martes, 16 de diciembre de 2025

Terrenos en Venta en Junin Chanchamayo Precio Base S/ 257553 🏡

Ubicado en la Mz. M, Lote 12, Urb. San Carlos, distrito y Provincia de Chanchamayo, Departamento de Jun�?n; Cuya �?rea, Linderos y Medidas Tasación: S/. 386,330.81. Precio Base: S/. 257,553.87 . Incremento entre ofertas: S/. 772.66. Arancel: S/. 802.50. Oblaje: S/. 38,633.08.. Distrito Judicial: SE… remateCasas
Ubicado en la Mz. M, Lote 12, Urb. San Carlos, distrito y Provincia de Chanchamayo, Departamento de Jun�?n; Cuya �?rea, Linderos y Medidas
Tasación: S/. 386,330.81. Precio Base: S/. 257,553.87. Incremento entre ofertas: S/. 772.66. Arancel: S/. 802.50. Oblaje: S/. 38,633.08.. Distrito Judicial: SELVA CENTRAL. Departamento: JUNIN. Provincia: CHANCHAMAYO. Distrito: CHANCHAMAYO.
Partida Registral: 11011805 Tipo Inmueble: TERRENOS. Dirección: Ubicado En la Mz. M, Lote 12, Urb. San Carlos, Distrito y Provincia de Chanchamayo, Departamento de Jun�?n; Cuya �?rea, Linderos y Medidas Perim�tricas se Encuentran Inscritas En la Partida N�11011805 de la Oficina Registral de la Selva Central. Porcentaje a Rematar: 100 %
Remate judicialDesdeHasta
Publicación e Inscripcion16/12/2025 25/12/2025
Validación de Inscripción29/12/2025 31/12/2025
Presentación de Ofertas01/01/2026 02/01/2026
Pago Saldo05/01/2026 07/01/2026
Validación del Saldo08/01/2026 12/01/2026
Expediente: 00050-2020-0-3401-JR-CI-01. Distrito Judicial: SELVA CENTRAL. Órgano Jurisdisccional: JUZGADO CIVIL - SEDE LA MERCED. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: BALBIN SOLIS AUGUSTO PEDRO. Especialista: CASTILLO ORE ADIS-. Materia: OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO. Resolución: 22. Fecha Resolución: 03/04/2025

¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?

Ingrese al link del REMATE: https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml
En el campo Número de REMATE ingrese el código: 21227
Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR

¿Cómo se realizará el remate del inmueble en JUNIN?

DEMANDANTE : JCAP CFG PERU SRL
RESOLUCIÓN N� 22 La Merced, tres de abril Del año dos mil veinticinco. -
DADO CUENTA: El presente expediente en el estado en el que se encuentra y proveyendo conforme corresponde el escrito de fecha 31/03/2025, y; CONSIDERANDO: PRIMERO: Teniendo en cuenta la solicitud de convocatoria a remate efectuada por el ejecutante, y siendo el estado del proceso el de encontrarse en la etapa técnica de ejecución forzada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 731� del Código Procesal Civil modificado por la Ley N� 30229; y verificándose que la presente solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo 12 de Ley 30229 y artículo 13 del Reglamento de la citada Ley, debe procederse a efectuar el remate electrónico a través del aplicativo de REM@JU del portal web del Poder Judicial. SEGUNDO: Es menester señalar que en caso de ausencia de ofertas ello debido a que no se hayan inscrito usuarios postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en Primera Convocatoria Electrónico se declarara desierto. TERCERO: Declarado Desierto la primera Convocatoria, conforme lo establece el artículo 13 de la Ley 30229 - el REM@JU generara automáticamente el aviso de convocatoria donde se indicará el cronograma correspondiente a la segunda convocatoria con la reducción del 15% sobre la base del bien o bienes materia de remate electrónico judicial, en los que se indicara los plazos para inscripción, presentación de ofertas y fecha límite de cancelación. CUARTO: En caso de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, el REM@JU generará automáticamente el aviso de la tercera convocatoria reduciendo en un 15% el precio base de la convocatoria anterior, donde se indicará el cronograma correspondiente bajo los mismos lineamientos señalados en el considerando precedente. QUINTO: En caso de no haber postores en la tercera convocatoria, se culmina el procedimiento de remate electrónico judicial, procediéndose conforme a las normas del Código Procesal Civil o la norma que la sustituya.
Por consiguiente: SE RESUELVE: 1) APRUÉBESE la valorización del predio materia de remate en la suma de S/ 386,330.81 (TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA CON 81/100 SOLES).
2) CONVÓQUESE A REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL - REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCOATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: 2.1. Descripción: Ubicado en la Mz. M, Lote 12, Urb. San Carlos, Distrito y Provincia de Chanchamayo, Departamento de Junín; cuya área, linderos y medidas perimétricas se encuentran inscritas en la partida N�11011805 de la Oficina Registral de La Selva Central. -
3) CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base.
4) CARGAS Y GAVAMENES: 4.1 Hipoteca: En el Asiento D00003 de la Partida N� 11011805 de la Zona Registral N� VIII - Sede Huancayo- Oficina Registral de la Selva Central, se ha inscrito Garantía Hipotecaria constituida por DENISSA ZULEKA TAKAGI FLORES, hasta por la suma de US$ 136,932.00 (CINCUENTA TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS CON 00/100 NUEVOS SOLES) a favor del BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ.- 4.2 Cautelar de Embargo en forma de Inscripción: En el Asiento D00004 de la Partida N� 11011805 de la Zona Registral N� VIII - Sede Huancayo- Oficina Registral de la Selva Central, se ha inscrito un embargo contra DENISSA ZULEKA TAKAGI FLORES hasta por la suma de S/278,854.64 (DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CIENTO CINCUENTA Y CUATRO CON 64/199 SOLES) a favor del BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ.- 4.3 Anotación de Medida Cautelar de Embargo en forma de Inscripción: En el Asiento D00005 de la Partida N� 11011805 de la Zona Registral N� VIII - Sede Huancayo- Oficina Registral de la Selva Central, se ha inscrito un embargo contra DENISSA ZULEKA TAKAGI FLORES hasta por la suma de S/81,025.00 (OCHENTA Y UN MIL VEINTICINCO CON 00/100 SOLES). 4.4 CESION DE HIPOTECA: En el Asiento D00006 de la Partida N� 11011805 de la Zona Registral N� VIII - Sede Huancayo- Oficina Registral de la Selva Central, la hipoteca inscrita en el asiento D00003 ha sido cedida a favor de JCAP CFG PERU S.R.L. 5) .

¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?

Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de S/ 386,330.81 (TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA CON 81/100 SOLES).
6) PRECIO .

¿Cuáles son las bases del remate judicial en JUNIN?

6.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de S/ 257,553.87 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 87/100 SOLES) 6.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de S/ 218,920.79 (DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS VEINTE CON 79/100 SOLES) 6.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: S/ 186,082.67 (CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL OCHENTA Y DOS CON 67/100 SOLES)
7) OBLAJE: Los postores deberán cumplir con lo siguiente: a) depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante deposito electrónico judicial en la moneda en que se realizó la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17� del reglamento de la ley 30229; y b) Adjuntar el arancel judicial correspondiente.
8) PUBLICACION: Procédase a la PUBLICACION de los avisos del remate en el portal web del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU por el término de ley conforme así lo regula el artículo 15 de la ley 30229 y su reglamento una vez de haber quedado firme la presente resolución al haber vencido el plazo de oposición; publicación que tendrá validez para la segunda y tercera convocatoria teniendo en cuenta el precio base señalado de las mismas en la presente resolución.
9) FIJESE por única vez los Carteles en la vitrina del local del Juzgado y en el inmueble materia de Litis a cargo del personal de administración de esta Corte al no contar con una Especialista Legal de Actos Externos, el cual será bajo responsabilidad de la misma. NOTIFÍQUESE. -