, Distrito de Morococha, Provincia de Yauli, Departamento de Junín de un área de 108 m2. 4. 4. 4. 4. CARGAS Y GRAVÁMENES: CARGAS Y GRAVÁMENES: CARGAS Y GRAVÁMENES: CARGAS Y GRAVÁMENES: - Inscripción de embargo: Inscrita en el asiento 00006 de la Partida N� P41010091 a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Huancayo, hasta por la suma de S/. 59,000.00 soles. - Inscripción de embargo: Inscrita en el asiento 00007 de la Partida N� P41010091 a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A., hasta por la suma de S/. 25,000.00 soles. 5. 5. 5. 5. En el supuesto de no haber adjudicación en la primera convocatoria, CONVÓQUESE AUTOMATICAMENTE CONVÓQUESE AUTOMATICAMENTE CONVÓQUESE AUTOMATICAMENTE CONVÓQUESE AUTOMATICAMENTE AL SEGUNDO REMATE y AL SEGUNDO REMATE y AL SEGUNDO REMATE y AL SEGUNDO REMATE y seguidamente AL TERCER REMATE seguidamente AL TERCER REMATE seguidamente AL TERCER REMATE seguidamente AL TERCER REMATE de ser necesario. 6. 6. 6. 6. VALOR DE LA TASACIÓN: VALOR DE LA TASACIÓN: VALOR DE LA TASACIÓN: VALOR DE LA TASACIÓN: S/. 63,764.64 (SESENTA Y TRES MIL SETENCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 64/100). 7. 7. 7. 7. PRECIO .

¿Cuáles son las bases del remate judicial en JUNIN?

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? PARA LA PRIMERA CONVOCATORIA: PRIMERA CONVOCATORIA: PRIMERA CONVOCATORIA: PRIMERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendiendo a la suma de S/.42,509.76 (Cuarenta y dos mil quinientos nueve con 76/100 soles). ? PARA LA SEGUNDA CONVOCATORIA: SEGUNDA CONVOCATORIA: SEGUNDA CONVOCATORIA: SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes de su tasación deducida en un 15%, ascendiendo a la suma de S/. 36,133.296 (Treinta y seis mil ciento treinta y tres con 296/ 100 soles). ? PARA LA TERCERA CONVOCATORIA: TERCERA CONVOCATORIA: TERCERA CONVOCATORIA: TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será en un 15% del monto que sirvió de base para la tercera convocatoria, ascendiendo a la suma de S/. 30,713.302 (treinta mil setecientos trece con 302/100 soles). 8. 8. 8. 8. OBLAJE: OBLAJE: OBLAJE: OBLAJE: Se realizará por el monto correspondiente al diez por ciento (10%) del valor de la tasación, siendo su pago en la moneda en que se realizó la tasación, conforme lo establecido por el artículo 17� del Reglamento de la Ley 30229, así como lo dispuesto en la Directiva Nro. 008-2016-CE-PJ, aprobada por la R.A. Nro. 211-2016-CE-PJ �Normas y Procedimientos para la realización de los remates Normas y Procedimientos para la realización de los remates Normas y Procedimientos para la realización de los remates Normas y Procedimientos para la realización de los remates electrónicos judiciales electrónicos judiciales electrónicos judiciales electrónicos judiciales - - - - REM@JU�; REM@JU�; REM@JU�; REM@JU�; 9. 9. 9. 9. PUBLICACION: PUBLICACION: PUBLICACION: PUBLICACION: Procédase a la publicación de los avisos de remate en el portal web del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU, por el termino de ley, conforme lo dispuesto por Ley 30229 y su reglamento, consentida que sea la presente resolución, debiendo la demandante verificar la existencia de algún error material a fin de evitar nulidades futuras, una vez vencido sea el plazo para la oposición. Asimismo, cumpla el Especialista Especialista Especialista Especialista Judicial Judicial Judicial Judicial con el pegado de carteles del presente aviso de remate en el local del juzgado para tal fin cumpla el accionante con proporcionar las facilidades pertinentes bajo responsabilidad, y siendo que el inmueble se ubica en el Distrito de Morococha, cumpla la responsable del REM@JU de la Corte Superior de Junín Este con efectuar el pegado del aviso en parte visible del inmueble objeto de remate. 10. 10. 10. 10. Notifíquese.-